Norma Legal Oficial del día 29 de Septiembre del año 2012 (29/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de setiembre de 2012

Aprueban "Lineamientos Tecnicos para la Disposicion de Fauna MORDAZA Viva Decomisada o Hallada en Abandono"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0361-2012-AG MORDAZA, 27 de setiembre de 2012 VISTO: El Memorandum Nº 2024-2012-AG-DGFFS(DPFFS) de fecha 22 de agosto del 2012 expedido por la Direccion General Forestal y de Fauna Silvestre; los Informes Nº 085-2011 y Nº 095-2012-AG-DGFFS (DPFFS) expedidos por la Direccion de Promocion Forestal y de Fauna Silvestre; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece que el Poder Ejecutivo tiene como competencia exclusiva, entre otras, disenar y supervisar politicas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno; senalando en el articulo 23º, numeral 23.3, literal b), que para el ejercicio de las competencias compartidas, en las funciones que son materia de descentralizacion, corresponde a los Ministerios, dictar normas y lineamientos tecnicos para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, a traves de autorizaciones, permisos, licencias y concesiones; Que, el Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001AG, en los articulos 55º y 163º, dispone que corresponde al INRENA, como organo encargado de la gestion y administracion de la fauna MORDAZA, fijar las condiciones tecnicas y administrativas para la conservacion, manejo, aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y de fauna MORDAZA, respectivamente; Que, por Decreto Supremo N° 030-2008-AG, se fusiono el INRENA en el Ministerio de Agricultura, precisandose por Ley Nº 29376, que las funciones otorgadas por la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, al ex INRENA son ejercidas por el Ministerio de Agricultura o los Gobiernos Regionales dentro del MORDAZA de su competencia; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por D.S. N° Nº 0312008-AG, establece en el articulo 57º, que la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA es la encargada de proponer politicas, estrategias, normas, planes, programas y proyectos nacionales relacionados al aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y de fauna MORDAZA, los recursos geneticos asociados en el ambito de su competencia, en concordancia con la Politica Nacional del Ambiente y la normativa ambiental; Que, el Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, Ley Nº 27308, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, regula que los especimenes vivos son entregados a: (i) Centros de Rescate o de Custodia Temporal, (ii) Zoocriaderos y/o Zoologicos y, a (iii) Persona natural siempre que demuestre que tiene las condiciones para el mantenimiento en cautividad de los especimenes; Que, la Direccion de Promocion Forestal y de Fauna MORDAZA de la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA, mediante los Informes Nº 095-2012-AG-DGFFS (DPFFS), Nº 075-2012-AG-DGFFS (DPFFS), Nº 085-2011AG-DGFFS (DPFFS) y N° 132-2010-AG-DGFFS (DPFFS), concluye que es necesario contar con lineamientos tecnicos que sirvan de guia en la toma de decisiones al momento de determinar el destino de los especimenes de fauna MORDAZA decomisada viva o hallada en abandono, los mismos que serviran de base para elaborar las directivas correspondientes sobre el tema; Que, estando a lo opinado por la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio de Agricultura, resulta conveniente aprobar los "Lineamientos Tecnicos para la disposicion de Fauna MORDAZA Viva Decomisada o Hallada en Abandono", propuesta por la Direccion General Forestal y de Fauna Silvestre; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, y el Reglamento de Organizaciones y Funciones del

Ministerio de Agricultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 031-2008-AG. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los "Lineamientos Tecnicos para la Disposicion de Fauna MORDAZA Viva Decomisada o Hallada en Abandono", los mismos que forman parte de la presente Resolucion Ministerial, y que resultan de observancia obligatoria por todas las entidades del Estado en los tres niveles de Gobierno. Articulo 2º.- Publicar en el MORDAZA Electronico institucional del Ministerio de Agricultura (www.minag. gob.pe) los "Lineamientos Tecnicos para la Disposicion de Fauna MORDAZA Viva Decomisada o Hallada en Abandono" aprobados en el primer articulo. Articulo 3º.- Facultese a la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA del Ministerio de Agricultura para que emita las normas complementarias que se requieran, a fin de garantizar el cumplimiento y ejecucion de los "Lineamientos Tecnicos para la Disposicion de Fauna MORDAZA Viva Decomisada o Hallada en Abandono", aprobados mediante la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura 847048-5

Disponen la pre publicacion del proyecto de Reglamento Especifico de Semillas de Arroz en el MORDAZA del INIA
INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACION AGRARIA RESOLUCION JEFATURAL Nº 00168-2012-INIA MORDAZA, 28 de setiembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N°006-2012-AG, se aprobo el Reglamento General de la Ley N°27262 ­ Ley General de Semillas, modificada por el Decreto Legislativo N°1080, el cual brinda el MORDAZA legal requerido para la aprobacion de los reglamentos especificos por especie o grupo de especies segun lo establecido en el Articulo 12° del mismo texto legal; Que, por el Articulo 5° del Reglamento General de Semillas, aprobado por el Decreto Supremo N°006-2012AG, se determina que "Corresponde al Instituto Nacional de Innovacion Agraria ­ INIA, Organismo Publico del Ministerio de Agricultura, ejercer las funciones de la Autoridad en Semillas de acuerdo al articulo 6° de la Ley, el presente Reglamento y demas normas complementarias"; Que, asimismo, el Articulo 6° de la Ley N°27262 ­ Ley General de Semillas, modificada por el Decreto Legislativo N°1080 establece: "El Ministerio de Agricultura , a traves del organismo publico adscrito a este, es la Autoridad de Semillas y como tal es la autoridad nacional competente para normar, promover, supervisar y sancionar las actividades relativas a la produccion, certificacion y comercializacion de semillas de buena calidad y ejecutar las funciones tecnicas y administrativas contenidas en la presente Ley y sus reglamentos"; Que, por la normatividad glosada, el INIA, en tanto Autoridad de Semillas, esta facultado por la Ley para dictar todas las disposiciones que resulten necesarias para regular la produccion, certificacion y comercializacion de semillas de buena calidad; y por lo tanto, esta facultado para disponer la pre publicacion de los proyectos de reglamentos especificos de las diversas variedades de semillas; Estando a las facultades establecidas por el Reglamento de Organizacion y Funciones del INIA, aprobado por el Decreto Supremo N°031-2005-AG y modificado por el Decreto Supremo N°027-2008-AG, Decreto Supremo N°006-2012-AG; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la pre publicacion del proyecto de Reglamento Especifico de Semillas de Arroz en el MORDAZA

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