Norma Legal Oficial del día 26 de Septiembre del año 2012 (26/09/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, miercoles 26 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

475245

que cuando los servicios son prestados por proveedores unicos, la Oficina General de Administracion y Recursos Humanos procedera a su contratacion directa, debiendo cumplir, previamente, con realizar las acciones senaladas en dicho numeral. De otro lado, conforme a lo dispuesto en el articulo 46 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28563, en caso exista vacio o deficiencia del procedimiento al que se refiere el MORDAZA considerando, corresponde la aplicacion supletoria de las normas de contrataciones del Estado; Que, en ese MORDAZA, a efectos de determinar la existencia de proveedor unico de los servicios cuya contratacion se ha solicitado, la Oficina General de Administracion y Recursos Humanos procedio a realizar el estudio de posibilidades que ofrece el mercado. De esa manera, mediante el Informe Nº 274-2012-EF/43.03, de 6 de septiembre de 2012, esa Oficina General senalo que, luego del estudio realizado, se confirmo que efectivamente Datos Tecnicos S.A. ­ DATATEC es el unico proveedor en las condiciones de brindar el Servicio de Sistema Electronico de Negociacion para la Subasta de Titulos de Deuda Publica lo cual se encuentra acorde con lo informado por el area usuaria del servicio; Que, de acuerdo a las condiciones tecnicas indicadas en el Informe Nº 002-2012-EF/52.04, el Memorando Nº 0132012-EF/52.04 y el Memorando Nº 044-2012-EF/52.04 de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico; asi como en el Informe Nº 274-2012-EF/43.03 de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administracion y Recursos Humanos, se aprecia que: i) El sistema electronico de negociacion de subasta de titulos de deuda desarrollado por DATATEC es un sistema auto regulado y unico en su genero; ii) dicho sistema esta orientado a negociar instrumentos financieros; iii) DATATEC mantiene como suscriptores a las entidades designadas como creadores y aspirantes del Programa de Creadores de MORDAZA, lo cual garantizaria la participacion de estas en las subastas que convoque el Ministerio de Economia y Finanzas, a costos competitivos tanto para el emisor como para los inversionistas; Que, en cumplimiento al procedimiento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 033-2006-EF, la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administracion y Recursos Humanos ha elaborado el Informe Nº 2742012-EF/43.03, conjuntamente con el proyecto de contrato a suscribirse. Igualmente, la Oficina General de Asesoria Juridica, mediante el Informe Nº 1469-2012-EF/42.01, opino favorablemente respecto a la contratacion solicitada; y De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 034-2012-EF; el Decreto Supremo Nº 033-2006-EF; y la Resolucion Ministerial Nº 223-2011-EF/43; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar la contratacion del servicio de Sistema Electronico de Negociacion para la Subasta de Titulos de Deuda Publica, brindado por la empresa Datos Tecnicos S.A. - DATATEC. Articulo 2.- Autorizar al Director General de la Oficina General de Administracion y Recursos Humanos para que, en representacion del Ministerio de Economia y Finanzas, suscriba el contrato respectivo a la contratacion indicada en el articulo precedente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 845904-1

Que, mediante Decreto Supremo Nº 082-2002-EF se aprobo el Reglamento de la Ley Nº 27623, modificada por la Ley Nº 27662, que dispone la devolucion del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promocion Municipal a los titulares de la actividad minera durante la fase de exploracion; Que, el inciso c) del articulo 6° del citado reglamento estipula que el detalle de la lista de bienes y servicios se aprobara mediante resolucion ministerial del Ministerio de Energia y Minas, previa opinion favorable del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, por Decreto Supremo Nº 150-2002-EF se aprobo la lista general de los bienes y servicios cuya adquisicion otorgara el derecho a la devolucion definitiva del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promocion Municipal; Que, por Escrito Nº 2177705, CANDENTE GOLD PERU S.A.C. solicito al Ministerio de Energia y Minas la suscripcion de un Contrato de Inversion en Exploracion, adjuntando la lista de bienes y servicios cuya adquisicion le otorgara el derecho a la devolucion del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promocion Municipal, durante la fase de exploracion; Que, el Ministerio de Economia y Finanzas mediante Oficio N° 180-2012-EF/15.01 de fecha 14 de agosto de 2012, emitio opinion favorable a la lista de bienes y servicios presentada por CANDENTE GOLD PERU S.A.C. considerando que la lista presentada por la citada empresa coincide con los bienes y servicios aprobados por el Decreto Supremo N° 150-2002EF, adecuada al Arancel de Aduanas vigente; Con la opinion favorable de la Direccion General de Mineria del Ministerio de Energia y Minas; De conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del articulo 6° del Reglamento de la Ley Nº 27623, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2002-EF y el articulo 9° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la lista de bienes y servicios cuya adquisicion otorgara el derecho a la devolucion del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promocion Municipal a favor de CANDENTE GOLD PERU S.A.C. durante la fase de exploracion, de acuerdo con el Anexo que forma parte integrante de la presente resolucion ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

ANEXO LISTA DE BIENES Y SEVICIOS QUE TIENEN DERECHO A LA DEVOLUCION DEL IGV E IPM CANDENTE GOLD PERU S.A. I. BIENES
Nº 1 2 3 4 5 SUBPARTIDA DESCRIPCION NACIONAL 6401.10.00.00 CALZADO CON PUNTERA METALICA DE PROTECCION. 6506.10.00.00 CASCOS DE SEGURIDAD. 8207.19.80.00 LOS DEMAS UTILES INTERCAMBIABLES DE PERFORACION Y SONDEO. 8517.62.90.00 LOS DEMAS APARATOS PARA LA RECEPCION, CONVERSION Y TRANSMISION O REGENERACION DE VOZ, IMAGEN U OTROS DATOS. 8704.21.10.10 CAMIONETAS PICK-UP DE ENCENDIDO POR COMPRESION, ENSAMBLADAS CON PESO TOTAL CON CARGA MORDAZA INFERIOR O IGUAL A 4.537 T.DIESEL. 8705.20.00.00 CAMIONES AUTOMOVILES PARA SONDEO O PERFORACION. 9006.30.00.00 CAMARAS ESPECIALES PARA FOTOGRAFIA SUBMARINA O AEREA, EXAMEN MEDICO DE ORGANOS INTERNOS O PARA LABORATORIOS DE MEDICINA LEGAL O IDENTIFICACION JUDICIAL. 9014.20.00.00 INSTRUMENTOS Y APARATOS PARA NAVEGACION AEREA O ESPACIAL (EXCEPTO LAS BRUJULAS). 9014.80.00.00 LOS DEMAS INSTRUMENTOS Y APARATOS DE NAVEGACION. 9027.30.00.00 ESPECTROMETROS, ESPECTROFOTOMETROS Y ESPECTROGRAFOS QUE UTILICEN RADIACIONES OPTICAS (UV, visibles, IR).

ENERGIA Y MINAS
Aprueban lista de bienes y servicios cuya adquisicion otorgara el derecho a la devolucion del IGV y el Impuesto de Promocion Municipal a favor de diversas empresas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 421-2012-MEM/DM
MORDAZA, 20 de setiembre 2012

6 7

8 9 10

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.