Norma Legal Oficial del día 19 de Septiembre del año 2012 (19/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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VISTOS:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 19 de setiembre de 2012

El Acta de Sesion de Consejo Directivo N° 0122012/OSCE-CD de fecha 17 de septiembre de 2012, correspondiente a la Sesion Ordinaria N° 12-2012/OSCECD y el Memorando Nº 606.2012.TCE de la Presidenta del Tribunal de Contrataciones del Estado; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 57º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017, el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE, es un organismo publico adscrito al Ministerio de Economia y Finanzas, con personeria juridica de derecho publico que goza de autonomia tecnica, funcional, administrativa, economica y financiera; Que, el articulo 63º de la Ley, dispone que el Tribunal de Contrataciones del Estado es un organo resolutivo que forma parte de la estructura administrativa del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE y que cuenta con plena autonomia e independencia en el ejercicio de sus funciones; Que, por su parte, el articulo 19º, inciso g) del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF del OSCE, senala como funcion del Tribunal de Contrataciones del Estado, entre otras, dictar las medidas pertinentes para el cumplimiento de sus resoluciones y pronunciamientos; Que, la Resolucion Nº 505-2010-OSCE/PRE de fecha 05 de octubre de 2010, aprobo la Directiva Nº 009/2010/ OSCE/PRE "Disposiciones que regulan Decretos y Resoluciones y/o Acuerdos del Tribunal de Contrataciones del Estado y su notificacion, asi como la programacion de audiencias y lectura de expedientes"; Que, mediante Memorando Nº 606.2012.TCE, la Presidenta del Tribunal de Contrataciones del Estado del OSCE propone el proyecto de Directiva "Disposiciones que regulan Decretos, Resoluciones y/o Acuerdos del Tribunal de Contrataciones del Estado y su notificacion, asi como la programacion de audiencias y lectura de expedientes", elaborada en el MORDAZA de las recientes modificaciones de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento; Que, en Sesion N° 12-2012/OSCE-CD el Consejo Directivo, acordo aprobar la Directiva sobre "Disposiciones que regulan Decretos y Resoluciones y/o Acuerdos del Tribunal de Contrataciones del Estado y su notificacion, asi como la programacion de audiencias y lectura de expedientes"; Que, asimismo, en la Sesion de Consejo Directivo N° 12-2012/OSCE-CE se acordo autorizar a la Presidenta Ejecutiva que mediante Resolucion formalice el acto de aprobacion de la Directiva sobre "Disposiciones que regulan Decretos y Resoluciones y/o Acuerdos del Tribunal de Contrataciones del Estado y su notificacion, asi como la programacion de audiencias y lectura de expedientes"; Que, conforme al literal b) del articulo 58° de la Ley de Contrataciones del Estado, el OSCE tiene la funcion de emitir Directivas en las materias de su competencia, siempre que se refieran a aspectos de aplicacion de la normativa de contratacion publica; Que, habiendo aprobado el Consejo Directivo del OSCE la Directiva sobre "Disposiciones que regulan Decretos y Resoluciones y/o Acuerdos del Tribunal de Contrataciones del Estado y su notificacion, asi como la programacion de audiencias y lectura de expedientes", y habiendose autorizado al Presidente Ejecutivo su formalizacion, corresponde emitir la respectiva Resolucion; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 11° del Reglamento de Organizacion y Funciones del OSCE; y con las visaciones de la Secretaria General y la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la Directiva N° 008-2012-OSCE/ CD "Disposiciones que regulan Decretos y Resoluciones y/o Acuerdos del Tribunal de Contrataciones del Estado y su notificacion, asi como la programacion de audiencias y lectura de expedientes", la misma que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Dejar sin efecto la Resolucion Nº 5052010-OSCE/PRE que aprobo la Directiva Nº 009/2010/ OSCE/PRE. Articulo 3°.- Publicar la Directiva N° 008-2012-OSCE/ CD en el MORDAZA Web del Estado Peruano (www.peru.

gob.pe) y el MORDAZA Web del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE (www.osce.gob.pe). Articulo 4°.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta Ejecutiva

843165-3

Aprueban Directiva N° 009-2012-OSCE/ CD "Fiscalizacion posterior aleatoria de los procedimientos administrativos seguidos ante el Registro Nacional de Proveedores"
RESOLUCION N° 284-2012-OSCE/PRE
MORDAZA MORDAZA, 18 de setiembre de 2012 VISTOS: El Acta de Sesion de Consejo Directivo N° 0122012/OSCE-CDde fecha 17 de septiembre de 2012, correspondiente a la Sesion Ordinaria N° 12-2012/OSCECD y el Informe Nº 079-2012/DTN, ratificado a traves del Memorando Nº 856-2012/DTN; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 57º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017, el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE, es un organismo publico adscrito al Ministerio de Economia y Finanzas, con personeria juridica de derecho publico que goza de autonomia tecnica, funcional, administrativa, economica y financiera; Que, el literal e) del articulo 58º de la Ley, dispone, que es funcion del OSCE administrar y operar el Registro Nacional de Proveedores (RNP), asi como cualquier otro instrumento necesario para la implementacion y operacion de los diversos procesos de contrataciones del Estado; funcion que, de acuerdo al articulo 57º del Reglamento de Organizacion y Funciones del OSCE, recae en la Direccion del Registro Nacional de Proveedores; Que, asimismo, el articulo 9º de la Ley establece que para ser participante, postor y/o contratista se requiere estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores y no estar impedido, sancionado ni inhabilitado para contratar con el Estado; a su vez, el Reglamento establece en su articulo 254º que, el OSCE sometera a fiscalizacion posterior, la documentacion, informacion y declaraciones presentadas por los proveedores, de acuerdo a lo dispuesto por la normativa aplicable y a sus normas de organizacion interna; Que, mediante Resolucion Nº 299-2011-OSCE/PRE de fecha 10 de MORDAZA de 2011, se aprobo el "Manual de Procedimientos del Macroproceso de Fiscalizacion Posterior a los Procedimientos tramitados ante el RNP Proveedores Nacionales y Extranjeros", version 2.00; Que, mediante Informe Nº 079-2012/DTN, ratificado a traves del Memorando Nº 856-2012/DTN, la Direccion Tecnico Normativa propone el proyecto de Directiva "Fiscalizacion posterior aleatoria de los procedimientos administrativos seguidos ante el Registro Nacional de Proveedores", elaborada en el MORDAZA de las recientes modificaciones de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento; Que, en Sesion N° 12-2012/OSCE-CD el Consejo Directivo, acordo aprobar la Directiva sobre "Fiscalizacion posterior aleatoria de los procedimientos administrativos seguidos ante el Registro Nacional de Proveedores"; Que, asimismo, en la Sesion de Consejo Directivo N° 12-2012/OSCE-CE se acordo autorizar a la Presidenta Ejecutiva que mediante Resolucion formalice el acto de aprobacion de la Directiva sobre "Fiscalizacion posterior aleatoria de los procedimientos administrativos seguidos ante el Registro Nacional de Proveedores"; Que, conforme al literal b) del articulo 58° de la Ley de Contrataciones del Estado, el OSCE tiene la funcion

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