Norma Legal Oficial del día 30 de Octubre del año 2012 (30/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, martes 30 de octubre de 2012

NORMAS LEGALES

477649

- Agencia Tarjeta Naranja Paruro, dentro del local de Tarjeta Naranja Peru S.A.C, ubicado en Jr. Paruro N° 781 ­ Tienda Primer Piso, distrito Cercado de MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CORTES Intendente General de Banca (e) 859455-3 RESOLUCION SBS N° 7986-2012 MORDAZA, 18 de octubre de 2012 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA (e) VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Credito del Peru para que esta Superintendencia autorice la apertura de una (01) Oficina Temporal, segun se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica la apertura temporal de la referida oficina; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Bancaria "C", y; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolucion SBS N° 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolucion SBS Nº 12883-2009 y la Resolucion SBS N° 281-2012; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco de Credito del Peru, la apertura de una (01) Oficina Temporal, por el dia 20 de octubre de 2012 en el Colegio Claretiano, ubicado en Av. MORDAZA de Las Leyendas N° 555, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CORTES Intendente General de Banca (e) 859455-4 RESOLUCION SBS N° 7987-2012 MORDAZA, 18 de octubre de 2012 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA (e) VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Credito del Peru S.A. para que esta Superintendencia autorice el traslado de una (01) agencia, segun se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica el traslado de la referida agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Bancaria "C", y; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolucion SBS N° 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolucion SBS Nº 12883-2009 y la Resolucion SBS N° 281-2012; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco de Credito del Peru S.A., el traslado de la agencia ubicada en

el Jr. MORDAZA C. MORDAZA N° 143, distrito de Yurimaguas, provincia de Alto Amazonas y departamento de MORDAZA a la Av. Monsenor MORDAZA MORDAZA N° 425, distrito de Yurimaguas, provincia de Alto Amazonas y departamento de Loreto. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CORTES Intendente General de Banca (e) 859455-5

GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA
Aprueban Reempadronamiento Extraordinario y la inscripcion por reemplazo de un vehiculo menor motorizado
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 024-2012-AL/CPB EL MORDAZA DEL HONORABLE CONCEJO PROVINCIAL DE BARRANCA VISTO; En Sesion Ordinaria de fecha 29 de agosto del 2012, en la Estacion Orden del Dia el Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el Reempadronamiento extraordinario y la inscripcion por Reemplazo de un vehiculo menor motorizado, que presta el Servicio Transporte Publico de Pasajeros en el distrito de Barranca; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido por el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, los Gobiernos Locales son personas juridicas de derecho publico y gozan de autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, consiguientemente estan facultados para ejercer actos de gobierno y actos administrativos con sujecion al ordenamiento juridico vigente; Que, conforme lo dispone la Ley Nº 27189 - "Ley de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores" y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 055-2010-MTC, corresponde a las Municipalidades Distritales como autoridad competente, la regulacion del Servicio de Transporte Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores, en cuanto a su autorizacion y fiscalizacion; Asimismo el numeral 3.2 del articulo 81º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, precisa que es funcion especifica y compartida de las municipalidades distritales el otorgamiento de autorizaciones para la circulacion de vehiculos menores; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 011-2012AL/CPB se aprobo la Suspension del Articulo 2º de la Ordenanza Municipal Nº 009-2010-AL/CPB, con el fin de actualizar la base de datos de vehiculos menores, al haberse observado que el numero considerable de estos no han renovado sus autorizaciones para la obtencion de la tarjeta de operacion, existiendo la posibilidad que continuen operando sin la documentacion debida y habiendo concluido el Plazo determinado en la citada Ordenanza, la Sub Gerencia de Regulacion y Autorizacion del MORDAZA y Transporte mediante Informe

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