Norma Legal Oficial del día 22 de Abril del año 2013 (22/04/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 16

493342
Desarrollo Social, Seguridad Ciudadana y Defensa Civil del Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, mediante Dictamen Nº 011-2012-GOREMAD/CSPDSSCYDC, se ha pronunciado favorablemente; por lo que, propone y recomienda al Pleno del Consejo Regional, su debate y aprobacion, mediante Ordenanza Regional, del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF - 2012) y el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) del Hospital MORDAZA MORDAZA de Puerto MORDAZA, conforme a lo apreciado precedentemente. Que, el Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado; Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, con el MORDAZA aprobatorio por unanimidad, de los Consejeros Regionales. Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- APROBAR, el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF - 2012), del Hospital MORDAZA MORDAZA de Puerto MORDAZA, que consta de IV Titulos, VI Capitulos, Noventa (90) articulos, Tres (03) Disposiciones Complementarias, Cuatro (04) Disposiciones Transitorias, Dos (02) Disposiciones Finales y un Anexo relacionado al Organigrama Estructural del referido Nosocomio. Articulo Segundo.- APROBAR, el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) del Hospital MORDAZA MORDAZA de Puerto MORDAZA, que consta de trescientos cincuenta y ocho (358) cargos, de los cuales doscientos sesenta y siete (267), se encuentran ocupados y presupuestados y noventa y uno (91), se encuentran en la condicion de previstos. Articulo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO, las normas administrativas que se opongan a las disposiciones contenidas en la presente ordenanza. Articulo Cuarto.- ENCARGAR, a la Oficina de Secretaria del Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de MORDAZA de Dios. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, para su promulgacion. En la MORDAZA de Puerto MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de diciembre del ano dos mil doce. MORDAZA H. MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional MORDAZA de MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de diciembre del ano dos mil doce. MORDAZA MORDAZA ALDAZABAL MORDAZA Presidente Regional 927112-1

El Peruano Lunes 22 de MORDAZA de 2013

Declaran de interes regional la prevencion y control de la tuberculosis en el ambito de la region
ORDENANZA REGIONAL Nº 36-2012-RMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria, llevada a cabo el dia 14 de diciembre del 2012, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa, teniendo por mision organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas,

en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para la contribucion al desarrollo integral y sostenible de la region; Que, es competencia de los Gobiernos Regionales, entre otros, asumir funciones en materia de educacion y salud publica, conforme lo establece el articulo 49 de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en concordancia con las politicas nacionales y los planes sectoriales; Que, segun se expresa en la Exposicion de Motivos de la Propuesta de Ordenanza Regional, la Tuberculosis Pulmonar Frotis Positivo, es persistente de manera considerable en el Departamento de MORDAZA de MORDAZA, y se concentra principalmente en la provincia de Tambopata, y Distritos de Inambari, Huepetuhe, MORDAZA de MORDAZA y Laberinto, siendo la tasa de incidencia de 159.56 por 100 mil habitantes en Tambopata; de 204.09 por 100,000 habitantes en el Distrito de Inambari; de 218.15 por cada 100 mil habitantes en la Provincia de Manu; de 199.32 por 100,000 habitantes en el Distrito de Laberinto y de 186.7 por 100,000 habitantes en el Distrito de Huepetuhe. Asimismo, del analisis y estadisticas de los ultimos 15 anos (1997-2011), se registra un total de 82 casos TB MDR (tuberculosis extremadamente resistente), con una tendencia a incrementarse, en un promedio de 6% por ano. Paralelamente, es menester, combatir el estigma y la discriminacion contra las personas afectadas y darle sostenibilidad al control integral de la tuberculosis y extender un brazo solidario a los afectados para su recuperacion. Asimismo, en el analisis de compatibilidad legal de la propuesta, se compulsan los fundamentos legales que comprometen el esfuerzo del Estado y los Gobiernos Regionales en materia de salud, a combatir el VIH/SIDA y enfermedades transmisibles como la tuberculosis y asignar los recursos para maximizar la eficiencia de los programas de salud, tal como lo dispone el Plan Estrategico Multisectorial de la Respuesta Nacional a la Tuberculosis en el Peru 2010 ­ 2019, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2010-SA; Que, mediante Informe Legal N° 466-2012-GOREMAD/ ORAJ, la Oficina Regional de Asesoria Juridica, opina que deben de adoptarse las medidas necesarias para la prevencion y control de la tuberculosis, tuberculosis multidrogo-resistente y tuberculosis extremadamente resistente, siendo pertinente la declaracion de prioridad sanitaria e interes regional la prevencion y control de esta enfermedad en el ambito de la Region MORDAZA de MORDAZA y que se recaben previamente, los informes tecnicos, los analisis de diagnostico situacional de salud, asi como los estudios cuantitativos y cualitativos de las medidas a implementarse; Que, estando a la propuesta y motivaciones basadas en datos reales sobre la incidencia de la tuberculosis, en sus diversas modalidades, en sectores demograficos situados en el Departamento de MORDAZA de MORDAZA, asi como su correspondencia con las obligaciones legales de atencion de dicha patologia, de indole infecto contagiosa, por parte del Estado y de los Gobiernos Regionales, resulta necesario declarar mediante Ordenanza Regional, como un MORDAZA de atencion preferente y de interes regional, las acciones de prevencion y control de esta enfermedad en la jurisdiccion de MORDAZA de MORDAZA, acorde con lo examinado por la presente Comision; Que, de conformidad a los articulos 13 y 15, inciso a) de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, que tiene atribuciones para aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, a traves de ordenanzas y acuerdos regionales; Que, en concordancia con los informes tecnico y legal que anteceden, la Comision de Salud, Poblacion, Desarrollo Social, Seguridad Ciudadana y Defensa Civil del Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, mediante Dictamen N° 012-2012-GOREMAD/CSPDSSCYDC, se ha pronunciado favorablemente; por lo que, propone y recomienda al Pleno del Consejo Regional, que previo debate y aprobacion, mediante Ordenanza Regional, se declare de interes regional la prevencion y control de la tuberculosis en el ambito de la Region de MORDAZA de MORDAZA, conforme a lo apreciado precedentemente; Que, el Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado; Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.