Norma Legal Oficial del día 07 de Noviembre del año 2012 (07/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, miercoles 7 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES

478037

Cuadro de Evaluacion que sera utilizado por cada region
Valor Criterio 1 Valor Criterio 2 Valor Criterio 3 Valor Criterio 4 Puntaje Criterio 1 (*) Puntaje Criterio 2 (*) Puntaje Criterio 3 (*) Puntaje Criterio 4 (*) Puntaje Total (**)

Asegurador Asegurador 1 Asegurador 2 Asegurador 3 Asegurador 4

(*) Calculado segun formula establecida en la Directiva (**) Tener en cuenta la ponderacion de 0.25 para cada criterio

Paso 3: Los Gobiernos Regionales, dentro de los tres (03) dias utiles siguientes (contados desde la eleccion de la Aseguradora), presentaran la evaluacion realizada con la toda la documentacion que sustente la eleccion a la Secretaria Tecnica. El Gobierno Regional comunicara a la Aseguradora seleccionada dentro de los dos (02) dias utiles (contados desde el dia siguiente del vencimiento del paso anterior), para que presenten la solicitud de co-financiamiento ante la Secretaria Tecnica del Consejo Directivo del FOGASA. Paso 4: Las Aseguradoras seleccionadas presentaran ante el Consejo Directivo, dentro de los tres (03) dias utiles (contados a partir del vencimiento del paso anterior), las solicitudes de cofinanciamiento, correspondiente a las solicitudes de polizas a emitir. La solicitud de cofinanciamiento tiene caracter de declaracion jurada. 3.4 DE LA REVISION DE SOLICITUDES La Secretaria Tecnica, dentro de los cinco (05) dias utiles, (contados desde la recepcion de la evaluacion realizada por el comite evaluador), revisara las solicitudes y elevara un informe tecnico al Consejo Directivo, aceptando la propuesta u observandola de acuerdo a los criterios de Evaluacion establecidos. De ser observada la solicitud, la compania aseguradora tiene un plazo de (04) dias, (contados a partir del vencimiento del paso anterior), para levantar la observacion ante la Secretaria Tecnica, adicionalmente cumplira con informar al Gobierno Regional dicha observacion y su correspondiente levantamiento

El Consejo Directivo aprobara las solicitudes de co-financiamiento y comunicara a las Aseguradoras y Gobiernos Regionales, segun el procedimiento establecido en el Decreto Supremo Nº 019-2008-AG - Reglamento Operativo de Fideicomiso para el Seguro Agropecuario. Una vez aprobada la solicitud de financiamiento los Gobiernos Regionales podran iniciar los tramites para la suscripcion de las polizas de seguros con las Aseguradoras seleccionadas. 3.5 DEL PAGO El Consejo Directivo instruira a COFIDE sobre el pago del cofinanciamiento: El importe correspondiente al cofinanciamiento sera trasferido por COFIDE y abonado en moneda nacional, mediante cheque, giro o deposito a la cuenta que las Aseguradoras hayan senalado en el Registro. 3.6 DEL CONTROL - La Secretaria Tecnica y COFIDE llevaran un Registro Cronologico y numerado de los formularios aprobados por el Consejo Directivo. - Los Gobiernos Regionales deberan participar en el seguimiento y reporte de todo el MORDAZA de aseguramiento. - La Secretaria Tecnica a traves de la Direccion de Capitalizacion y Seguro Agrario del Ministerio de Agricultura, realizara seguimiento y supervision de los procesos de ajuste y de la metodologia empleada por las Companias Aseguradoras para determinar los montos indemnizatorios en la MORDAZA MORDAZA 2012-2013.

DIARIO OFICIAL

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. 2. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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