Norma Legal Oficial del día 30 de Octubre del año 2012 (30/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, martes 30 de octubre de 2012

Que, con Ley N° 29031, se instituyo el Dia de los Defensores de la Democracia y se creo la condecoracion correspondiente, en homenaje a los miembros de las Fuerzas Armadas, Policia Nacional del Peru, Comites de Autodefensa y ciudadanos que fallecieron, quedaron heridos o discapacitados en la lucha contra el terrorismo; y, a todos aquellos que en la lucha contra-subversiva prestaron eminentes servicios a la Nacion; Que, el articulo 3° de la mencionada Ley, establece la conformacion del Consejo de la Condecoracion "Medalla al Defensor de la Democracia", el cual estara conformado entre otros miembros, por el Ministro de Defensa; Que, el articulo 4° del Decreto Supremo N° 026-2011 PCM, del 22 de marzo de 2011, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29031, establece que el Consejo de la Condecoracion "Medalla al Defensor de la Democracia" sera apoyado por un Comite de Trabajo, conformado por un representante de cada Ministerio involucrado, los cuales seran designados por Resolucion Ministerial del Sector al cual pertenece, quienes elaboraran el Estatuto del Consejo de la Condecoracion "Medalla al Defensor de la Democracia"; Que, en tal sentido, resulta necesario designar al representante del Ministro de Defensa para integrar el Comite de Trabajo MORDAZA referido, quien cumplira la funcion senalada en el articulo 4° del Reglamento de la Ley N° 29031; Estando a lo propuesto por la Direccion General de Recursos Humanos, contando con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica de este Ministerio, y de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 27594 - Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, la Ley N° 29605 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 001 -2011-DE, del 29 de marzo de 2011; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Designar como representante del Ministerio de Defensa para integrar el Comite de Trabajo previsto en el Reglamento de la Ley N° 29031 - Ley que instituye el dia de los Defensores de la Democracia y crea la Condecoracion correspondiente, al MORDAZA EP. MORDAZA OVERSLUIJS MORDAZA, Jefe del Departamento de Bienestar y Excombatientes de la Direccion General de Recursos Humanos de este Ministerio, quien cumplira las funciones senaladas en el articulo 4° del mencionado dispositivo legal. Articulo 2°.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Defensa (www.mindef.gob.pe), conforme a lo establecido en la Resolucion Ministerial N° 996-2012-DE/SG de fecha 6 de setiembre de 2012. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 859862-4

Que, el articulo 1 de la Constitucion Politica del Peru establece que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; consagrandose en su articulo 44 que son deberes primordiales del Estado, defender la soberania nacional, garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la poblacion de las amenazas contra su seguridad, y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nacion; Que, mediante comunicacion escrita del 28 de octubre de 2012, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA hace de conocimiento del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, que el MORDAZA Mayorista de La Parada ha sido desactivado, lo que afectara a un sector de la poblacion que realizaba actividades complementarias al referido comercio y que tiene un ingreso diario muy bajo; Que, en ese sentido, en la comunicacion senalada en el considerando precedente la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA solicita al Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, brindar apoyo alimentario a las personas y familias afectadas; Que, mediante Ley Nº 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, disponiendose en su Tercera Disposicion Complementaria Final la adscripcion a dicho ministerio, entre otros programas sociales, del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria ­ PRONAA; Que, mediante el articulo 1 del Decreto Supremo N° 007-2012-MIDIS, se dispone la extincion del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria ­ PRONAA en un plazo que no exceda el 31 de diciembre de 2012 para la ejecucion de sus prestaciones; por lo que corresponde que los bienes alimentarios con los que cuente dicho programa social MORDAZA distribuidos integramente en el presente ejercicio; Que, por lo expuesto, y en cumplimiento de los deberes primordiales del Estado, resulta pertinente autorizar al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria ­ PRONAA a brindar excepcionalmente el apoyo requerido por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, a traves de la entrega de alimentos, sin afectar a sus usuarios; De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru; la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; DECRETA: Articulo 1.- Autorizacion para entrega de alimentos Autorizar al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria ­ PRONAA para que, excepcionalmente y durante un periodo MORDAZA de veinte (20) dias calendario desde la vigencia de la presente MORDAZA, entregue alimentos a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA a fin de que esta MORDAZA los distribuya entre la poblacion afectada con la desactivacion del MORDAZA Mayorista de La Parada. Articulo 2.- Ejecucion de la medida A efectos de cumplir con lo establecido en el articulo 1 del presente decreto supremo, el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria ­ PRONAA queda autorizado a disponer de los alimentos que como excedente y/o sobre stock, de cualquier finalidad o programa a su cargo, mantenga en sus almacenes a nivel nacional, para su correspondiente entrega a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, la que se encargara de su distribucion entre la poblacion que MORDAZA identificado. La autorizacion al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria ­ PRONAA comprende la utilizacion de recursos para el transporte de los alimentos y toda otra accion necesaria para cumplir con la entrega a la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo 3.- Plazos para el requerimiento y para la entrega de alimentos a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA remitira al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria ­ PRONAA el respectivo requerimiento de alimentos, en un plazo no mayor de tres (3) dias habiles contados a partir de la vigencia del presente decreto supremo. El Programa

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Autorizan al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria ­ PRONAA a entregar, excepcionalmente, alimentos para la atencion de la poblacion afectada por la desactivacion del MORDAZA Mayorista de La Parada
DECRETO SUPREMO Nº 013-2012-MIDIS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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