Norma Legal Oficial del día 07 de Noviembre del año 2012 (07/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, miercoles 7 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 281-2012-MEM/DM MORDAZA, 18 de junio de 2012

478043

y de MORDAZA sobre bienes de propiedad privada, para la Subestacion Electrica de Distribucion compacta subterranea Nº 6034, conforme consta en el Contrato de Servidumbre de Ocupacion y de MORDAZA de fecha 10 de marzo de 2009, cuya MORDAZA obra en el Expediente; Que, el articulo 217 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades electricas, pueden solicitar al Ministerio de Energia y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 217 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 187-2012-DGE-DCE recomendando reconocer la aludida servidumbre; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y el visto MORDAZA del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1.- RECONOCER, a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupacion y de MORDAZA sobre bienes de propiedad privada, para la instalacion de la Subestacion Electrica de Distribucion compacta subterranea Nº 6034, ubicada en la MORDAZA Monterrosa Nº 262 - 278, Lote 03 de la Manzana E, urbanizacion Chacarilla del Estanque, distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, constituida mediante Contrato de Servidumbre de Ocupacion y de MORDAZA de fecha 10 de marzo de 2009, en los terminos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Expediente Descripcion de la servidumbre Area de Servidumbre Propietario MORDAZA de terreno

VISTO: El Expediente Nº 31218311 presentado por Luz del Sur S.A.A., persona juridica inscrita en la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de la servidumbre convencional de ocupacion y de MORDAZA sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalacion de la Subestacion Electrica de Distribucion compacta subterranea Nº 1577; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 107-96-EM publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30 de noviembre de 1996, solicito el reconocimiento de la servidumbre convencional de ocupacion y de MORDAZA sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalacion de la Subestacion Electrica de Distribucion compacta subterranea Nº 1577, ubicada en la avenida Paseo de la Republica Nº 3476, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio senalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupacion y de MORDAZA sobre bienes de propiedad privada para la instalacion de una subestacion electrica de distribucion, conforme consta en el testimonio de Escritura Publica del Contrato de Servidumbre de Ocupacion y MORDAZA para la Subestacion Electrica de Distribucion de fecha 21 de diciembre de 2009, cuya MORDAZA obra en el Expediente; Que, el articulo 217 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades electricas, pueden solicitar al Ministerio de Energia y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 217 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 1892012-DGE-DCE recomendando reconocer la aludida servidumbre; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y el visto MORDAZA del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1.- RECONOCER, a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupacion y de MORDAZA sobre bienes de propiedad privada, para la instalacion de la Subestacion Electrica de Distribucion compacta subterranea Nº 1577, ubicada en la avenida Paseo de la Republica Nº 3476, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, constituida mediante Contrato de Servidumbre de Ocupacion y MORDAZA para la Subestacion Electrica de Distribucion que consta en el testimonio de Escritura Publica de fecha 21 de diciembre de 2009, en los terminos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:

31218211 Subestacion Electrica de Distribucion Nº 6034 Ubicacion: distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA Coordenadas UTM (PSAD 56): Area Nº 1: servidumbre de ocupacion Suelo: 11,76 m² (nivel Vertice Norte Este subterraneo) A 8 660 624,315 283 648,743 B 8 660 624,130 283 645,949 C 8 660 619,939 283 646,226 D 8 660 620,124 283 649,020 Area Nº 2: servidumbre de MORDAZA E F G H 8 660 624,315 8 660 624,130 8 660 619,939 8 660 620,124 283 648,743 283 645,949 283 646,226 283 649,020 Suelo: 11,76 m² y sus aires. Privado MORDAZA

Privado

MORDAZA

Articulo 2.- Son de aplicacion a la servidumbre reconocida en el articulo que antecede, las normas de seguridad establecidas en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM y en las normas tecnicas pertinentes. Articulo 3.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 804601-1

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