Norma Legal Oficial del día 25 de Abril del año 2013 (25/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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Articulo 2º.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en el presente Credito Suplementario, aprueban mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1º de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitaran a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3º.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos del Credito Suplementario a que hace referencia el articulo 1º del presente Dispositivo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de MORDAZA del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 929546-1

El Peruano Jueves 25 de MORDAZA de 2013

Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo y 035 Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, los mayores recursos se destinaran a fortalecer la promocion en los mercados estrategicos de nuestros destinos turisticos buscando el conocimiento y mejor posicionamiento del Peru en la mente de los potenciales turistas, a traves de la publicidad en medios (campanas de promocion en el exterior), material promocional, ferias turisticas, estudios de investigacion de mercados para el turismo receptivo y campanas de promocion para el turismo interno; es decir seran utilizados para financiar las actividades y proyectos destinados a la promocion y desarrollo del turismo nacional; Que, visto el Informe Nº 003-2013-PROMPERU/SGOPP, informe presupuestal donde se senala que existe un saldo no asignado remanente de la captacion del Impuesto Extraordinario para la Promocion y Desarrollo Turistico Nacional creado por la Ley N° 27889, es pertinente incorporar al Presupuesto Institucional de PROMPERU la suma de CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00), en merito de lo cual, con Oficio N° 86-2013-MINCETUR/DM, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo solicita la incorporacion de los recursos correspondientes; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar la mencionada incorporacion de recursos a traves de un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, aprobado por la Ley N° 29951, hasta por la suma de CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00); De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29952 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Autorizase la incorporacion de recursos via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, hasta por la suma de S/. 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), para financiar las actividades y proyectos destinados a la promocion y desarrollo del turismo nacional, de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS En Nuevos Soles

Autorizan Credito Suplementario a favor del Pliego Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo - PROMPERU en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013
DECRETO SUPREMO Nº 081-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29951, se aprobo el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; Que, por Resolucion de Secretaria General Nº 147-2012-PROMPERU/SG, se aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 008 Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo - PROMPERU, a nivel de Sector, Pliego, Unidad Ejecutora, Categoria Presupuestal, Actividad, Funcion, Division Funcional, Grupo Funcional, Fuente de Financiamiento, Categoria de Gasto y Generica del Gasto; Que, el literal c) del articulo 6° de la Ley Nº 29952 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, establece que se incorporan en los presupuestos institucionales mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el ministro del sector respectivo, los mayores ingresos recaudados y los no utilizados en anos anteriores producto de la aplicacion de la Ley Nº 27889 - Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promocion y Desarrollo Turistico Nacional, a favor de los Pliegos 008

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 1. Ingresos Presupuestarios 1.1 : Impuestos y Contribuciones Obligatorias 1.1.4 : Impuesto sobre el Comercio y las Transacciones Internacionales 1.1.4.2 : Otros Impuestos sobre el Comercio y las Transacciones Internacionales 1.1.4.2.1 : Impuesto Extraordinario para la Promocion y Desarrollo Turistico Nacional 1.1.4.2.1.1 : Impuesto Extraordinario para la Promocion y Desarrollo Turistico Nacional -------------------50 000 000,00 ============ TOTAL INGRESOS 50 000 000,00 ============ EGRESOS SECCION PRIMERA PLIEGO En Nuevos Soles

: Gobierno Central 008 : Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo PROMPERU UNIDAD EJECUTORA 001 : Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo PROMPERU ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5001097 : Promocion Turistica del Peru en el Exterior FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 2 415 000,00

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