Norma Legal Oficial del día 12 de Octubre del año 2012 (12/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, viernes 12 de octubre de 2012

NORMAS LEGALES

476099

Designan Gerente de Administracion y Finanzas del SENCICO
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 159-2012-02.00
MORDAZA, 28 de setiembre del 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 147- se aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion ­ SENCICO, considerando a esta entidad, Institucion Publica Descentralizada del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, con autonomia tecnica, administrativa y economica, encargada de la formacion, capacitacion integral, calificacion y certificacion profesional de los trabajadores de la actividad de la construccion, en todos los niveles y de realizar las investigaciones y estudios necesarios para atender a sus fines; Que, se encuentra vacante la plaza de Gerente de Administracion y Finanzas del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion ­ SENCICO, cargo considerado de confianza del organo de la Gerencia General, nivel D2, y; Que, resulta necesario designar al titular del cargo de Gerente de Administracion y Finanzas; Que, la Ley N° 27594 ­Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos, establece en su articulo 3° que la designacion de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el Articulo 1° de tal Ley se, efectua mediante Resolucion Ministerial o del Titular de Entidad correspondiente; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d), del articulo 29° del Estatuto del SENCICO, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2001-MTC, es atribucion del Consejo Directivo Nacional del SENCICO, entre otras, la de designar, ratificar o remover al personal de confianza que especificamente lo califique en tal calidad el Reglamento de Organizacion y Funciones, asi como fijar sus remuneraciones, con arreglo a los dispositivos legales vigentes a las que se sujeta el personal de la Institucion y la disponibilidad presupuestal; Que, de igual forma el literal a) del acotado articulo 29° establece como otra facultad del Consejo Directivo Nacional, la de delegar en la Presidencia Ejecutiva, Organo, Funcionario o Empleado que se designe, las atribuciones que a su juicio considere conveniente; Que, mediante Acuerdo N° 1056-02 adoptado en la Sesion, de fecha 29 de agosto de 2012, el Consejo Directivo Nacional autorizo la prorroga por el plazo de un ano computado desde el 22.09.2012 del Acuerdo N° 1037-05 de fecha 21 de setiembre de 2011, por el cual se delego al Presidente Ejecutivo del SENCICO, la facultad prevista en el inciso d) del articulo 29° del Estatuto MORDAZA acotado; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, el Decreto Legislativo N° 147 Ley de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion ­ SENCICO y los literales c), y j) del articulo 33° del Estatuto de SENCICO, aprobado por Decreto Supremos N° 032-2001-MTC, y modificado por el Decreto Supremo N° 004- 2006- VIVIENDA; Con las visaciones del Jefe del Departamento de Recursos Humanos (e), del Jefe de la Oficina de Secretaria General (e), de la Gerente de Planificacion y Presupuesto, de la Asesora Legal, y del Gerente General; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a partir del 01 de Octubre del 2012, a la C.P.C. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ulfe, en el cargo de confianza de Gerente de Administracion y Finanzas del Servicio Nacional de Capacitacion Para la Industria de la Construccion ­ SENCICO, nivel D-2. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA IMANA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo del SENCICO

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES
Constituyen MORDAZA Unipersonales del Tribunal Administrativo de Solucion de Reclamos de Usuarios (TRASU) en MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO N° 147-2012-CD/OSIPTEL
MORDAZA, 4 de octubre de 2012

Conformacion de MORDAZA Unipersonales del Tribunal Materia: Administrativo de Solucion de Reclamos de Usuarios (TRASU).
VISTO: El Informe Nº 091-ST.I/2012 del 25 de setiembre de 2012; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27336, Ley de Desarrollo de las Funciones y Facultades del OSIPTEL, establece en su articulo 37° que el TRASU es competente para resolver los reclamos de los usuarios en MORDAZA instancia y su conformacion y funcionamiento seran definidos por el OSIPTEL mediante Resolucion del Consejo Directivo. Que, los articulos 58º y 94º del Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, Reglamento General del OSIPTEL, establecen la competencia exclusiva de este organismo para resolver los reclamos contra las operadoras en MORDAZA instancia a traves del TRASU, pudiendo el Consejo Directivo establecer el numero de integrantes del Tribunal y el mecanismo de conformacion de MORDAZA, de acuerdo a sus necesidades. Que, la Resolucion de Consejo Directivo Nº 003-2003CD/OSIPTEL, Reglamento de Organizacion y Funciones del TRASU, preve en su articulo 6º que el TRASU estara integrado por el numero de MORDAZA que disponga el Consejo Directivo del OSIPTEL, pudiendose constituir MORDAZA Unipersonales, ademas de las que se conformen para encargos especificos. Que, conforme al MORDAZA normativo expuesto y visto el Informe Nº 091-ST.I/2012, corresponde constituir tres (3) MORDAZA Unipersonales del TRASU en MORDAZA, a fin de que dichas MORDAZA se consoliden como areas sumarisimas de tramitacion de expedientes de (i) queja cuyo plazo de solucion es de trece (13) dias habiles, (ii) apelacion cuyo plazo de solucion sea de quince (15) dias habiles y (iii) apelacion cuyo plazo de solucion sea de treinta (30) dias habiles en los que el monto reclamado no supere los S/. 100 nuevos soles1, esto es, de menor cuantia. Que, asimismo, se dispone que se constituya la Sala Unipersonal del TRASU en MORDAZA, otorgandole las mismas materias de competencia asignadas a las MORDAZA Unipersonales de MORDAZA y otorgandole competencia territorial en funcion al domicilio del usuario reclamante, circunscrito al departamento de Arequipa. Que, finalmente, corresponde encargar a la Gerencia General del OSIPTEL la implementacion de las MORDAZA Unipersonales en MORDAZA y MORDAZA, en un plazo de noventa (90) y ciento ochenta (180) dias calendario, respectivamente. Ello, a fin de asegurar los requerimientos logisticos necesarios para su puesta en funcionamiento. En aplicacion de lo previsto en el MORDAZA parrafo del articulo 94° del Reglamento General del OSIPTEL y estando a lo acordado por el Consejo Directivo del OSIPTEL en su Sesion Nº 478. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Constituir tres MORDAZA Unipersonales del Tribunal Administrativo de Solucion de Reclamos de

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