Norma Legal Oficial del día 29 de Mayo del año 2012 (29/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, martes 29 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

467083

Que, el numeral 5.3 del Articulo 5º, concordante con los Articulos 21º, 22º, 23º, 24º y 25º del Decreto Legislativo Nº 1095, que establece Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional, disponen que las Fuerzas Armadas pueden actuar excepcionalmente en apoyo a la Policia Nacional del Peru para la Proteccion de Instalaciones estrategicas para el funcionamiento del MORDAZA y servicios publicos esenciales, asi como en otros casos constitucionalmente justificados, en que la capacidad de la Policia sea sobrepasada en el control del orden interno, sea previsible o existiera el peligro de que esto ocurriera; Que, en los casos descritos en el parrafo precedente la autoridad politica o policial del lugar en que se producen los hechos debe solicitar la intervencion de las Fuerzas Armadas al Ministro del Interior quien, una vez evaluados los hechos, formaliza el pedido al Presidente de la Republica el que, a su vez, autorizara la actuacion de las Fuerzas Armadas mediante Resolucion Suprema; Que, a traves del Oficio del visto, el Senor Ministro del Interior ha solicitado al Presidente de la Republica, por motivos de seguridad, la intervencion de las Fuerzas Armadas en las provincias de MORDAZA, Celendin y Bambamarca del departamento de MORDAZA, con el objeto de garantizar el normal funcionamiento de los servicios publicos esenciales en establecimientos publicos y privados (servicios de agua, luz, aeropuertos, vias de acceso, entre otros), a fin de poder prevenir los actos de violencia que pudieran producirse a raiz de las acciones a desplegar en razon al paro regional indefinido convocado a partir del 31 del presente mes en dicho departamento; Que, en consecuencia es conveniente disponer la intervencion de las Fuerzas Armadas en Apoyo a la Policia Nacional del Peru; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, y lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1095; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizacion de Intervencion de las Fuerzas Armadas Autoricese la intervencion de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policia Nacional del Peru, del 29 de MORDAZA al 25 de junio de 2012, a fin de garantizar el normal funcionamiento de los servicios publicos esenciales, en establecimientos publicos y privados; servicios de agua, luz, aeropuertos, vias de acceso, entre otros, en las provincias MORDAZA, Celendin y Bambamarca del departamento de MORDAZA para prevenir los actos de violencia que pudieran suscitarse en razon al paro regional indefinido convocado a partir del 31 del presente mes en dicho departamento. Articulo 2º.- De la actuacion de las Fuerzas Armadas 2.1 La actuacion de las Fuerzas Armadas constituira una tarea de apoyo a la mision de la Policia Nacional del Peru y no releva la activa participacion de esta. El control del orden interno permanece en todo momento a cargo de la Policia Nacional del Peru. 2.2 La actuacion de las Fuerzas Armadas estara dirigida a contribuir y garantizar el funcionamiento de los servicios publicos esenciales y resguardar puntos criticos vitales para el normal desarrollo de las actividades de la poblacion afectada, facilitando de este modo que los efectivos de la Policia Nacional del Peru concentren su accionar en el control del orden publico y la interaccion con la poblacion del departamento a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion Suprema. Articulo 3º.- De la Intervencion de las Fuerzas Armadas La intervencion de las Fuerzas Armadas se efectuara conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1095, que establece las Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional, debiendo el Ministro de Defensa aprobar la Directiva especifica para la intervencion de las Fuerzas Armadas, formulada por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.

Articulo 4º.- Estado de Derecho La intervencion de las Fuerzas Armadas, conforme a la presente Resolucion Suprema, no implica en modo alguno la restriccion, suspension ni afectacion de los derechos fundamentales consagrados en la Constitucion Politica del Peru, las leyes y los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos de los que el Peru es parte. Articulo 5º.- Refrendo La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MAGGIA Ministro de Defensa WILVER MORDAZA GIRON Ministro del Interior 794288-9

Designan Viceministro de Politicas para la Defensa del Ministerio de Defensa
RESOLUCION SUPREMA Nº 232-2012-DE MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 193-2012-DE, del 14 de MORDAZA de 2012 se acepto la renuncia del senor General de Division E.P. (r) Wilver MORDAZA MORDAZA Giron, en el cargo de Viceministro de Politicas para la Defensa del Ministerio de Defensa; Que, es necesario designar al funcionario que ejerza dicho cargo publico de confianza; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27594 - Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, el Articulo 17º de la Ley Nº 27444, Ley Nº 29605 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa y el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE, mediante el cual se aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar, al senor Contralmirante (r) MORDAZA MORDAZA MORDAZA Debernardi en el cargo de Viceministro de Politicas para la Defensa del Ministerio de Defensa, a partir del 29 de MORDAZA de 2012. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MAGGIA Ministro de Defensa 794288-10

Autorizan viaje de delegacion del Ministerio a Ecuador, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 233-2012-DE/ MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2012

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