Norma Legal Oficial del día 25 de Abril del año 2013 (25/04/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano Jueves 25 de MORDAZA de 2013

493517
Que, las medidas propuestas versan sobre materia economica y financiera, ademas de resultar excepcionales, transitorias y necesarias para proteger a sectores especialmente vulnerables de la poblacion, lo que resulta de interes nacional pues contribuira a la reduccion sostenida de la pobreza; Que, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 19 del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru, corresponde al Presidente de la Republica dictar medidas extraordinarias, mediante decretos de urgencia con fuerza de ley, en materia economica y financiera, cuando asi lo requiere el interes nacional y con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1.- Objeto Dictar medidas extraordinarias y urgentes sobre materia economica y financiera, de caracter excepcional y transitorio, necesarias para proteger a sectores especialmente vulnerables de la poblacion, lo que resulta de interes nacional pues contribuira a la reduccion sostenida de la pobreza. Articulo 2.- Entrega de incentivo y autorizacion de uso de recursos 2.1 Autorizar al Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social a efectuar por unica vez, a traves del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Mas Pobres ­ JUNTOS, la entrega de un incentivo equivalente a S/. 300.00 (Trescientos y 00/100 nuevos soles) por cada hijo de los hogares usuarios del programa en la MORDAZA del Huallaga, de quince (15) anos o mas, hasta los diecinueve (19) anos, que curse estudios en un grado del nivel MORDAZA y que MORDAZA asistido regularmente a clases. 2.2 Autorizar al Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social a utilizar, a traves del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Mas Pobres ­ JUNTOS, los recursos correspondientes al Programa Presupuestal 049, previstos en la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto Publico para el ano Fiscal 2013, para la atencion de lo dispuesto en el parrafo precedente, asi como para atender las transferencias directas del referido programa, garantizando la escolaridad sin desercion hasta los diecinueve (19) anos, dentro del referido Programa Presupuestal, en el MORDAZA de las disposiciones legales vigentes, para lo cual dicho Ministerio queda exceptuado de lo dispuesto en el primer parrafo del articulo 80 del Texto Unico Ordenado de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.3 La aplicacion de lo dispuesto en los numerales 2.1 y 2.2 del presente articulo se financiara con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social ­ Unidad Ejecutora Programa Nacional de Apoyo Directo a los Mas Pobres ­ JUNTOS, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. Articulo 3.- Vigencia El presente decreto de urgencia tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2013. Articulo 4.- Refrendo La presente MORDAZA sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Desarrollo e Inclusion Social y el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de MORDAZA del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA TRIVELLI MORDAZA Ministra de Desarrollo e Inclusion Social MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 929547-1

PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO URGENCIA N° 001-2013 DECRETO DE URGENCIA QUE ESTABLECE MEDIDAS EXTRAORDINARIAS PARA LA ATENCION DE POBLACIONES EN SITUACION DE VULNERABILIDAD
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por los articulos 4 y siguientes de la Constitucion Politica del Peru, es objetivo de la comunidad y del Estado garantizar el goce progresivo de los derechos economicos, sociales y culturales, a traves de metas cuantificables que aseguren su vigencia y, al mismo tiempo, dictar las medidas normativas necesarias a favor de grupos sociales especialmente vulnerables cuya situacion de bienestar peligre; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 147-2010PCM, se aprobo el Plan Estrategico Sectorial Multianual Reformulado 2007-2015 (PESEM) de la Presidencia del Consejo de Ministros, en el cual se establece como un objetivo estrategico, lograr la inclusion economica y social, con enfasis en grupos sociales vulnerables, mediante politicas publicas concertadas en el MORDAZA de una estrategia general de desarrollo sostenible; Que, conforme a lo senalado por la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA, se ha advertido una situacion critica en la MORDAZA del Huallaga, con impactos inmediatos economicos y sociales, originada por las acciones de erradicacion de cultivos ilicitos de coca; situacion que debe ser afrontada mediante respuestas rapidas por parte de los sectores competentes; Que, a fin de canalizar la intervencion de los referidos sectores en los aspectos de salud, educacion, apoyo alimentario, empleo, saneamiento, apoyo economico productivo, seguridad ciudadana, medio ambiente e infraestructura, es indispensable que el Gobierno Nacional, a traves de las diversas entidades publicas que lo conforman, intervenga con acciones extraordinarias y urgentes de indole economica y social que permitan el desarrollo economico de las poblaciones en las mencionada MORDAZA, reorientando los recursos presupuestales de los programas sociales; Que, mediante Decreto Supremo N° 032-2005-PCM y sus normas modificatorias se creo el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Mas Pobres ­ JUNTOS, con la finalidad de ejecutar transferencias directas en beneficio de los hogares en condicion de pobreza, priorizando progresivamente su intervencion en los hogares rurales a nivel nacional, a efectos de facilitarles, con su participacion y compromiso voluntario, el acceso a los servicios de salud, educacion y nutricion; Que, en este contexto, siendo la educacion un factor primordial en el desarrollo del capital humano y para romper la transmision intergeneracional de la pobreza extrema, se considera indispensable coadyuvar a los objetivos del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Mas Pobres ­ JUNTOS, mediante la entrega de incentivos a los hogares usuarios del mencionado programa, ubicados en la MORDAZA del Huallaga; Que, en el MORDAZA de lo expuesto, es prioritario autorizar al Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social a utilizar los recursos correspondientes al Programa Presupuestal 049, previstos en la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto Publico para el ano Fiscal 2013, para la atencion de la medida referida en el considerando precedente, asi como para atender las transferencias directas del referido Programa Presupuestal, garantizando la escolaridad sin desercion hasta los diecinueve (19) anos, dentro del citado Programa Presupuestal, en el MORDAZA de las disposiciones legales vigentes, debiendo exceptuarse de lo dispuesto en el primer parrafo del articulo 80 Texto Unico Ordenado de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 3042012-EF, sin irrogar gasto adicional al Estado;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.