Norma Legal Oficial del día 29 de Septiembre del año 2012 (29/09/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 114

475632

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de setiembre de 2012

del Estado", corroborado a ello el articulo 2 se refiere a los derechos fundamentales de la persona humana como: "... la MORDAZA, a su identidad, a su integridad moral, psiquica y fisica y a su libre desarrollo y bienestar...", es decir es un derecho primario, basico y natural que posee la persona; Que, mediante Ley N° 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres, en uno de los principios generales es el "...Principio Protector que la persona humana es el fin supremo de la Gestion del Riesgo de Desastres, por lo cual debe protegerse su MORDAZA e integridad fisica..." y el "... MORDAZA de bien comun: "... Las necesidades de la poblacion afectada y damnificada prevalecen sobre los intereses particulares..."; Que, segun el D.S. 048-2011, que Aprueba el Reglamento de la Ley 29664 en su articulo 2 define terminos, el cual citamos : "Asistencia Humanitaria que es el conjunto de acciones oportunas, adecuadas y temporales que ejecutan las entidades, para aliviar el sufrimiento, garantizar la subsistencia, proteger los derechos y defender la dignidad de las personas damnificadas y afectadas por los desastres...", que en nuestro caso se identifica la emergencia con el arrasamiento de la Bocatoma Socosani, provocado por las intensas precipitaciones pluviales que ponia en riesgo a la poblacion en general; Que, por D.S. N° 011-2012-PCM y Acuerdo Regional N° 020-2012-GRA/CR-AREQUIPA, se declara en Situacion de Emergencia la Region MORDAZA y por Acuerdo Regional N° 022-2012-GRA/CR-AREQUIPA, se aprueba en via de regularizacion seis (06) transferencias financieras, el cual se encuentra la Municipalidad Distrital de La Joya, siendo su finalidad la Adquisicion de Combustible y Arrendamiento de Maquinaria; Que, el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de La Joya por Oficios N° 144 y 480-2012.MDLJ, solicita una Adenda al Convenio N° 067-2012-GRA/PR, modificando el objetivo o finalidad de dicha transferencia, siendo derivado el documento a la Oficina Regional de Asesoria Juridica y segun el Informe N° 1119-2012-GRA/ORAJ, corresponde al Consejo Regional previo informe de la Oficina Regional de Defensa Nacional y Defensa Civil (Informe N° 11622012-GRA/ORDNYDC), debiendo ser atendido el pedido del MORDAZA la Municipalidad Distrital de La Joya; Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales prescribe en su articulado que el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador, teniendo como una de sus atribuciones: " Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos materia de su competencia...", en consecuencia, se puede proponer la modificacion al Acuerdo Regional N° 022-2012-GRA/CR-AREQUIPA, en relacion a la finalidad especificada, ampliandola al pago de la mano de obra en un 50% del monto asignado para atender la ejecucion de acciones urgentes e inmediatas y para la prevencion de desastres mayores y su rehabilitacion; Que, por estas consideraciones y, siendo que corresponde al Consejo Regional la aprobacion MORDAZA referida, al MORDAZA de la Ley 27783 Ley de Bases de Descentralizacion, la Ley 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y en observancia del MORDAZA legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº. 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional 154-AREQUIPA. SE ACUERDA: Primero.- Modificar el Articulo Primero del Acuerdo Regional N° 022-2012-GRA/CR-AREQUIPA en cuanto a la finalidad sobre Adquisicion de Combustible y Arrendamiento de Maquinaria, con respecto a la Transferencia Financiera otorgada a la Municipalidad Distrital de La Joya, debiendo ampliar la finalidad al pago de mano de obra en un 50% del monto asignado. Segundo.- Procedase a la suscripcion de la Adenda al Convenio N° 067-2012-GRA/PR suscrito el 29 de febrero del 2012, entre la Municipalidad Distrital de La Joya y la Presidencia del Gobierno Regional de MORDAZA, a raiz de las intensas lluvias que provocaron el incremento del volumen de aguas del Rio Chili y que afectaron la Bocatoma de Socosani, impidiendo el paso de agua de riego para 9000 hectareas procediendose a su inmediata rehabilitacion contratando mano de obra, para el distrito de La Joya durante el periodo de emergencia decretado mediante Acuerdo Regional N° 020-2012-GRA/CRAREQUIPA y por D.S. N° 011-2012-PCM, que declara el Estado de Emergencia en el Departamento de Arequipa.

Tercero.- Encargar a la Oficina de Administracion, para que bajo responsabilidad, sufrague los gastos de publicacion del presente Acuerdo Regional en el diario Oficial El Peruano, el Diario Regional de Avisos Judiciales, y tambien en la pagina web Institucional. POR TANTO: Registrese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MOGROVEJO Presidenta del Consejo Regional de MORDAZA 846974-1 ACUERDO REGIONAL Nº 135-2012-GRA/CR-AREQUIPA MORDAZA, 18 de setiembre del 2012 El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en Sesion Ordinaria aprobo el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO: Que, nuestra Constitucion Politica de 1993 en su articulo 1 dispone que: "La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado", corroborado a ello el articulo 2 se refiere a los derechos fundamentales de la persona humana como: "... la MORDAZA, a su identidad, a su integridad moral, psiquica y fisica y a su libre desarrollo y bienestar...", es decir es un derecho primario, basico y natural que posee la persona; Que, mediante Ley N° 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres, en uno de los principios generales es el "...Principio Protector que la persona humana es el fin supremo de la Gestion del Riesgo de Desastres, por lo cual debe protegerse su MORDAZA e integridad fisica..." y el "... MORDAZA de bien comun: "... Las necesidades de la poblacion afectada y damnificada prevalecen sobre los intereses particulares..."; Que, segun el D.S. 048-2011, que Aprueba el Reglamento de la Ley 29664 en su articulo 2 define terminos, el cual citamos : "Asistencia Humanitaria que es el conjunto de acciones oportunas, adecuadas y temporales que ejecutan las entidades, para aliviar el sufrimiento, garantizar la subsistencia, proteger los derechos y defender la dignidad de las personas damnificadas y afectadas por los desastres...", que en nuestro caso, se identifica la emergencia en cuanto a los danos ocasionados en la carretera trocha carrozable acceso Cotahuasi ­ Charcana y del MORDAZA MORDAZA de riego en el sector Allamayo, como consecuencia del arrasamiento provocado por precipitaciones pluviales; Que, por D.S. N° 011-2012-PCM y Acuerdo Regional N° 020-2012-GRA/CR-AREQUIPA, se declara en Situacion de Emergencia la Region MORDAZA y por Acuerdo Regional N° 021-2012-GRA/CR-AREQUIPA, se aprueba en via de regularizacion veintiocho (28) transferencias financieras, el cual se encuentra la Municipalidad Distrital de Charcana, siendo su finalidad la Adquisicion de Combustible y Arrendamiento de Maquinaria; Que, el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Charcana por Oficio N° 060-2012.MDCH, solicita una Adenda al Convenio N° 053-2012-GRA/PR, modificando el objetivo o finalidad de dicha transferencia, siendo derivado el documento a la Oficina Regional de Asesoria Juridica y segun el Informe N° 1202-2012-GRA/ORAJ, corresponde de considerarlo pertinente la Alta Direccion elevar dicho expediente a la Presidenta del Consejo Regional a fin que sea materia de acuerdo regional y el informe detallado de la Oficina Regional de Defensa Nacional y Defensa Civil (Informe N° 1161-2012-GRA/ORDNYDC), debiendo ser atendido el pedido del MORDAZA la Municipalidad Distrital de Charcana; Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales prescribe en su articulado que el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador, teniendo como una de sus atribuciones: " Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos materia de su competencia...", en consecuencia, se puede proponer la modificacion al Acuerdo Regional N° 021-2012-GRA/CR-AREQUIPA, en relacion a la finalidad especificada, ampliandola a otras previsiones del

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.