Norma Legal Oficial del día 12 de Septiembre del año 2012 (12/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 12 de setiembre de 2012

En caso que el MORDAZA o el MORDAZA MORDAZA concurran a la sesion convocada, tienen el derecho de presidirla; caso contrario, la sesion sera presidida por el regidor que sigue en la lista electoral del Alcalde. En situacion de emergencia declaradas conforme a Ley, el Concejo Municipal Distrital podra dispensar del tramite de convocatoria a Sesion Extraordinaria, siempre que se encuentren presente suficientes regidores y se verifiquen el quorum de Ley" Articulo Segundo: ENCARGAR a la Gerencia Legal y Secretaria Municipal la notificacion de la presente Ordenanza. Registrese y comuniquese MORDAZA E. REYMER MORDAZA MORDAZA

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Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 18-2011/MDV, mediante la cual se Regula el Regimen de Regularizacion de Licencias de Edificacion y Declaratoria de Edificaciones en el Distrito de Ventanilla
DECRETO DE ALCALDIA Nº 009-2012/ MDV-ALC
Ventanilla, 24 de MORDAZA de 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: El Informe N° 62-2012/MDV-GDU de fecha 18 de MORDAZA de 2012, remitido por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, referente a la prorroga de la Ordenanza Municipal Nº 182011/MDV; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, establece que las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, en ese sentido goza de facultades normativas y reglamentarias dentro del ambito de su jurisdiccion en concordancia, con lo previsto en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades. Que, de acuerdo con lo senalado en los items 3.6 y 3.6.2 del numeral 3) del articulo 79º de la Ley Nº 27972, es funcion especifica y exclusivas de las Municipalidades Distritales, la de regular y otorgar autorizaciones, derechos, licencias y realizar la fiscalizacion de las construcciones, ampliaciones, remodelaciones o demoliciones de los inmuebles, conformidad de obra y declaratoria de fabrica. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 18-2011-MDV/ ALC, se regula el Regimen Especial de Regularizacion de Licencia de Edificacion y Declaratoria de Edificacion en el Distrito de Ventanilla, teniendo como objetivo principal el de incentivar la formalidad de las edificaciones con el fin de mejorar la calidad de MORDAZA de los pobladores del distrito, otorgando para ello las donaciones en multas y exoneracion en los pagos que correspondan, para llevar a cabo los tramites a licencias y/o declaratorias, teniendo vigencia hasta dia 31 de diciembre de 2011. Que, con el Decreto Nº 14-2011/MDV-ALC que prorroga la referida ordenanza municipal senala que el Regimen de regularizacion de Licencias de Edificacion y Declaratoria de Edificaciones MORDAZA senalado tendra una vigencia hasta el 31 de marzo de 2012; en la Octava Disposicion Final de la Ordenanza Municipal Nº 18-2011/MDV se faculta al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia establezca su prorroga de ser el caso. Asimismo, mediante el Decreto Nº 4-2012/MDV-ALC se prorroga la referida ordenanza municipal; senalando que tendra una vigencia hasta el 31 de MORDAZA de 2012.

Que, con el Informe Nº 62-2012-MDV-GDU de fecha 18 de MORDAZA de 2012, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA indica que ha venido ejecutando lo estipulado en la Ordenanza Municipal Nº 18-2011/MDV a fin de Regularizar las Licencias de Edificacion y Declaratorias de Edificaciones a los contribuyentes, sin embargo; ante el termino de vigencia de la misma, manifiesta la necesidad de una nueva ampliacion, por existir un gran numero de propietarios que no han accedido a este beneficio. Que, el articulo 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, establece que "los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal". Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, y a lo establecido en la Ordenanza Municipal Nº 18-2011/MDV de fecha 15 de agosto de 2011. DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 18-2011/MDV, que Regula el Regimen de Regularizacion de Licencias de Edificacion y Declaratoria de Edificaciones en el Distrito de Ventanilla, desde el 1 de agosto hasta el 31 de diciembre del 2012. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y a las Sub Gerencias dependientes de dicha unidad organica, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldia, debiendo todas las dependencias de la Municipalidad prestar el apoyo y facilidades para su cabal cumplimiento. Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de Ventanilla (www.muniventanilla. gob.pe). Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA E. REYMER MORDAZA MORDAZA

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Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 013-2012/MDV, mediante la cual se establecen beneficios e incentivos tributarios y administrativos
DECRETO DE ALCALDIA Nº 010-2012/MDV-ALC
Ventanilla, 23 de agosto de 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: El Informe Nº 35-2012/MDV-GRM de 17 de agosto de 2012 de la Gerencia de Rentas Municipales y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades Provinciales y Distritales son Organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomia segun el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, radica en ejercer actos de gobierno administrativo y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico; Que, mediante Ordenanza Nº 013-2012/MDV de 24 de junio de 2012 se aprobo el otorgamiento de beneficios que incentiven el pago de deudas tributarias de Impuesto Predial, arbitrios municipales y multas administrativas, con vigencia hasta el 29 de agosto de 2012, conforme se establece en el articulo 10º de la citada norma;

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