Norma Legal Oficial del día 07 de Noviembre del año 2012 (07/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, miercoles 7 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES
VISTOS:

478089

Que, la Direccion Regional de Energia y Minas, luego de haber verificado y evaluado la solicitud presentada, ha emitido informe favorable Nº 123-2012 ­ GRL ­GRDEDREM - CHLO; que concluye procedente el otorgar el derecho electrico de generacion termica para potencia de 2395 KW, en la Central Termica de la planta de la caleta de Vegueta de Pesquera Hayduk.
Nombre Grupo MORDAZA Rendimiento (kwh/gln) Combustible Potencia Instalada (Kw) Potencia Efectiva (KW) Ano puesta servicio Ubicacion UTM CAT-3516 (25z03993) Termico 20.00 Diesel 2 1200.00 1200.00 2010 18L210768,8783145 CAT-3516 (25z04609) Termico 19.92 Diesel 2 1195.00 1195.00 2011 18L210768,8783145

El Dictamen Nº 003-2012-CDURyT/MDC de la Comision Permanente de Regidores de la Comision de Desarrollo MORDAZA, Rural y Transporte, respecto del Proyecto de Ordenanza Municipal formulado por la Sub Gerencia de Transportes que aprueba el Reglamento del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores Motorizados o no Motorizados, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado en su articulo 194º, modificado por la Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional, precisa que tanto los Gobiernos Locales, Provinciales y Distritales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 3, inciso 3.2 del articulo 81º, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que las Municipalidades Distritales pueden otorgar licencias para la circulacion de vehiculos menores y demas, de acuerdo con lo dispuesto en la regulacion provincial; Que, el articulo 3º de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, establece que la accion estatal en materia de transporte y MORDAZA terrestre se orienta a la satisfaccion de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus convicciones de seguridad y salud, asi como a la proteccion del ambiente y la comunidad en su conjunto; Que, la Ley Nº 27189, Ley de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores, en su articulo 1º reconoce al Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores, Mototaxis y similares complementario y auxiliar, como un medio de transporte vehicular terrestre; Que, la Cuarta Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 055-2010-MTC, que aprobo el Reglamento Nacional de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Motorizados o No Motorizados, dispone que la Municipalidad Distrital Competente podra dictar disposiciones complementarias necesarias sobre aspectos administrativos y operativos del servicio especial de acuerdo a las condiciones de su jurisdiccion; Que, mediante Informe Nº 026-2011-IJPB-SGTGSCV/MDC, dio cuenta de ciertas observaciones que se presentan en la Ordenanza Municipal Nº 248-2011-A/MDC, para lo cual solicita las modificaciones correspondientes de las mismas; Que, el Informe Nº 058-2011-ANAA-SGT-GSCV/MDC, que da origen a la Ordenanza Municipal Nº 248-2011-A/ MDC de la Subgerencia de Transporte refiere que se hace necesario proyectar una nueva Ordenanza que corrija los vacios y errores legales que se presento en su momento la Ordenanza Municipal Nº 007-2001/MDC, la Ordenanza Municipal Nº 028-2003-A/MDC y sus Modificatorias la Ordenanza Municipal Nº 070-2004-A/MDC y la Ordenanza Municipal Nº 072-2004-A/MDC; la Ordenanza Municipal Nº 077-2005-A/MDC y su modificatoria la Ordenanza Municipal Nº 089-2005-A/MDC; la Ordenanza Municipal Nº 148-2008-A/MDC; la Ordenanza Municipal Nº 170-2009A/MDC; la Ordenanza Municipal Nº 201-2010-A/MDC; la Ordenanza Municipal Nº 206-2010-A/MDC; Ordenanza Nº 208-A/MDC, (Ordenanza Municipal Nº 248-2011-A/MDC), en consecuencia cumple con emitir la opinion tecnica, la cual es parte fundamental de la exposicion de motivos del proyecto de Ordenanza. Refiere que el proyecto del Reglamento tiene por objeto normar y regular la prestacion del Servicio del Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores Motorizados o no Motorizados del Distrito de Carabayllo, garantizando las condiciones adecuadas para el servicio, la seguridad y la calidad a favor de los usuarios; Que, mediante Informe Nº 191-2012-GAJ/MDC, el Gerente de Asesoria Juridica, refiere que de la revision del proyecto en analisis se puede advertir que este es viable; Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 9º numeral 8, de la Ley Nº

Estando a lo dispuesto en el articulo 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y en el articulo 67º del Reglamento, Aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar Autorizacion por tiempo indefinido a la Empresa Pesquera Hayduk para generacion termica para una para potencia de 2395 KW, en la Central Termica de la planta de la caleta de Vegueta de Pesquera Hayduk, compuesto por 02 grupos electrogenos. Articulo 2º.- La presente Resolucion Directoral, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 67º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez por cuenta del interesado, dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion. Articulo 3º.- La CIA autorizada esta obligada a operar cumpliendo las normas tecnicas y de seguridad preservando el medio ambiente y salvaguardando el patrimonio cultural de la Nacion; asi como remitir la informacion estadistica y los requisitos establecidos en el DL 25844, su reglamento DS 009-93-EM y otras normas legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA Director Regional de Energia y Minas 861906-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Aprueban Reglamento del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Motorizados o No Motorizados del distrito de Carabayllo
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 265/MDC Carabayllo, 10 de octubre del 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Carabayllo, en Sesion Extraordinaria de la fecha;

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