Norma Legal Oficial del día 24 de Marzo del año 2012 (24/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano MORDAZA, sabado 24 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES

463067

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
Autorizan la celebracion del Matrimonio Civil Comunitario 2012
ORDENANZA MUNICIPAL N° 005-2012-CDB Bellavista, 13 de marzo de 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE BELLAVISTA, en su sesion de fecha 13 de marzo de 2012, y; CONSIDERANDO: Que los Gobiernos Locales como Entidades Basicas de la Organizacion del Estado tienen el deber de proteger a la familia y promover el matrimonio como Institucion Natural y Fundamental de la Sociedad, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 4º de la Constitucion Politica del Peru. Que de conformidad con lo establecido en el Articulo 233º del Codigo Civil, la regulacion juridica de la familia tiene por finalidad contribuir a su consolidacion y fortalecimiento, en MORDAZA con los principios y normas proclamadas en nuestra Constitucion Politica. Que, el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 establece que "las Ordenanzas de las Municipalidades en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion, supervision de los servicios publicos y las materias en la que las municipalidades tienen competencias normativas. Mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley", lo cual resulta concordante con lo establecido en el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 13599-EF, que senala en la MORDAZA IV de su Titulo Preliminar que los gobiernos locales mediante ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencia o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que la ley senala. Que, el Numeral 9º del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972 establece que corresponde al Concejo Municipal "crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencia y derechos conforme a ley". Que en cumplimiento de las funciones de caracter social y comunal que ejercen las municipalidades como organizaciones integrantes del Estado, es politica de la Municipalidad de Bellavista brindar las mayores facilidades a los vecinos del distrito que deseen unirse mediante el matrimonio en una comunidad de MORDAZA y promover la formalizacion o regularizacion de las uniones de hecho de las parejas, contribuyendo de esta manera a fortalecer la unidad familiar como cedula basica de la sociedad y escuela de valores y formacion civica. Que, con ese proposito es necesario realizar un matrimonio civil comunitario de amplia convocatoria e inclusion, que permita la participacion de los familiares y amigos de los contrayentes de manera presencial. Que, con Informe Nº 016-2012-MDB/DSS/DRC de fecha 09 de febrero del 2012, la Division de Registros Civiles, realiza la propuesta de que se celebre el I Matrimonio Civil Comunitario ­ 2012, el dia 12 de MORDAZA, a traves del cual precisa los requerimientos de Bienes

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y Servicios que se necesitan para la celebracion de tal evento, proponiendo que se exonere el pago de la tasa por dicho concepto. Que, mediante Informe Tecnico Nº 032-2012-OPP/ MDB de fecha 21 de febrero del 2012, la Direccion de Planeamiento y Presupuesto certifica que en el Presupuesto Institucional de Apertura, existe el financiamiento necesario para la celebracion del I Matrimonio Civil Comunitario ­ 2012. Que, a traves del Informe Nº 074-2012-MUDIBE/OAJ de fecha 22 de febrero del 2012, la Direccion de Asesoria Juridica, senala que la propuesta del I Matrimonio Civil Comunitario ­ 2012, resulta compatible con las funciones que desarrolla el Gobierno Local como parte del Estado; toda vez que la celebracion de dicho matrimonio civil permitira la formalizacion de las uniones de hechos existentes, exonerando el costo de dicho procedimiento, ademas la propuesta cuenta con la cobertura presupuestal correspondiente opinando por la procedencia de la propuesta de Ordenanza sobre celebracion del I Matrimonio Civil Comunitario 2012 a realizarse en el distrito, siempre que los contrayentes hayan cumplido con la MORDAZA de los documentos exigidos por Ley, y que se encuentren aptos para contraer matrimonio, recomendando se eleve la misma ante el Concejo Municipal para su aprobacion, conforme a sus atribuciones establecidas. De conformidad, con lo dispuesto en los Articulos Nºs.233º, 234º y 248º del Codigo Civil. En uso de las facultades conferidas por el Numeral 8º del Articulo 9º y Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley 27972, el Concejo por Unanimidad y por dispensa del tramite de aprobacion del Acta aprobo lo siguiente: ORDENANZA QUE AUTORIZA LA CELEBRACION EN EL DISTRITO DE BELLAVISTA DEL I MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO - 2012 Articulo Primero.- AUTORIZACION Autorizar en el Distrito de Bellavista la celebracion del I Matrimonio Civil Comunitario 2012 que se realizara el 12 de MORDAZA del 2012, en el MORDAZA de la Cultura ­ San MORDAZA - Bellavista. Articulo Segundo.- EXONERACION DE TASA Exonerar del pago de la tasa por derecho de celebracion de matrimonio civil, a las parejas que celebren matrimonio en la fecha 12 de MORDAZA del 2012. Articulo Tercero.- DEPENDENCIA ENCARGADA Encargar a la Direccion de Servicios Sociales, Unidad de Imagen Institucional y Jefatura de Registros Civiles, el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO, Mando se registre, publique y se cumpla. MORDAZA RIVADENEYRA MORDAZA MORDAZA 765061-1

Modifican el MORDAZA correspondiente a la Unidad Organica de la Direccion de Desarrollo MORDAZA - Division de Obras Privadas
DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2012-MDB-AL Bellavista, 22 de marzo de 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA VISTO: El Informe Nº 88-2012-MUDIBE/OAJ, de fecha 01 de marzo de 2012 emitido por la Oficina de Asesoria Juridica; y,

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