Norma Legal Oficial del día 19 de Septiembre del año 2012 (19/09/2012)
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TEXTO DE LA PÁGINA 62
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CONSIDERANDO:
NORMAS LEGALES
El Peruano MORDAZA, miercoles 19 de setiembre de 2012
Articulo 4°.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta Ejecutiva
Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 57º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017, el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado OSCE, es un organismo publico adscrito al Ministerio de Economia y Finanzas, con personeria juridica de derecho publico que goza de autonomia tecnica, funcional, administrativa, economica y financiera; Que, el articulo 9º de la Ley de Contrataciones del Estado dispone que para ser participante, postor y/o contratista se requiere estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) y no estar impedido, sancionado ni inhabilitado para contratar con el Estado; Que, asimismo, el articulo 251° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, establece que el Registro Nacional de Proveedores, esta conformado entre otros, por el Registro de Consultores de Obras y el Registro de Ejecutores de Obras; Que, mediante Informe Nº 104-2012/DTN, la Direccion Tecnico Normativa propone el proyecto de Directiva "Procedimiento y plazos para la inscripcion, renovacion de inscripcion, aumento de capacidad MORDAZA de contratacion, ampliacion de especialidad e inscripcion de subcontratos de ejecutores y consultores de obras en el Registro Nacional de Proveedores (RNP)", elaborada en el MORDAZA de las recientes modificaciones de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento; Que, en Sesion N° 12-2012/OSCE-CD el Consejo Directivo, acordo aprobar la Directiva sobre "Procedimiento y plazos para la inscripcion, renovacion de inscripcion, aumento de capacidad MORDAZA de contratacion, ampliacion de especialidad e inscripcion de subcontratos de ejecutores y consultores de obras en el Registro Nacional de Proveedores (RNP)"; Que, asimismo, en la Sesion de Consejo Directivo N° 12-2012/OSCE-CE se acordo autorizar a la Presidenta Ejecutiva que mediante Resolucion formalice el acto de aprobacion de la Directiva sobre "Procedimiento y plazos para la inscripcion, renovacion de inscripcion, aumento de capacidad MORDAZA de contratacion, ampliacion de especialidad e inscripcion de subcontratos de ejecutores y consultores de obras en el Registro Nacional de Proveedores (RNP)"; Que, conforme al literal b) del articulo 58° de la Ley de Contrataciones del Estado, el OSCE tiene la funcion de emitir Directivas en las materias de su competencia, siempre que se refieran a aspectos de aplicacion de la normativa de contratacion publica; Que, habiendo aprobado el Consejo Directivo del OSCE la Directiva sobre "Procedimiento y plazos para la inscripcion, renovacion de inscripcion, aumento de capacidad MORDAZA de contratacion, ampliacion de especialidad e inscripcion de subcontratos de ejecutores y consultores de obras en el Registro Nacional de Proveedores (RNP)", y habiendose autorizado al Presidente Ejecutivo su formalizacion, corresponde emitir la respectiva Resolucion; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 11° del Reglamento de Organizacion y Funciones del OSCE; y con las visaciones de la Secretaria General, la Direccion Tecnico Normativa y la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la Directiva N° 011-2012OSCE/CD "Procedimiento y plazos para la inscripcion, renovacion de inscripcion, aumento de capacidad MORDAZA de contratacion, ampliacion de especialidad e inscripcion de subcontratos de ejecutores y consultores de obras en el Registro Nacional de Proveedores (RNP)", la misma que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Dejar sin efecto las Resoluciones Nº 1342007-CONSUCODE/PRE, Nº 181-2007-CONSUCODE/ PRE, Nº 241-2011-OSCE/PRE y Nº 246-2011-OSCE/PRE, que aprobaron las Directivas Nº 005-2007-CONSUCODE/ PRE y Nº 007-2007-CONSUCODE/PRE, asi como los Manuales de Procedimientos "Proceso de comunicacion de renuncia al plantel tecnico y variacion del plantel tecnico" y "Proceso de cancelacion de la vigencia o disminucion de la capacidad MORDAZA de contratacion", respectivamente. Articulo 3º.- Publicar la Directiva N° 011-2012-OSCE/ CD en el MORDAZA Web del Estado Peruano (www.peru. gob.pe) y el MORDAZA Web del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado OSCE (www.osce.gob.pe).
843165-6
Aprueban Directiva N° 012-2012OSCE/CD "Procedimiento y plazos para la inscripcion y renovacion de inscripcion de proveedores bienes y/o servicios en el Registro Nacional de Proveedores (RNP)"
RESOLUCION N° 287-2012-OSCE/PRE
MORDAZA MORDAZA, 18 de setiembre de 2012 VISTOS: El Acta de Sesion de Consejo Directivo N° 0122012/OSCE-CD de fecha 17 de septiembre de 2012, correspondiente a la Sesion Ordinaria N° 12-2012/OSCECD y el Informe Nº 104-2012/DTN; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 57º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017, el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado OSCE, es un organismo publico adscrito al Ministerio de Economia y Finanzas, con personeria juridica de derecho publico que goza de autonomia tecnica, funcional, administrativa, economica y financiera; Que, el articulo 9º de la Ley de Contrataciones del Estado dispone que para ser participante, postor y/o contratista se requiere estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) y no estar impedido, sancionado ni inhabilitado para contratar con el Estado; Que, asimismo, el articulo 251° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, establece que el Registro Nacional de Proveedores, esta conformado entre otros, por el Registro de Proveedores de Bienes y el Registro de Proveedores de Servicios; Que, mediante Informe Nº 104-2012/DTN, la Direccion Tecnico Normativa propone el proyecto de Directiva"Procedimiento y plazos para la inscripcion y renovacion de inscripcion de proveedores bienes y/o servicios en el Registro Nacional de Proveedores (RNP)", elaborada en el MORDAZA de las recientes modificaciones de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento; Que, en Sesion N° 12-2012/OSCE-CD el Consejo Directivo, acordo aprobar la Directiva sobre"Procedimiento y plazos para la inscripcion y renovacion de inscripcion de proveedores bienes y/o servicios en el Registro Nacional de Proveedores (RNP)"; Que, asimismo, en la Sesion de Consejo Directivo N° 12-2012/OSCE-CE se acordo autorizar a la Presidenta Ejecutiva que mediante Resolucion formalice el acto de aprobacion de la Directiva "Procedimiento y plazos para la inscripcion y renovacion de inscripcion de proveedores bienes y/o servicios en el Registro Nacional de Proveedores (RNP)"; Que, conforme al literal b) del articulo 58° de la Ley de Contrataciones del Estado, el OSCE tiene la funcion de emitir Directivas en las materias de su competencia, siempre que se refieran a aspectos de aplicacion de la normativa de contratacion publica; Que, habiendo aprobado el Consejo Directivo del OSCE la Directiva sobre "Procedimiento y plazos para la inscripcion y renovacion de inscripcion de proveedores bienes y/o servicios en el Registro Nacional de Proveedores (RNP)",y habiendose autorizado al Presidente Ejecutivo su formalizacion, corresponde emitir la respectiva Resolucion; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 11° del Reglamento de Organizacion y Funciones del OSCE; y con las visaciones de la Secretaria General, la Direccion Tecnico Normativa y la Oficina de Asesoria Juridica;