Norma Legal Oficial del día 16 de Noviembre del año 2012 (16/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES

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aprobado por Resolucion Administrativa N° 139-2006-CEPJ, de fecha 20 de octubre de 2006, y posteriormente por la Ley de Justicia de Paz, Ley N° 29824, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 03 de enero de 2012, cuya MORDAZA Disposicion Final dispone su entrada en vigencia a los tres meses de su publicacion en el Diario Oficial. De acuerdo a lo previsto en el articulo 9° numeral 2) de la Ley N° 29824, el cargo de Juez de Paz termina por Renuncia, desde que es aceptada; en relacion a ello, el articulo 15° numeral 15.2, inciso a) de la referida MORDAZA, senala que los Jueces de Paz Accesitarios reemplazan al Juez de Paz en forma definitiva, cuando se produzca la vacancia del cargo por cualquiera de las causales de cese establecidas en la presente Ley. Mediante Resolucion Administrativa N° 098-2012CE-PJ de fecha 06 de junio de 2012, se aprueba el Reglamento de Eleccion Popular y Seleccion de Jueces de Paz, de acuerdo a lo senalado en la Ley N° 29824 ­ Ley de Justicia de Paz, en los cuales se ha precisado en sus articulos 8° y 6°, respectivamente, que el primer y MORDAZA accesitario, cubren en ese orden, la ausencia temporal o definitiva del juez de paz, senalando a su vez que en caso se produzca la vacancia por cualquiera de las causales senaladas por la referida ley, el primer accesitario es designado como juez de paz, solo por la parte que reste del periodo de designacion, de conformidad con lo senalado en el articulo 7° del Reglamento de Seleccion de Jueces de Paz. Asimismo, senala en su articulo 9°, que MORDAZA de asumir el cargo, el juez de paz y sus accesitarios deben participar obligatoriamente en un Taller de Induccion. La Resolucion Administrativa N° 064-2011-CE-PJ, de fecha 23 de febrero de 2011, preciso que es atribucion del Presidente de la Corte Superior de Justicia en su Distrito Judicial, expedir los titulos, credenciales, resoluciones de designacion y titulo de Juez de Paz o Accesitario respectivo. Ahora bien, con la entrada en vigencia de la Ley N° 29284 ­ Ley de Justicia de Paz, se emitio la Resolucion Administrativa N° 098-2012-CE-PJ, que aprueba el Reglamento de Eleccion Popular y Seleccion de Jueces de Paz, la misma que no ha senalado disposicion distinta a la indicada en la Resolucion Administrativa N° 064-2011-CE-PJ, respecto a la expedicion de la resolucion de designacion de paz, tal como lo senala en los articulos 84° y 56° de los citados reglamentos, respectivamente. Mediante Resolucion Administrativa N° 564-2011P-CSJLIMASUR/PJ de fecha 01 de setiembre de 2011, se designo por un periodo de dos anos, a los senores MORDAZA MORDAZA Core; MORDAZA MORDAZA Infantes de la MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez de Paz Titular del Distrito de Santisimo MORDAZA de MORDAZA, y como Primer y MORDAZA Accesitario, respectivamente. Asimismo, se dispuso en la precitada resolucion, que el extracto de la misma sea publicada en el Diario Oficial "El Peruano", expidiendose en tal sentido, la Resolucion Administrativa N° 565-2012-P-CSJIMASUR/PJ, con fecha de publicacion, 07 de setiembre del 2011. Con fecha 14 de setiembre del 2012, el senor MORDAZA MORDAZA Core, ha hecho llegar su renuncia irrevocable al cargo de Juez de Paz del Distrito de Santisimo MORDAZA de Pachacamac; en tal sentido, debe procederse a la designacion de su reemplazo en forma definitiva, de conformidad con el articulo 15, numeral 15.2 inciso a) de la Ley N° 29824, y en atencion a lo dispuesto por el Reglamento de Eleccion Popular y Seleccion de Jueces de Paz aprobado por Resolucion Administrativa N° 098-2012CE-PJ de fecha 06 de junio de 2012, que precisa en sus articulos 8° y 6°, respectivamente, que el primer y MORDAZA accesitario, cubren en ese orden, la ausencia temporal o definitiva del juez de paz. En virtud de ello, se notifico al senor MORDAZA MORDAZA Infantes de la MORDAZA, Primer Accesitario del Juzgado de Paz del referido distrito, a fin de poder efectuar la designacion correspondiente; sin embargo, con fecha 07 de noviembre del presente ano, presento su declinacion a la designacion como Juez de Paz del Distrito de Santisimo MORDAZA de MORDAZA, por motivos de laborar fuera del distrito lo que conlleva a que realice viajes al interior del pais. Ante tales circunstancias expuestas por el MORDAZA citado, se advierte que no reune los requisitos para asumir el cargo de Juez de Paz, como el tener tiempo disponible para atender el despacho y satisfacer la demanda del servicio de la poblacion, segun lo senalado en el articulo 1° inciso 4) de la Ley N° 29824. Por lo tanto, corresponde designar al llamado por ley, recayendo en la persona de MORDAZA MORDAZA MORDAZA

MORDAZA, como Juez de Paz Titular del Distrito de Santisimo MORDAZA de MORDAZA, habiendo verificado que cumple con los requisitos senalados en la Ley N° 29284, dando cuenta a la Sala Plena. Por tanto, en uso de las facultades previstas por el articulo 90° inciso 3) y 9) del Texto Unico Ordenando de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ACEPTAR la renuncia del senor MORDAZA MORDAZA CORE como Juez de Paz del Distrito de Santisimo MORDAZA de MORDAZA, designacion contenida mediante Resolucion Administrativa N° 5642011-P-CSJLIMASUR/PJ. Articulo Segundo.- ACEPTAR la declinacion del senor MORDAZA MORDAZA INFANTES DE LA MORDAZA al cargo de Juez de Paz del Distrito de Santisimo MORDAZA de MORDAZA, en su condicion de Primer Accesitario, segun designacion contenida en la Resolucion Administrativa N° 564-2012-PCSJLIMASUR/PJ. Articulo Tercero.- DESIGNAR al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de MORDAZA Accesitario, como JUEZ DE PAZ DEL DISTRITO DE SANTISIMO MORDAZA DE MORDAZA, por la parte que reste del periodo de designacion. Articulo Cuarto.- DISPONER que el Juez de Paz designado en el articulo precedente preste juramento ante el Juez Decano de esta Corte Superior de Justicia, en aplicacion de lo previsto en el articulo 228° del Texto Unico Ordenado del Poder Judicial. Asimismo, precisese que para asumir el cargo debera participar del programa de induccion, el mismo que estara a cargo de la Comision conformada para tal efecto. Articulo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente resolucion al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de MORDAZA Sur, Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Administracion de esta Corte, Oficina de Personal, Magistrados del Distrito Judicial de MORDAZA Sur, y de los interesados para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA CARTOLINI MORDAZA Presidente

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ORGANOS AUTONOMOS MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, provincia de Antabamba, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 1017-A-2012-JNE
Expediente Nº J-2012-01203 MORDAZA, cinco de noviembre de dos mil doce VISTO el expediente sobre convocatoria de candidato no proclamado del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, provincia de Antabamba, departamento de MORDAZA, al haberse declarado la vacancia del regidor Dalmer MORDAZA MORDAZA por haber incurrido en la causal prevista en el articulo 22, numerales 4, y 7, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. ANTECEDENTES En sesion extraordinaria, de fecha 19 de junio de 2012, el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA declaro la

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