Norma Legal Oficial del día 27 de Marzo del año 2012 (27/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, martes 27 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que el articulo 11º de la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, establece que el Jefe Nacional del RENIEC, tiene la facultad de designar las oficinas registrales en todo el pais. Asimismo, esta autorizado para efectuar las modificaciones convenientes para el mejor servicio a la poblacion, creando o suprimiendo las dependencias que fueren necesarias; Que en ese mismo sentido, los articulos 11º y 13º del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, establecen que cada oficina registral estara dotada de los mecanismos suficientes para atender a la poblacion, facultando al Jefe Nacional del RENIEC la decision sobre la creacion y supresion de las mismas, atendiendo a las circunstancias, densidad de la poblacion o localidades donde no exista oficina registral; Que con fecha 8 de septiembre de 2011 se MORDAZA el Convenio de Cooperacion Interinstitucional entre el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y la Municipalidad Distrital de MORDAZA, el mismo que tiene por objeto instalar una Oficina Registral en el distrito de MORDAZA, a fin de brindar todos los servicios de registros civiles y de identificacion a la poblacion; Que en virtud al documento de vistos, la Municipalidad Distrital de MORDAZA comunica a la Jefatura Regional 4 ­ Iquitos, el cumplimiento del compromiso estipulado en la Clausula Cuarta de los Compromisos de la Municipalidad, motivo por el cual solicita al RENIEC cumplir con lo pactado en dicha clausula referida a los Compromisos del RENIEC, especificamente con implementar la correspondiente Oficina Registral; Que la Gerencia de Operaciones Registrales mediante los documentos de vistos, senala que el ambiente cedido por la Municipalidad Distrital de MORDAZA, reune las condiciones basicas para la apertura de una Oficina Registral en el distrito de MORDAZA, situacion que contribuira estrategicamente al cumplimiento de los objetivos institucionales del RENIEC; Que asimismo, la Gerencia de Operaciones Registrales ha propuesto que la apertura de la Oficina Registral MORDAZA ubicada en la MORDAZA Miraflores s/n P.J. 09 de Octubre, del distrito de MORDAZA, provincia de Maynas, departamento de MORDAZA, se autorice con fecha 26MAR2012; Que en tal sentido, corresponde autorizar la apertura de la Oficina Registral MORDAZA en los terminos recomendados por los organos competentes; Que la presente Resolucion Jefatural debe ser puesta a conocimiento de la ciudadania, a traves de la correspondiente publicacion; y, Estando a las facultades conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; el inciso h) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 8552010-JNAC/RENIEC (29SET2010) y lo dispuesto en el numeral 1 del articulo 10º del Decreto Supremo Nº 0012009-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la apertura de la Oficina Registral MORDAZA con fecha 26 de marzo de 2012, la cual se encuentra ubicada en la MORDAZA Miraflores s/n P.J. 09 de Octubre, del distrito de MORDAZA, provincia de Maynas, departamento de MORDAZA, a cargo de la Jefatura Regional 4 ­ Iquitos de la Gerencia de Operaciones Registrales. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales la implementacion de lo dispuesto en la presente resolucion y a la Gerencia de Imagen Institucional la difusion del contenido de la misma para la publicidad a la poblacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA YRIVARREN MORDAZA Jefe Nacional

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican la Ordenanza Nº 487MDMM, emitida por la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, que fija el monto por derecho de emision mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio 2012
ACUERDO DE CONCEJO Nº 420
MORDAZA, 28 de febrero de 2012 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 28 de febrero del 2012, el Oficio Nº 001-090-00006575 de la Jefatura del Servicio de Administracion Tributaria-SAT, adjuntando el expediente de ratificacion de la Ordenanza Nº 487-MDMM que fija el monto por derecho de emision mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales correspondiente al ejercicio 2012 en el Distrito de MORDAZA del Mar. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripcion para su vigencia y exigibilidad; Que, en aplicacion de lo normado por la Ordenanza Nº 1533 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, publicada el 27 de junio del 2011, la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA aprobo la Ordenanza materia de la ratificacion, remitiendola al Servicio de Administracion Tributaria con sus informes y documentos sustentatorios con caracter de Declaracion Jurada y, la citada entidad en uso de sus competencias y atribuciones emitio el Informe Tecnico Legal Nº 004181-00000461 opinando que procede la ratificacion solicitada por cumplir con los requisitos exigidos y las normas aplicables, de conformidad con la Ordenanza Nº 1533 y la Directiva Nº 001-006-00000015 publicada el 30 de junio del 2011, debiendose efectuar las publicaciones pertinentes en el Diario Oficial El Peruano y en los portales institucionales; Que, los ingresos que la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA preve percibir, producto de la emision mecanizada de los citados arbitrios, cubre el 99.86% de los costos incurridos. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administracion Tributaria-SAT y por la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion en el Dictamen Nº 35-2012- MML/CMAEO. ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 487-MDMM que fija el monto por derecho de emision mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales correspondiente al ejercicio 2012 en el Distrito de MORDAZA MORDAZA, dado que cumple con las disposiciones tecnicas y legales establecidas en el MORDAZA legal para su aprobacion y vigencia. Articulo Segundo.- La vigencia del presente Acuerdo ratificatorio se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicacion; asi como del texto integro de la Ordenanza ratificada Nº 487-MDMM y sus anexos que contienen los MORDAZA de estructura de costos y de estimacion de ingresos, respectivamente. La aplicacion de la Ordenanza materia de la presente ratificacion, sin la condicion MORDAZA senalada, es de exclusiva responsabilidad de los

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