Norma Legal Oficial del día 29 de Mayo del año 2012 (29/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 29 de MORDAZA de 2012

Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2012-PCM publicado el 10 de MORDAZA de 2012, se declaro por el termino de sesenta (60) dias calendario, a partir del 11 de MORDAZA de 2012, el Estado de Emergencia en el distrito de Echarate, ubicado en la provincia de La Convencion en el departamento del Cusco; Que, estando por vencer el plazo de vigencia del Estado de Emergencia, referido en el considerando precedente, y de acuerdo con lo manifestado por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas mediante el Oficio Nº 447-JCCFFAA/SG de fecha 23 de MORDAZA de 2012, aun subsisten las condiciones que determinaron la declaratoria del Estado de Emergencia en las provincias y distritos indicados; por lo que es necesario prorrogar el mismo a fin que la presencia de las Fuerzas Armadas, con su acertado accionar, permita que la poblacion se identifique con los fines u objetivos que busca el Gobierno Nacional, esto es, la consolidacion de la pacificacion de la MORDAZA y del pais; Que, el numeral 1) del articulo 137º de la Constitucion Politica del Peru, establece que la prorroga del Estado de Emergencia requiere MORDAZA Decreto Supremo; Que, por Decreto Legislativo Nº 1095 de fecha 01 de setiembre de 2010, se establecieron los procedimientos que regulan la intervencion de las Fuerzas Armadas en zonas declaradas en Estado de Emergencia; De conformidad con lo establecido en los numerales 4) y 14) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica. DECRETA: Articulo 1º.- Prorroga de Estado de Emergencia Prorrogar por el termino de sesenta (60) dias calendario, a partir del 10 de junio de 2012, el Estado de Emergencia en el distrito de Echarate, ubicado en la provincia de La Convencion en el departamento del Cusco. Articulo 2º.- Suspension del ejercicio de Derechos Constitucionales Durante el Estado de Emergencia a que se refiere el articulo anterior y en la circunscripcion senalada en el mismo, queda suspendido los derechos constitucionales relativos a la MORDAZA y seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio y la MORDAZA de reunion y de MORDAZA en el territorio, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24) apartado f) del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa, el Ministro del Interior y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de MORDAZA del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAGGIA Ministro de Defensa WILVER MORDAZA MORDAZA GIRON Ministro del Interior MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Ministro de Justicia y Derechos Humanos 794288-7

Autorizan viaje de funcionaria de DEVIDA a Costa Rica, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 151-2012-PCM MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2012 Visto el Oficio Nº -2012-DV-SG, de la Secretaria General de DEVIDA y el Oficio RE (DGM-DCD) Nº 1-0C/194 de la Direccion de Control de Drogas del Ministerio de Relaciones Exteriores; CONSIDERANDO: Que, durante los dias 12 al 15 de junio de 2012, se llevara a cabo en la MORDAZA de San MORDAZA, Republica de Costa Rica, la "Reunion Preparatoria del Grupo de Trabajo Intergubernamental (Pre GTI) para la Sexta Ronda de Evaluacion del Mecanismo de Evaluacion Multilateral (MEM)" organizada por la Comision Interamericana para el Control del Abuso de Drogas - CICAD de la Organizacion de Estados Americanos - OEA; Que, resulta de interes nacional e institucional la participacion de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora (e) de Compromiso Global de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA, en dicha Reunion; Que, los gastos por concepto de viajes, pasajes y tarifa unificada por uso de aeropuerto de la citada funcionaria seran asumidos con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA; De conformidad con la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2012, Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora (e) de Compromiso Global de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA, a la MORDAZA de San MORDAZA, Republica de Costa Rica, del 10 al 16 de junio de 2012, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion, seran con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, del Pliego de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA, de acuerdo al siguiente detalle:
Senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes y TUUA US$ 2,683.91 Viaticos US$ 1,000.00 (4 dias de evento + 1 dia de instalacion a US$ 200 por dia)

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, la referida funcionaria debera presentar ante su institucion un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Articulo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros 794288-8

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