Norma Legal Oficial del día 16 de Noviembre del año 2012 (16/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de noviembre de 2012

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29565, Ley de creacion del Ministerio de Cultura; Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2011-MC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Delegar en el Secretario General del Ministerio de Cultura la facultad correspondiente a la Unidad Ejecutora 001: Administracion General del Pliego 003, Ministerio de Cultura, de suscribir Convenios de Cooperacion y/o Colaboracion Interinstitucional a ser celebrados con el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC), referidos a la Certificacion Digital y la implementacion del Sistema Integrado de Tramite Documentario, asi como sus respectivas adendas u otros instrumentos de igual naturaleza. Articulo 2º.- Disponer que el Secretario General informe periodicamente al Despacho Ministerial sobre el ejercicio de la delegacion efectuada. Articulo 3º.- La delegacion de facultades, asi como la asignacion de responsabilidades a que se refiere la presente Resolucion, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligacion de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Secretaria General y la Oficina de Control Institucional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PEIRANO FALCONI Ministro de Cultura

General, los errores materiales o aritmeticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision; Que, en tal sentido, se estima conveniente rectificar el error material contenido en la Resolucion Viceministerial N° 049-2012-VMPCIC-MC; Estando a lo visado por la Directora General de la Direccion General de Patrimonio Cultural, el Director de la Direccion de Arqueologia y el Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley Nº 29565, Ley de creacion del Ministerio de Cultura; y, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 0012011-MC; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Rectificar el error material incurrido en el Articulo 2° de la Resolucion Viceministerial N° 0492012-VMPCIC-MC, modificandose el extremo en donde se consigna que el monumento arqueologico MORDAZA MORDAZA se encuentra ubicado en el distrito de Vitarte, debiendose entender que el mismo se encuentra ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Articulo 2°.- Ratificar los demas extremos de la Resolucion Viceministerial N° 049-2012-VMPCIC-MC. Articulo 3°.- Remitir MORDAZA fedateada de la presente Resolucion a los propietarios, COFOPRI, Municipalidades Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VARON GABAI Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales

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Rectifican error material incurrido en la R.VM. Nº 049-2012-VMPCIC-MC, en extremo referido a la ubicacion del monumento arqueologico MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 061-2012-VMPCIC-MC
MORDAZA, 12 de noviembre de 2012 Vistos, la Carta de fecha 24 de setiembre de 2012, el Informe Tecnico N° 131-2012-CST-DA/MC, el Memorando N° 844-2012-DGPC-VMPCIC/MC y el Informe 665-2012OGAJ-SG/MC, y; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 2° de la Resolucion Viceministerial N° 049-2012-VMPCIC-MC de fecha 04 de setiembre de 2012 establece "clasificar como MORDAZA Arqueologica Monumental al monumento arqueologico MORDAZA MORDAZA, ubicado en el distrito de Vitarte, provincia y departamento de Lima..."; Que, mediante Carta de fecha 24 de setiembre de 2012, el arqueologo MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director del Proyecto Arqueologico MORDAZA MORDAZA, solicito la rectificacion del error material incurrido en el citado articulo al consignar como distrito Vitarte, en lugar de Ate; Que, a traves del Informe Tecnico N° 131-2012-CSTDA/MC de fecha 18 de octubre de 2012, la Direccion de Arqueologia recomendo modificar el citado articulo, reemplazando la denominacion de "Vitarte" por la de Ate; Que, con el Memorando N° 844-2012-DGPC-VMPCIC/ MC de fecha 25 de octubre de 2012, la Direccion General de Patrimonio Cultural solicito continuar con la tramitacion de la mencionada rectificacion; Que, mediante Informe N° 665-2012-OGAJ-SG/MC de fecha 05 de noviembre de 2012, la Oficina General de Asesoria Juridica estimo procedente rectificar el Articulo 2° de la Resolucion Viceministerial N° 049-2012-VMPCICMC en los terminos MORDAZA indicados; Que, de acuerdo al numeral 201.1 del Articulo 201° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo

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DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Aprueban la realizacion del "Concurso de Recetas de la Dieta Andina"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 200-2012-MIDIS
MORDAZA, 15 de noviembre de 2012 VISTO: El Informe N° 36-2012-MIDIS/VMPS/DGCPS, emitido por la Direccion General de Calidad de Prestaciones Sociales del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Decimo MORDAZA Politica de Estado del Acuerdo Nacional "Promocion de la Seguridad Alimentaria y Nutricion", el Estado debe establecer una politica de seguridad alimentaria que permita la disponibilidad y el acceso de la poblacion a alimentos suficientes y de calidad, para garantizar una MORDAZA activa y saludable dentro de una MORDAZA de desarrollo humano integral, asegurando, entre otros aspectos, el acceso a los alimentos y una adecuada nutricion, especialmente dirigida a los ninos menores de cinco anos y lactantes, mujeres gestantes y ninos en etapa escolar, pobres, pobres extremos, asi como a familias en situacion de pobreza o riesgo, promoviendo una amplia participacion, vigilancia y autogestion de la sociedad civil organizada y las familias usuarias; Que, en el MORDAZA de dicha politica, mediante Resolucion Suprema N° 306-2012-PCM, se constituyo la Comision Multisectorial de Naturaleza Temporal encargada

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