Norma Legal Oficial del día 16 de Noviembre del año 2012 (16/11/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES

478829

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE
Suspenden temporalmente la aplicacion del D.A. Nº 039-2005, mediante el cual se dispuso la suspension de otorgamiento de autorizaciones para la instalacion y uso de Sistemas de Seguridad en la MORDAZA de MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 026
Ate, 9 de octubre de 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE ATE VISTO; el Informe Nº 368-2012-MDA/GDU-SGTTV de la Sub Gerencia de MORDAZA, Transporte y Vialidad; el Proveido Nº 2125-2012-MDA/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, senala que los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el Art. 42º de la Ley Nº 27972 -Ley Organica de Municipalidades-, establece que los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del Concejo Municipal; Que, el Articulo 8º de la Ordenanza Municipal Nº 341-99MML, emitida por la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana, que Regula la Actualizacion del Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA, establece que las Municipalidades Distritales que conforman la Provincia de MORDAZA, tendra a su cargo la ejecucion, mantenimiento, rehabilitacion, senalizacion, ornato y mobiliario MORDAZA de las Vias Locales de sus Jurisdicciones, de acuerdo con la normas establecidas por la Gerencia de Transporte MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 690-04/MML emitida por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y publicada en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 16 de setiembre del 2004, se MORDAZA el uso de elementos de seguridad resguardando el derecho a la MORDAZA, integridad fisica, libre MORDAZA y propiedad privada, MORDAZA municipal de alcance metropolitano cuyo objeto es normar dentro de la jurisdiccion de MORDAZA Metropolitana; el uso de dispositivos denominados "Elementos de Seguridad", en vias locales y a solicitud de las agrupaciones vecinales; la citada Ordenanza establece entre otros aspectos que para el uso de elementos de seguridad se considera irrenunciablemente los siguientes criterios: (i) Excepcionalidad: la autorizacion para usar elementos de seguridad se otorga solamente por la necesidad de proteccion de la poblacion contra la existencia de riesgo fehaciente que pone en peligro la seguridad de la persona y su propiedad; (ii) Temporalidad: el uso de elementos de seguridad, que impliquen la interrupcion o alteracion del trafico de vehiculos o de peatones no seran permanente y los elementos se retiraran paulatinamente en razon de la disminucion o desaparicion del riesgo que genero la necesidad de seguridad invocada; (iii) Accesoriedad: el uso de elementos de seguridad no reemplaza ni complementa la labor en materia de seguridad ciudadana de la Policia Nacional o de los Gobiernos Locales quienes mantienen sus obligaciones de conformidad con las normas vigentes. Asimismo la Primera Disposicion Transitoria y Final de la Ordenanza MORDAZA glosada senala que la Municipalidad metropolitana de MORDAZA delega a las

Municipalidades Distritales la facultad de autorizar la interferencia de vias locales para los casos de instalacion de elementos de seguridad, dentro del MORDAZA que establece la citada ordenanza; Que, mediante la Ordenanza Nº 021-MDA de fecha 12 de setiembre del 2002, modificada por las Ordenanzas Nº 044-MDA y Nº 114-MDA, de fechas 21 de noviembre del 2003 y 19 de MORDAZA del 2006 respectivamente, se regula la instalacion y uso de sistemas de seguridad vecinal en vias locales del Distrito de Ate, normatividad local que tiene como objeto establecer normas y procedimientos que regulen el uso de los sistemas de seguridad vecinas en las vias locales del Distrito de Ate, sin que ello afecte la intangibilidad de la areas pubicas o el derecho a libre y MORDAZA peatonal y vehicular, como tambien el derecho de los demas vecinos asi como el ornato la fluidez del MORDAZA y demas aspectos de responsabilidad municipal; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 039 de fecha 05 de octubre del 2005, se dispone la suspension de otorgamiento de autorizaciones para la instalacion y uso de Sistemas de Seguridad en la MORDAZA de MORDAZA en tanto se culmine con la evaluacion y aprobacion de la propuesta de instalacion de elementos de seguridad vecinal perimetral en vias de la MORDAZA de MORDAZA, la cual se encuentra vigente hasta la fecha; Que, mediante Informe Nº 368-2012-MDA-GDU/ SGTTV, la Sub Gerencia de MORDAZA, Transporte y Vialidad, senala que respecto a la solicitud realizada por los residentes de la MORDAZA Las Madreselvas ­ Urb. Los Recaudadores ­ MORDAZA, y considerando el Acta de Reunion de la Comision Tecnica Evaluadora del Uso de elementos de seguridad de fecha 31 de MORDAZA del 2012, en la que se acordo la procedencia de la solicitud y teniendo en cuenta que al estar vigente el Decreto de Alcaldia Nº 039-2005-MDA de fecha 05 de octubre del 2005, se hace necesario emitir una MORDAZA complementaria al respecto; por lo que sugiere se emita el respectivo Decreto de Alcaldia para la autorizacion de instalacion de elementos de seguridad en forma excepcional, en las vias de la MORDAZA de MORDAZA, debido a los constantes actos delictivos ocurridos en MORDAZA Las Madreselvas ­ Urb. Los Recaudadores; Que, mediante Proveido Nº 2125-2012-MDA/GM, la Gerencia Municipal, indica se proyecte el Decreto de Alcaldia correspondiente; Estando a las atribuciones conferidas por el articulo 42º y el numeral 6 del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Articulo 1º.SUSPENDER EN FORMA EXCEPCIONAL; temporalmente la aplicacion del Decreto de Alcaldia Nº 039-2005 por un periodo de 30 dias de publicada el presente MORDAZA municipal, en merito a de los considerandos expuestos. Articulo 2º.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Sub Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones y Sub Gerencia de MORDAZA, Transporte y Vialidad. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA

866917-1

MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Exoneran a diversas organizaciones sociales de base del pago de inscripcion en el Registro Unico de Organizaciones Sociales de Base (RUOS)
ORDENANZA Nº 316
EL MORDAZA DE LA MUNICPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.