Norma Legal Oficial del día 29 de Mayo del año 2012 (29/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 29 de MORDAZA de 2012

4. MORDAZA de informacion Los pobladores que son reasentados tienen derecho a solicitar, acceder y recibir informacion, de manera adecuada y oportuna, sobre el plan de reasentamiento poblacional, su cronograma y las medidas adoptadas para su cumplimiento. 5. MORDAZA de subsidiariedad Las capacidades del gobierno en sus distintos niveles para atender problemas vinculados al reasentamiento poblacional son distintas y ello depende de las dimensiones y del alcance de la problematica que exige ser resuelta de manera eficiente. 6. MORDAZA de gradualidad Aun cuando se tengan determinadas las condiciones de muy alto riesgo no mitigable en la poblacion, estas pueden variar en el nivel de urgencia para su reasentamiento con lo cual se requiere establecer prioridades para su atencion progresiva. Articulo 6. Garantias Son garantias del MORDAZA poblacional las siguientes: de reasentamiento

a la MORDAZA declarada de muy alto riesgo no mitigable, la evaluacion de la poblacion a reasentar de los predios afectados, el saneamiento fisico legal de los predios a desocupar, el uso inmediato de las zonas desocupadas, la evaluacion de la MORDAZA de acogida, los instrumentos disponibles para su ocupacion MORDAZA, y cualquier otra informacion adicional que el organo responsable estime conveniente senalar. El plan de reasentamiento poblacional debe incluir los programas que puedan apoyar el mejoramiento de las viviendas que se entreguen a los pobladores que seran reasentados. Articulo 10. Estudio tecnico Corresponde a la municipalidad provincial o distrital, segun corresponda, realizar el estudio tecnico para la identificacion y declaracion de la MORDAZA de muy alto riesgo no mitigable, identificar y priorizar al grupo de pobladores que requiere ser reasentado, la identificacion de la MORDAZA de acogida y la estimacion del costo del reasentamiento con apoyo del gobierno regional y las municipalidades distritales involucradas, en concordancia con las normas vigentes sobre acondicionamiento territorial y desarrollo urbano. Articulo 11. Solicitud de reasentamiento poblacional El gobierno local competente presenta la solicitud de reasentamiento poblacional al organo tecnico, luego de haber declarado mediante acuerdo de concejo la MORDAZA como de muy alto riesgo no mitigable, indicando los datos del grupo priorizado de pobladores a reasentar, los costos estimados y la identificacion de la MORDAZA de acogida. Articulo 12. Criterios de priorizacion del reasentamiento poblacional Son criterios de priorizacion del reasentamiento poblacional los siguientes: 1. Magnitud de los riesgos identificados. 2. Grado de inminencia de manifestacion del peligro. 3. El gobierno local presta atencion especial a las necesidades de los grupos en condiciones de pobreza, sobre la base de la evaluacion de elegibilidad realizada por el Sistema de Focalizacion de Hogares (Sisfoh). Las acciones priorizadas de reasentamiento poblacional se incluyen en el Plan Operativo Multianual de la entidad competente. Articulo 13. Competencia 13.1 El Centro Nacional de Estimacion, Prevencion y Reduccion del Riesgo de Desastres (Cenepred) dicta los lineamientos generales para la elaboracion del estudio tecnico y del plan de reasentamiento poblacional. 13.2 El Instituto de Defensa Civil, en los casos de peligro inminente, coordina con los organos ejecutores del reasentamiento poblacional de conformidad con lo dispuesto por la Ley 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (Sinagerd). 13.3 En base al estudio tecnico y costos estimados, se determina la entidad competente para la ejecucion del reasentamiento, que esta a cargo de la municipalidad distrital o provincial respectiva. Articulo 14. Entidades de colaboracion Son entidades de colaboracion los gobiernos regionales y el Centro Nacional de Estimacion, Prevencion y Reduccion del Riesgo de Desastres (Cenepred). Proporcionan asistencia tecnica para la elaboracion del estudio tecnico y del plan de reasentamiento poblacional, asimismo asisten en la gestion de iniciativas para lograr el financiamiento.

1. Se inicia luego de que las autoridades competentes hayan estudiado las alternativas viables para evitarlo. 2. El Estado adopta las medidas necesarias para reducir el numero de pobladores a reasentar, asi como sus efectos adversos. 3. Los pobladores participan de manera organizada y conjunta con el Estado en la planificacion del reasentamiento, cuando las circunstancias lo permiten, asumiendo compromisos en el MORDAZA a fin de alcanzar resultados apropiados, concertados y sostenibles. 4. Se ejecuta cuando se emita MORDAZA que lo autoriza, sustentada unicamente en las causales establecidas por la Ley. 5. Los pobladores reciben ayuda del gobierno local competente para el traslado al lugar de reasentamiento, el que presta especial atencion a las necesidades de los grupos en condiciones de pobreza. El gobierno regional puede colaborar con el traslado. 6. En la MORDAZA de acogida se elaboran los instrumentos de planificacion y control que permitan su ocupacion y crecimiento ordenado, respetando los aspectos culturales de los ambitos rurales y urbanos, segun las normas vigentes. Articulo 7. Tipos de reasentamiento poblacional 1. Reasentamiento voluntario. Cuando la poblacion ubicada en zonas de muy alto riesgo no mitigable acepta ser trasladada a otra ubicacion que brinda mayor seguridad. 2. Reasentamiento involuntario. Cuando la poblacion, a pesar de conocer que se encuentra ubicada en zonas declaradas de muy alto riesgo no mitigable, no acepta ser trasladada a otra ubicacion que brinda mayor seguridad. Articulo 8. Causal del reasentamiento poblacional Es causal de reasentamiento poblacional la declaracion de MORDAZA de muy alto riesgo no mitigable asociada a peligros naturales, socionaturales o por causas humanas que ponen en peligro la MORDAZA de los pobladores. La MORDAZA de muy alto riesgo no mitigable es declarada por acuerdo de concejo. Articulo 9. Plan de reasentamiento poblacional El plan de reasentamiento poblacional es el documento de gestion que establece las acciones, las entidades intervinientes y sus responsabilidades, el plazo de ejecucion y los costos, asi como la informacion relacionada

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