Norma Legal Oficial del día 19 de Septiembre del año 2012 (19/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, miercoles 19 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES
Nº SUBPARTIDA item 9 10 11 12 13 14 15 16 DESCRIPCION 0307 19 00 00 Ostras congeladas, secas, saladas o en salmuera

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nacionales cuyos productos se podran comercializar en la MORDAZA Comercial de Tacna; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 238-2011-EF se aprobo el Arancel de Aduanas 2012; Que, mediante el Oficio Nº 145-2012-GG/ ZOFRATANCA, el Comite de Administracion de la ZOFRATACNA solicito al Ministerio de Economia y Finanzas revise, ratifique o rectifique, de corresponder, y valide la lista de subpartidas, aprobadas por los Decretos Supremos Nos. 124-2003-EF y 134-2009-EF, correlacionada con el Arancel de Aduanas 2012; Que, con la finalidad de precisar la descripcion arancelaria para el ingreso de mercancias a la ZOFRATACNA, con destino a la MORDAZA Comercial de Tacna, se debe adecuar las listas contempladas en los Decretos Supremos Nos. 124-2003-EF y 134-2009-EF al Arancel de Aduanas 2012; En aplicacion del inciso 8 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 19º de la Ley Nº 27688, Ley de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Comercial de Tacna, y sus modificatorias; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion de la lista de mercancias que ingresan a la MORDAZA Comercial de Tacna. Apruebese la lista de subpartidas nacionales de las mercancias que, a traves de los depositos francos de la ZOFRATACNA, pueden ingresar para su comercializacion a la MORDAZA Comercial de Tacna, contenidas en el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Derogacion de la listas de mercancias anteriores Deroguese la lista de subpartidas nacionales de las mercancias que, a traves de los depositos francos de la ZOFRATACNA, pueden ingresar para su comercializacion a la MORDAZA Comercial de Tacna, contenidas en los Anexos de los Decretos Supremos Nos. 124-2003-EF y 134-2009EF. Articulo 3º.- Refrendo. El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo y la Ministra de la Produccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de setiembre del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo MORDAZA MORDAZA TRIVENO CHAN JAN Ministra de la Produccion ANEXO
Nº SUBPARTIDA item 1 2 DESCRIPCION

0307 21 10 00 Veneras (vieiras, MORDAZA de abanico), MORDAZA, frescas o refrigeradas 0307 21 90 00 Volandeiras y demas moluscos de los generos Pecten, Chlamys o Placopecten, MORDAZA, frescas o refrigeradas 0307 29 10 00 Veneras (vieiras, MORDAZA de abanico), congelados, secos, salados o en salmuera 0307 29 90 00 Volandeiras y demas moluscos de los generos Pecten, Chlamys o Placopecten, congelados, secos, salados o en salmuera 0307 31 00 00 Mejillones (Mytilus spp., Perna spp.), vivos, frescos o refrigerados 0307 39 00 00 Mejillones (Mytilus spp., Perna spp.), congelados, secos, salados o en salmuera 0307 41 00 00 Jibias (Sepia officinalis, Rossia macrosoma) y globitos (Sepiola spp.); calamares y potas (Ommastrephes spp., Loligo spp., Nototodarus spp., Sepioteuthis spp.), vivos, frescos o refrigerados 0307 49 00 00 Jibias (Sepia officinalis, Rossia macrosoma) y globitos (Sepiola spp.); calamares y potas (Ommastrephes spp., Loligo spp., Nototodarus spp., Sepioteuthis spp.), congelados, secos, salados o en salmuera 0307 51 00 00 Pulpos (Octopus spp.), vivos, frescos o refrigerados 0307 59 00 00 Pulpos (Octopus spp.), congelados, secos, salados o en salmuera 0307 60 00 00 Caracoles, excepto los de mar, vivos, frescos, refrigerados, congelados, secos, salados o en salmuera 0307 71 00 00 Almejas, berberechos y arcas (familias Arcidae, Arcticidae, Cardiidae, Donacidae, Hiatellidae, Mactridae, Mesodesmatidae, Myidae, Semelidae, Solecurtidae, Solenidae, Tridacnidae y Veneridae), vivos, frescos o refrigerados 0307 81 00 00 Abulones u orejas de mar (Haliotis spp.), vivos, frescos o refrigerados 0307 89 00 00 Los demas abulones u orejas de mar (Haliotis spp.) 0307 91 00 00 Los demas moluscos, incluso harina, polvo y «pellets», aptos para la alimentacion humana, vivos, frescos o refrigerados 0307 99 20 00 Locos (Concholepas concholepas), congelados, secos, salados o en salmuera 0307 99 40 00 Caracoles de mar, congelados, secos, salados o en salmuera 0307 99 50 00 Lapas, congeladas, secas, saladas o en salmuera 0307 99 90 10 Machas, congeladas, secas, saladas o en salmuera, aptos para la alimentacion humana 0307 99 90 90 Los demas invertebrados acuaticos, congelados, secos, salados o en salmuera; incluido la harina, polvo y «pellets», aptos para la alimentacion humana 0308 11 00 00 MORDAZA de mar (Isostichopus fuscus), vivos, frescos o refrigerados 0308 19 00 00 MORDAZA de mar (Isostichopus fuscus), congelados, secos, salados o en salmuera 0308 21 00 00 Erizos de mar, vivos, frescos o refrigerados 0308 29 00 00 Los demas erizos de mar congelados, secos, salados o en salmuera 0308 30 00 00 Medusas (Rhopilema spp.) 0308 90 00 00 Los demas invertebrados acuaticos 0402 91 10 00 Leche evaporada, sin adicion de azucar ni de otro edulcorante 0403 90 10 00 Suero de mantequilla 0403 90 90 10 Leche y nata (crema) cuajadas, kefir y demas leches y natas (cremas), fermentadas o acidificadas, aromatizados o con frutas u otros frutos o cacao, incluso con adicion de azucar u otro edulcorante 0403 90 90 90 Las demas leche y nata (crema) cuajadas, kefir y demas leches y natas (cremas), fermentadas o acidificadas, con adicion de azucar u otro edulcorante 0404 10 10 00 Lactosuero parcial o totalmente desmineralizado 0404 10 90 00 Los demas lactosueros, aunque este modificado, incluso concentrado o con adicion de azucar u otro edulcorante 0404 90 00 00 Productos constituidos por los componentes naturales de la leche, incluso con adicion de azucar u otro edulcorante. 0405 90 90 00 las demas materias grasas de la leche 0406 90 40 00 Los demas quesos, con un contenido de humedad inferior al 50% en peso, calculado sobre una base totalmente desgrasada 0406 90 50 00 Los demas quesos, con un contenido de humedad superior o igual al 50% pero inferior al 56% en peso, calculado sobre una base totalmente desgrasada 0406 90 60 00 Los demas quesos, con un contenido de humedad superior o igual al 56% pero inferior al 69% en peso, calculado sobre una base totalmente desgrasada 0406 90 90 00 Los demas quesos 0409 00 10 00 Miel natural, en recipientes con capacidad superior o igual a 300 kg 0409 00 90 00 Miel natural, excepto en recipientes con capacidad superior o igual a 300 kg 0410 00 00 00 Productos comestibles de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte 0709 60 00 00 Frutos de los generos Capsicum o Pimenta, frescas o refrigeradas 0710 80 10 00 Esparragos, congelados

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0305 59 20 00 Merluzas (Merluccius spp, Urophycis spp), secos, incluso salado, sin ahumar 0305 64 00 00 Tilapias (Oreochromis spp.), bagres o pez gato (Pangasius spp., Silurus spp., Clarias spp., Ictalurus spp.), carpas (Cyprinus MORDAZA, Carassius carassius, Ctenopharyngodon idellus, Hypophthalmichthys spp., Cirrhinus spp., Mylopharyngodon piceus), anguilas (Anguilla spp.), percas del MORDAZA (Lates niloticus) y peces MORDAZA de serpiente (Channa spp.), salado sin secar ni ahumar y en salmuera 0305 69 00 00 Los demas pescados salados sin secar ni ahumar y pescados en salmuera, excepto los despojos comestibles 0305 71 00 00 Aletas de tiburon, salado sin secar ni ahumar y en salmuera 0305 72 00 00 MORDAZA, colas y vejigas natatorias, de pescado, salados sin secar ni ahumar y en salmuera 0305 79 90 00 Los demas pescados secos, salados o en salmuera; pescados ahumado, incluso cocido MORDAZA o durante el ahumado; harina, polvo y «pellets» de pescado, aptos para la alimentacion humana 0306 27 19 90 Los demas langostinos (Penaeus spp.), sin congelar 0307 11 00 00 Ostras MORDAZA, frescas o refrigeradas

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