Norma Legal Oficial del día 30 de Octubre del año 2012 (30/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, martes 30 de octubre de 2012

NORMAS LEGALES

477607

de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 859835-1

y en la Provincia Constitucional del Callao, vigentes para el Ejercicio Fiscal 2013, los cuales podran ser recabados en la Direccion Nacional de Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, de acuerdo al procedimiento establecido para dicho fin. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 860194-1

Aprueban Listados de Valores Oficiales que contienen los Valores Arancelarios de Terrenos Rusticos ubicados en los departamentos del MORDAZA y en la Provincia Constitucional del Callao, vigentes para el Ejercicio Fiscal 2013
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 237-2012-VIVIENDA MORDAZA, 29 de octubre de 2012 CONSIDERANDO:

Aprueban Listados de Valores Unitarios Oficiales que contienen los Valores Arancelarios de Terrenos Urbanos de Centros Poblados Menores ubicados en los departamentos del MORDAZA para el Ejercicio Fiscal 2013
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 238-2012-VIVIENDA MORDAZA, 29 de octubre de 2012 CONSIDERANDO:

Que, el MORDAZA parrafo del articulo 11 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, senala que a efectos de determinar el valor total de los predios, se aplicara los valores arancelarios de terrenos y valores unitarios oficiales de edificacion vigentes al 31 de octubre del ano anterior, y las tablas de depreciacion por antiguedad y estado de conservacion, que formula el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA y aprueba anualmente el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento mediante Resolucion Ministerial; Que, por Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA, se aprobo la fusion por absorcion del Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA con el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, correspondiendole al citado Ministerio la calidad de entidad incorporante; Que, el numeral 1.2 del articulo 1 del Decreto Supremo a que se refiere el considerando anterior, establece que toda referencia normativa al CONATA se entendera hecha al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, el numeral 3.1 del articulo 3 de la Resolucion Ministerial Nº 291-2006-VIVIENDA, dispuso la absorcion de los organos y dependencias a cargo de la funcion normativa de competencia del CONATA, por parte de la Direccion Nacional de Urbanismo del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo; Que, conforme a lo senalado por el MORDAZA parrafo del articulo 3 de la Resolucion Ministerial Nº 010-2007VIVIENDA, la Direccion Nacional de Urbanismo tendra a su cargo la funcion normativa a que hace referencia la Resolucion Ministerial Nº 291-2006-VIVIENDA MORDAZA citada; Que, la Direccion Nacional de Urbanismo ha formulado los Listados de Valores Oficiales que contienen los Valores Arancelarios de los Terrenos Rusticos ubicados en el territorio de la Republica, comprendidos en los departamentos de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, Ica, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, Pasco, MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA, Tacna, Tumbes, Ucayali y en la Provincia Constitucional del Callao, vigentes para el Ejercicio Fiscal 2013; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE:

Que, el MORDAZA parrafo del articulo 11 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, senala que a efectos de determinar el valor total de los predios, se aplicara los valores arancelarios de terrenos y valores unitarios oficiales de edificacion vigentes al 31 de octubre del ano anterior, y las tablas de depreciacion por antiguedad y estado de conservacion, que formula el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA y aprueba anualmente el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento mediante Resolucion Ministerial; Que, por Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA, se aprobo la fusion por absorcion del Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA con el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, correspondiendole al citado Ministerio la calidad de entidad incorporante; Que, el numeral 1.2 del articulo 1 del Decreto Supremo a que se refiere el considerando anterior establece que toda referencia normativa al CONATA se entendera hecha al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, el numeral 3.1 del articulo 3 de la Resolucion Ministerial Nº 291-2006-VIVIENDA dispone la absorcion de los organos y dependencias a cargo de la funcion normativa de competencia del CONATA, por parte de la Direccion Nacional de Urbanismo del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo; Que, conforme a lo senalado por el MORDAZA parrafo del articulo 3 de la Resolucion Ministerial Nº 010-2007VIVIENDA, la Direccion Nacional de Urbanismo tendra a su cargo la funcion normativa a que hace referencia la Resolucion Ministerial Nº 291-2006-VIVIENDA MORDAZA citada; Que, la Direccion Nacional de Urbanismo ha formulado los Listados de Valores Unitarios Oficiales que contienen los Valores Arancelarios de Terrenos Urbanos de los Centros Poblados Menores ubicados en el territorio de la Republica, comprendidos en los departamentos de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, Ica, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, Pasco, MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA, Tacna, Tumbes y Ucayali, vigentes para el Ejercicio Fiscal 2013; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE:

Articulo Unico.- Aprobar los Listados de Valores Oficiales que contienen los Valores Arancelarios de los Terrenos Rusticos ubicados en el territorio de la Republica, comprendidos en los departamentos de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, Ica, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, Pasco, MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA, Tacna, Tumbes, Ucayali

Articulo Unico.- Aprobar los Listados de Valores Unitarios Oficiales que contienen los Valores Arancelarios de Terrenos Urbanos de los Centros Poblados Menores ubicados en el territorio de la Republica, comprendidos en los departamentos de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, Ica, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA,

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