Norma Legal Oficial del día 24 de Marzo del año 2012 (24/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, sabado 24 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES

463063

Estando a lo expuesto, en ejercicio de las atribuciones conferidas en el Art. 9º de la Ley Organica de Municipalidades, de conformidad con las normas contenidas en la Ley del Sistema Nacional de Defensa Civil, la Ley Organica de Municipalidades y en concordancia con la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, por unanimidad, y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta. ACUERDA: Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE EMERGENCIA por el lapso de cuarenta y cinco (45) dias naturales, los pueblos de Saracoto Alto, San MORDAZA, Los Claveles MORDAZA Mantaro, MORDAZA MORDAZA, Haras del Huayco, MORDAZA MORDAZA y aledanos, ubicados en la MORDAZA de Cajamarquilla del distrito de Lurigancho Chosica, afectadas por el desborde del Rio Huaycoloro producido y senalado en la parte considerativa del presente Acuerdo y por el inminente peligro de que la situacion se prolongue y agrave, en perjuicio de la poblacion; la declaratoria acordada rige a partir de la fecha en que se produjo la emergencia, esto es desde el 10 de marzo de 2012. Segundo.- SOLICITAR la intervencion del INDECI y de los demas organismos e instituciones del gobierno nacional vinculados con las operaciones de emergencia, dentro del ambito de sus competencias, a realizar las acciones de provision y rehabilitacion de la infraestructura y servicios publicos de las zonas afectadas por este ultimo evento y los que sobrevengan, en coordinacion con la Municipalidad Distrital de Lurigancho Chosica. Tercero.- SOLICITAR el apoyo del Gobierno Nacional para la proyeccion de los trabajos de estabilizacion del cauce del Rio Huaycoloro, entre otros, en las zonas vulnerables y aun no afectadas, en coordinacion con la Municipalidad Distrital de Lurigancho Chosica. Cuarto.- AUTORIZAR a la administracion municipal a suscribir contratos, convenios y adoptar las demas acciones administrativas entre ellos la contratacion de bienes y servicios y la ejecucion de obras, que MORDAZA necesarias para afrontar la situacion producida, debiendo dar cuenta al Concejo Municipal de las acciones tomadas y los gastos efectuados luego de culminado el estado de emergencia . Quinto.- DISPONER que la Gerencia Municipal a traves de la Gerencia de Administracion y Finanzas, Gerencia de Obras Publicas, la Sub Gerencia de Logistica y la Secretaria Tecnica de Defensa Civil, determinen cuales han sido los bienes, servicios y obras que se ha contratado por la Municipalidad, para poder asumir la situacion de emergencia. Sexto.- Disponer que la Gerencia Municipal a traves de la Sub Gerencia de Logistica y Servicios Generales, proceda a publicar en el SEACE el presente Acuerdo, asi como los informes tecnico y legal que lo sustentan; asi mismo informe de ello a la Contraloria General de la Republica, con MORDAZA de ello a la Oficina de Control Institucional conforme a lo dispuesto por Ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 767849-1

EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 10-2012-CGM-CAJMSS, de las Comisiones de Gestion Municipal y Asuntos Juridicos, la Carta Nº 807-2012-SG-MSS de la Secretaria General, el Memorandum Nº 266-2012-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 176-2012-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Memorandum Nº 135-2012-GAT-MSS de la Gerencia de Administracion Tributaria, el Memorandum Nº 805-2011-GAF-MSS de la Gerencia de Administracion y Finanzas, que sustentan el proyecto de Ordenanza que fija los montos por derecho de servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del impuesto predial 2012 y su distribucion a domicilio; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 28607, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que el Articulo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, en concordancia con la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99EF y modificatorias, dispone que mediante ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran, las contribuciones, arbitrios, licencias y derechos, dentro de los limites establecidos por Ley; debiendo ser las ordenanzas en materia tributaria, expedidas por las municipalidades distritales, ratificadas por la Municipalidad Provincial que corresponda; Que, la Cuarta Disposicion Final del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que "Las Municipalidades que brinden el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no mas del 0.4% de la UIT vigente al 1 de enero de cada ejercicio, (...)"; y el literal a) del Articulo 14º del acotado Texto senala que los contribuyentes estan obligados a presentar declaracion jurada anualmente; asimismo, el ultimo parrafo del referido Articulo senala que la actualizacion de los valores de predios por las Municipalidades, sustituye la obligacion contemplada por el inciso aludido; Que, el parrafo MORDAZA del Articulo 2º de la Ordenanza Nº 1533-MML que Aprueba el Procedimiento de Ratificacion de las Ordenanzas Tributarias Distritales en el Ambito de la Provincia de MORDAZA, publicada el 27.06.2011, establece que "La ratificacion por el Concejo Metropolitano de MORDAZA, realizada conforme a las disposiciones contenidas en esta MORDAZA, constituye un requisito indispensable para la vigencia de las Ordenanzas en materia tributaria aprobadas por las Municipalidades Distritales", y el inciso 7.4) del Articulo 7º de la acotada MORDAZA, establece "Los requisitos aplicables a la ratificacion de Ordenanzas que aprueben Derechos de Emision Mecanizada"; Que, con Memorandum Nº 805-2011-GAF-MSS del 16.11.2011, la Gerencia de Administracion y Finanzas remite el Informe Tecnico de Costos - Determinacion del Costo del Servicio de Emision Mecanizada para el Ejercicio 2012; Que, con Memorandum Nº 135-2012-GAT-MSS del 02.03.2012, la Gerencia de Administracion Tributaria, remite la propuesta de Ordenanza que fija los montos por derecho de servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del impuesto predial 2012 y su distribucion a domicilio la que se sustenta en el Informe Tecnico Nº 002-2011-SGORT-GAT-MSS de la Subgerencia de Orientacion, Registro y Recaudacion

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Fijan montos por derecho de servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del Impuesto Predial 2012 y su distribucion a domicilio
ORDENANZA Nº 420-MSS MORDAZA de MORDAZA, 7 de marzo de 2012

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