Norma Legal Oficial del día 16 de Septiembre del año 2012 (16/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 16 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES

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para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo 5º.- Remitase MORDAZA de la presente Resolucion Directoral al Administrador del Sistema de Control de Carga de GNV. Articulo 6º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. El costo de la publicacion de la presente Resolucion Directoral sera asumido por la empresa solicitante. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 840958-1

Autorizan ampliacion de local en la MORDAZA de MORDAZA a la Escuela Centro de Capacitacion Profesional Ingenieros Sociedad Anonima Cerrada - CCP Ingenieros S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 3076-2012-MTC/15 MORDAZA, 15 de agosto de 2012 VISTOS: Los Partes Diarios N°s 075793 y 087749 presentados por la empresa denominada CENTRO DE CAPACITACION PROFESIONAL INGENIEROS SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ CCP INGENIEROS S.A.C., y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 3633-2010MTC/15 de fecha 21 de diciembre de 2010, se autorizo a la empresa denominada CENTRO DE CAPACITACION PROFESIONAL INGENIEROS SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ CCP INGENIEROS S.A.C., para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con RUC N° 20541372220 y con domicilio en Av. MORDAZA N° 308 (2°, 3° y 4°piso) - Huancayo, a fin de impartir los conocimientos teoricos ­ practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, asi como la formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categoria II y III, y de la Clase B Categoria II-c; Que, mediante Resolucion Directoral N° 4958-2011MTC/15, se autorizo a la empresa denominada CENTRO DE CAPACITACION PROFESIONAL INGENIEROS SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ CCP INGENIEROS S.A.C., la modificacion de su domicilio citado en el parrafo precedente al local ubicado en MORDAZA Real N° 694 ­ MORDAZA ­ Huancayo; Que, mediante Parte Diario N° 075793, la empresa denominada CENTRO DE CAPACITACION PROFESIONAL INGENIEROS SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ CCP INGENIEROS S.A.C., en adelante La Escuela, presenta solicitud sobre ampliacion de autorizacion para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en el MORDAZA local ubicado en Jr. MORDAZA Puelles N° 461-A, Distrito, Provincia y Departamento de MORDAZA, con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos y practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes a una licencia de conducir de la Clase A Categorias II y III y Clase B Categoria II- c asi como los cursos de Capacitacion Anual para Transporte de Personas, Transporte de mercancias, Transporte Mixto, curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor, y los cursos de y Recategorizacion y Reforzamiento para la revalidacion de las licencias de conducir de la clase A categoria II y III, asimismo, solicita autorizacion para utilizar dos simuladores de manejo para las licencias de conducir de clase A categoria II y III;

Que, mediante Oficio N° 4813-2012-MTC/15.03 de fecha 06 de MORDAZA de 2012, notificado en la misma fecha, esta administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Escuela, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles; Que, mediante Parte Diario N° 087749 de fecha 19 de MORDAZA de 2012, La Escuela presento diversa documentacion con la finalidad de subsanar las observaciones senaladas en el oficio MORDAZA citado; Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º que establece las condiciones de acceso, asi como el articulo 51º que senala los requisitos documentales; Que el articulo 52º de El Reglamento dispone que para solicitar la ampliacion de locales, debera acompanar a su solicitud, los documentos descritos en los literales c), d), f), g), h), j), k) y l) del articulo 51º del presente reglamento, asi como presentar una declaracion jurada precisando que cuentan con los bienes, muebles y enseres que constituyen el equipamiento requerido para el funcionamiento de dicho local como Escuela de Conductores, presentado la relacion detallada de su equipamiento; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedicion de la resolucion de autorizacion respectiva, la Direccion General de Transporte Terrestre realizara la inspeccion con el objeto de verificar el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, mediante Informe N° Informe N° 019-2012-MTC/15. mcr de fecha 16 de agosto de 2012, sobre la Inspeccion ocular realizada a la empresa denominada CENTRO DE CAPACITACION PROFESIONAL INGENIEROS SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ CCP INGENIEROS S.A.C., del cual se advierte que la inspeccion fue realizada en los locales propuestos por La Escuela, donde el inspector concluye que cumple con lo establecido en el numeral 43.3 y 43.5 del Art. 43° del D.S. 040-2008-MTC; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial en el Informe Nº 1152012-MTC/15.03.A.A, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC - Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre; la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la ampliacion de local en la MORDAZA de MORDAZA, a La Escuela CENTRO DE CAPACITACION PROFESIONAL INGENIEROS SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ CCP INGENIEROS S.A.C., para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos ­ practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categorias II y III y Clase B Categoria II-c, asi como los cursos de Capacitacion Anual para Transporte de Personas, Transporte de mercancias, Transporte Mixto, curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor, y los cursos de y Recategorizacion y Reforzamiento para la revalidacion de las licencias de conducir de la clase A categoria II y III; en consecuencia, procedase a su inscripcion en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores, en los siguientes terminos: Denominacion de la Escuela: CENTRO DE CAPACITACION PROFESIONAL INGENIEROS SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ CCP INGENIEROS S.A.C.

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