Norma Legal Oficial del día 19 de Septiembre del año 2012 (19/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 19 de setiembre de 2012

Judicial y al interesado, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase.

Articulo Tercero.- El cumplimiento de la presente resolucion no exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo Cuarto.- Transcribir la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial y al juez designado, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Presidente

S. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Presidente

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Modifican el Reglamento de Eleccion Popular de Jueces de Paz
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 146-2012-CE-PJ
MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2012 VISTO: El Oficio N° 458-2012-ONAJUP-CE/PJ, cursado por el Jefe de la Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolucion Administrativa N° 098-2012-CE-PJ, de fecha 6 de MORDAZA del ano en curso, se aprobo el Reglamento de Eleccion Popular de Jueces de Paz, que contiene 92 articulos, 3 disposiciones transitorias, glosario de terminos y 4 anexos. Segundo. Que, al respecto, el Jefe de la Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz informa a este Organo de Gobierno que en la elaboracion del mencionado Reglamento se ha incurrido en error ortografico en la redaccion del MORDAZA parrafo del articulo 31º, al consignarse el literal e) cuando lo correcto es g). Por lo que resulta pertinente proceder a su correccion, en aplicacion del articulo 201° de la Ley del Procedimiento Administrativo General. En consecuencia; en merito al Acuerdo N° 690-2012 de la trigesima setima sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores San MORDAZA MORDAZA, Almenara MORDAZA, Walde MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y Chaparro MORDAZA, sin la intervencion del senor MORDAZA MORDAZA por encontrarse de vacaciones. Por unanimidad. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el MORDAZA parrafo del articulo 31° del Reglamento de Eleccion Popular de Jueces de Paz, aprobado mediante Resolucion Administrativa N° 098-2012-CE-PJ, de fecha 6 de junio del ano en curso, en el siguiente sentido: `'Articulo 31°.- Existe incompatibilidad para ser integrante de la Comision Electoral en los siguientes casos: (...) De producirse la hipotesis contenida en el literal g) una vez elegida la Comision Electoral y realizada la convocatoria, el integrante que sea pariente de un candidato debera abstenerse de seguir interviniendo en la eleccion popular del juez de paz.". Articulo Segundo.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina Nacional de Procesos Electorales, Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase.S. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Presidente

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Cesan por limite de edad a Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal de MORDAZA, Distrito Judicial de La MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 073-2012-P-CE-PJ
MORDAZA, 17 de setiembre de 2012 VISTO: El Informe N° 014-2012-GPEJ-GG-PJ elaborado por el Gerente de Personal y Escalafon Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, con relacion al cese por limite de edad del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal de MORDAZA, Distrito Judicial de La Libertad. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolucion Suprema N° 19283-JUS se nombro al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Juez Instructor de la Corte Superior de Justicia de La Libertad. Posteriormente, el Consejo Nacional de la Magistratura mediante Resolucion N° 279-2010-CNM, de fecha 3 de agosto de 2010, le otorgo el titulo de Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal de MORDAZA, del mencionado Distrito Judicial. Segundo. Que el cargo de Juez termina, entre otras causales, por alcanzar la edad limite de setenta anos, conforme lo establece el articulo 107°, numeral 9), de la Ley de la MORDAZA Judicial. Tercero. Que, al respecto, del Informe N° 014-2012GPEJ-GG-PJ, elaborado por el Gerente de Personal y Escalafon Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, asi como de la fotocopia de la ficha del Registro de Identidad - RENIEC anexa, aparece que el nombrado juez nacio el 20 de setiembre de 1942. Por consiguiente, el 20 de setiembre del ano en curso cumplira setenta anos de edad; correspondiendo disponer su cese por limite de edad, de conformidad con lo previsto en la precitada normatividad. En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolucion Administrativa N° 101-2011-CE-PJ, de fecha 16 de marzo de 2011. RESUELVE: Articulo Primero.- MORDAZA por limite de edad, a partir del dia 20 de setiembre del ano en curso, al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal de MORDAZA, Distrito Judicial de La Libertad; dandosele las MORDAZA por los servicios prestados a la Nacion. Articulo Segundo.- Transcribir la presente resolucion al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, Gerencia General del Poder

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