Norma Legal Oficial del día 12 de Septiembre del año 2012 (12/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES
VISTO:

El Peruano MORDAZA, miercoles 12 de setiembre de 2012

Que, la Octava Disposicion Complementaria Modificatoria del Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, por el cual se aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, establece que toda referencia al Consejo de Supervision de Fedatarios Juramentados con especializacion en informatica a que se refiere el Reglamento aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 169-2000-JUS, se entendera efectuada a la Direccion de Sistematizacion Juridica y Difusion de la Direccion General de Desarrollo y Ordenamiento Juridico; Que, por Resolucion Ministerial Nº 0192-2012-JUS, se aprobo el Reglamento que MORDAZA las funciones que ejerce el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con relacion a los cursos de Fedatarios Juramentados con Especializacion en Informatica, el Registro Nacional de Fedatarios y la acreditacion de Asociaciones de Fedatarios, dispositivo normativo que a su vez derogo la Resolucion Ministerial Nº 169-2000-JUS; Que, a fin de evitar perjuicios a los profesionales que han participado en "Programas de especializacion y capacitacion para obtener el diploma o certificado de idoneidad tecnica para el ejercicio de fedatario juramentado con especializacion en informatica" realizados durante el 2011 que no fueron debidamente autorizados, resulta pertinente que se evalue, de manera posterior y por unica vez, si se han cumplido los requisitos para la realizacion de dichos cursos, a efectos de proceder a su eventual regularizacion; Que, corresponde aplicar, en todo cuanto favorezca a la peticion de los administrados, el Reglamento que MORDAZA las funciones que ejerce el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con relacion a los cursos de Fedatarios Juramentados con Especializacion en Informatica, el Registro Nacional de Fedatarios y la acreditacion de Asociaciones de Fedatarios, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 0192-2012-JUS; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29809, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Decreto Supremo Nº 011-2012JUS, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- La Direccion de Sistematizacion Juridica y Difusion debera, por unica vez, evaluar si corresponde regularizar los "Programas de especializacion y capacitacion para obtener el diploma o certificado de idoneidad tecnica para el ejercicio de fedatario juramentado con especializacion en informatica", asi como de cada uno de los cursos que lo conforman, dictados durante el ano 2011 y cuya realizacion no fue autorizada por el ex Consejo de Supervision de Fedatarios Juramentados con Especializacion en Informatica. Articulo 2°.- Los responsables de los Colegios de Abogados encargados de la realizacion de los "Programas de especializacion y capacitacion para obtener el diploma o certificado de idoneidad tecnica para el ejercicio de fedatario juramentado con especializacion en informatica" o los interesados podran solicitar a la Direccion de Sistematizacion Juridica y Difusion, en un plazo MORDAZA de diez (10) dias habiles contado a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente MORDAZA, que evalue lo senalado en el Articulo1. Para tal evaluacion sera aplicable el Reglamento aprobado por Resolucion Ministerial Nº 0192-2012-JUS, en todo cuanto favorezca a la peticion de los administrados. Articulo 3º.- Publiquese la presente resolucion en la pagina web del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.minjus.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. EDA A. MORDAZA FRANCHINI Ministra de Justicia y Derechos Humanos

El Expediente relacionado con la participacion de la Blga. MORDAZA MORDAZA Ayon Dejo ­ Profesional de la Unidad de Oceanografia Biologica de la Direccion General de Investigaciones Oceanograficas y Cambio Climatico, en la XXIII Reunion de los Administradores de Programas Antarticos Latinoamericanos (XXIII RAPAL), a realizarse en la MORDAZA de Rio de Janeiro, Republica Federativa del Brasil, del 17 al 21 de setiembre de 2012, formulado por la Vicepresidencia del Consejo Directivo y remitido a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto mediante HIE Nº DE-2531-2012 del 23 de agosto de 2012. CONSIDERANDO: Que, el Director de Asuntos Antarticos del Ministerio de Relaciones Exteriores del Peru, mediante OF. RE (ANT) Nº 22-6-BB/92 del 13.08.12 invita al IMARPE para participar en la XIII Reunion de los Administradores de Programa Antarticos Latinoamericanos (XXIII RAPAL), a realizarse en la MORDAZA de Rio de Janeiro, Republica Federativa del Brasil, del 17 al 21 de setiembre 2012; Que, de otro lado, la Direccion General de Soberania, Limites y Asuntos Antarticos en su Memorandum (DSL) Nº DSL 505/2012 del 10.08.12 dirigido al Despacho Viceministerial de Relaciones Exteriores, senala que los Administradores Nacionales de Programas Antarticos de MORDAZA, Brasil, MORDAZA, Uruguay, Ecuador y Peru constituyen la Reunion de Administradores de Programas Antarticos Latinoamericanos (RAPAL); un foro de coordinacion a nivel latinoamericano de temas de orden cientifico, logistico y ambiental que tiene relevancia en el area antartica; Que, los objetivos fundamentales de RAPAL son: Fortalecer la presencia de los paises sudamericanos en el Antartida; Propiciar, fomentar y coordinar la participacion de cientificos y tecnicos de la region para aprovechar las capacidades de la region en materia cientifica, logistica, operativa y juridica, a fin de aunar y concertar esfuerzos, optimizando el empleo de los recursos, en concordancia con los principios y objetivos establecidos en el Sistema del Tratado Antartico; intercambiar informacion antartica entre los paises de la region; armonizar las legislaciones internas de cada MORDAZA tendientes a una mayor cooperacion antartica; coordinar las acciones de los operadores miembros de RAPAL, para adoptar en la medida de lo posible, posiciones comunes dentro del COMNAP y SCAR; asi como contribuir a la proteccion y conservacion del medio ambiente antartico y de sus ecosistemas dependientes y asociados; Que, el Director General (e) de Investigaciones Oceanograficas y Cambio Climatico con Memorandum DGIOCC Nº 366-2012 del 24.08.12, propone la participacion de la Blga. MORDAZA MORDAZA Ayon Dejo, Profesional de la Unidad de Oceanografia Biologica de la Direccion General de Investigaciones Oceanograficas y Cambio Climatico del IMARPE en la XXIII Reunion de los Administradores de Programas Antarticos Latinoamericanos (XXIII RAPAL), a llevarse a cabo en Rio de Janeiro, Republica Federativa de Brasil, del 17 al 21 de setiembre de 2012; evento en el cual, se discutira y coordinara temas de relevancia para el area antartica y para el desarrollo de politicas comunes a los paises latinoamericanos con presencia antartica, y, por ser el IMARPE, una de las principales instituciones nacionales no solo promotora de las expediciones antarticas peruanas, sino con un trabajo sostenido sobre el krill y su ecosistema; Que, el Consejo Directivo del IMARPE, en su Novena Sesion Ordinaria celebrada el 28.08.12, aprobo mediante Acuerdo Nº 061-2012-CD/O, autorizar el viaje en Comision de Servicios de la citada profesional en la XIII Reunion de los Administradores de Programa Antarticos Latinoamericanos (XXIII RAPAL), a realizarse en la MORDAZA de Rio de Janeiro, Brasil, del 17 al 21 de setiembre 2012; Que, la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, prohibe los viajes al exterior con cargo a recursos publicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley senala, entre ellos, los viajes que se efectuen en el MORDAZA de las acciones de promocion de importancia para el Peru, los que deben realizarse en categoria economica y ser autorizados por resolucion del Titular de la Entidad; Que, la Directiva Nº DE-001-2012-IMP expedida con fecha 28.06.12, se refiere en su Numeral 6.1 a la Autorizacion del Viaje, estableciendose en el sub numeral 6.1.2.3. y demas pertinentes el procedimiento a seguir cuando, como en el presente caso, se genere gastos al presupuesto institucional e indicandose que una vez visada por las Direcciones que se senala, se elevara el expediente con el proyecto de resolucion correspondiente a la Direccion Ejecutiva para la aprobacion respectiva;

839180-1

PRODUCE
Autorizan viaje de funcionaria del IMARPE para participar en evento a realizarse en Brasil
RESOLUCION DIRECTORAL Nº DEC-171-2012
MORDAZA, 10 de setiembre de 2012

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