Norma Legal Oficial del día 04 de Agosto del año 2013 (04/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA 4 de agosto de 2013

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de fojas ciento veintitres, siendo declarada consentida por resolucion numero seis de fecha veintidos de junio de dos mil nueve, de fojas ciento veintiseis, lo que tambien le fue notificada personalmente el cinco de agosto de dos mil nueve, segun MORDAZA de fojas ciento treinta y tres; y, cursandose comunicacion a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante Oficio numero mil trescientos cuarenta y tres guion dos mil nueve guion MMM guion ODECMA guion LL, de fecha trece de agosto de dos mil nueve, de fojas ciento treinta y cinco, adjuntandose copias de las resoluciones respectivas para la inscripcion de la medida disciplinaria impuesta. B) La MORDAZA de certificacion de fecha cinco de octubre de dos mil nueve, de fojas dos del expediente principal, expedida por la Secretaria de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, certificando que "Federico MORDAZA Chuye Poicon, servidor judicial de la Corte Superior de Justicia de la MORDAZA, NO REGISTRA MEDIDA DISCIPLINARIA DE MULTA O SUSPENSION EN EL ULTIMO SEMESTRE"; informacion falsa, que indujo a error a la Presidencia de la mencionada Corte Superior de Justicia, que expidio la Resolucion Administrativa numero seiscientos cuarenta y siete guion dos mil nueve guion P guion CSJLL diagonal PJ, declarandolo ganador del concurso de seleccion para el ascenso del ano dos mil nueve. C) El reporte de medidas disciplinaria del investigado Chuye Poicon, de fojas dos vuelta, donde aparece registrado tres medidas disciplinarias, entre ellas, la medida disciplinaria de multa del cinco por ciento que le fuera impuesta en la Queja numero cuarenta y siete guion dos mil ocho. D) El Informe Expediente numero ciento veintinueve guion dos mil diez, GPEJ guion GG guion PJ, de fecha diez de diciembre de dos mil diez, de fojas cuatro a cinco, emitido por el Gerente de Personal y Escalafon Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, como resultado del MORDAZA de fiscalizacion al Concurso de Seleccion para Ascenso del ano dos mil nueve, por el cual recomendo la declaracion de nulidad de la Resolucion Administrativa numero seiscientos cuarenta y siete guion dos mil nueve guion P guion CSJLL diagonal PJ, solo en el extremo referido al investigado MORDAZA MORDAZA Chuye Poicon, quien fue declarado ganador de la plaza numero cero diez mil novecientos setenta y seis, en razon de haberse determinado, segun record de medidas disciplinarias expedido por la Sub Gerencia de Escalafon, que el citado trabajador judicial registra una multa impuesta el veintidos de junio de dos mil nueve por la Oficina Distrital de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, informe que difiere de la certificacion emitida por la Secretaria de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura del mismo Distrito Judicial, de fecha cinco de octubre de dos mil nueve; y E) La MORDAZA de fecha doce de enero de dos mil once, de fojas cinco, emitida por el Secretario de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, poniendo en conocimiento que en el periodo comprendido entre MORDAZA a diciembre de dos mil nueve, dicha Secretaria estaba a cargo de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, correspondiendole la firma que aparece en la certificacion de fojas dos. Cuarto. Que asi expuesto los hechos y analizados los medios probatorios, se ha corroborado que MORDAZA MORDAZA Chuye Poicon tenia pleno conocimiento de la sancion disciplinaria que se le habia impuesto, esto es, la multa del cinco por ciento de su haber mensual, conforme se desprende de las constancias de notificacion que obran en la Queja numero cuarenta y siete guion dos mil ocho. No obstante ello, omitio comunicar dicho hecho a la Comision Permanente del Concurso para el Ascenso del dos mil nueve de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, y por el contrario, se colige que actuando de manera concertada con la Secretaria del referido organo de control distrital, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, logro que con fecha cinco de octubre de dos mil nueve se le expida un certificado en el cual consta falsamente que "no registra

haber inducido a error a la Comision de Concurso Interno del ano dos mil nueve de dicho Distrito Judicial, pues no obstante haber tenido conocimiento de la sancion de multa del cinco por ciento de su haber mensual que se le impuso mediante resolucion del veintisiete de MORDAZA de dos mil nueve (Procedimiento Disciplinario numero cuarenta y siete guion dos mil ocho), no lo comunico, pretendiendo ocultar dicho acto con la certificacion conteniendo hechos falsos de la Secretaria de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, con lo que habria vulnerado lo dispuesto en el articulo setenta y cinco del Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial y el articulo diez, inciso cinco, del Reglamento de Regimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial. Segundo. Que la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial sustenta su propuesta de destitucion en la acreditacion fehaciente de la conducta irregular del investigado en el Concurso de Seleccion para el Ascenso, convocado por la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, iniciada el veintiuno de setiembre de dos mil nueve, y que concluyo con las Resoluciones Administrativas numeros seiscientos cuarenta y siete guion dos mil nueve guion P guion CSJLL diagonal PJ y seiscientos cincuenta y tres guion dos mil nueve guion P guion CSJLL diagonal PJ, que declararon a los ganadores del concurso, entre ellos, al investigado Chuye Poicon, quien sorprendiendo a la Administracion -como verifico y contrasto la Gerencia de Personal y Escalafon Judicial del Poder Judicial, en ejercicio de su funcion fiscalizadora del concurso y previa recepcion de la documentacion sustentatoria del mismo- presento un certificado de fecha cinco de octubre de dos mil nueve, indicando que no registraba medida disciplinaria de multa o suspension en el semestre anterior al concurso, lo que no guarda concordancia con el reporte del record de medidas disciplinarias emitido por la Sub Gerencia de Escalafon, en el cual aparece que el investigado registra una medida disciplinaria de multa del cinco por ciento, impuesta el veintidos de junio de dos mil nueve por la Oficina Distrital de Control de la Magistratura, por lo que no cumplia con los requisitos generales solicitados para el concurso, contraviniendo el articulo veintitres, literal b), del Reglamento para el Desarrollo de los Concursos de Seleccion para Ascenso en el Poder Judicial, aprobado mediante Resolucion Administrativa numero cero veintidos guion dos mil ocho guion CE guion PJ. En consecuencia, por la gravedad de los hechos imputados resultan aplicables al caso los articulos trece, inciso tres, y diecisiete del Reglamento de Regimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial. Tercero. Que analizados los actuados se ha advertido que el investigado Chuye Poicon ha sido debidamente emplazado, conforme MORDAZA de notificacion de fojas veintitres, con la resolucion numero tres, de fecha once de febrero de dos mil once; sin embargo, no ha cumplido con efectuar su descargo, siendo declarado rebelde por resolucion numero seis del veintiuno de junio de dos mil once, de fojas treinta y uno. Asimismo, se ha obtenido los siguientes medios probatorios en su contra: A) La Queja numero cuarenta y siete guion dos mil ocho, de fojas ciento treinta y cinco, que obra como Anexo A a la presente investigacion, en los seguidos por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Aloja contra Esmigdio MORDAZA MORDAZA Vereau y el investigado, en su condicion de Juez Suplente y Secretario Judicial, respectivamente, del Juzgado Civil de San MORDAZA de Lloc, por los cargos de infraccion a sus deberes y retardo en la administracion de justicia. En dicho procedimiento disciplinario, mediante resolucion numero cinco, de fecha veintisiete de MORDAZA de dos mil nueve, de fojas ciento catorce a ciento dieciseis, emitida por la Oficina Distrital de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, se dispuso, entre otros extremos, imponer al investigado Chuye Poicon medida disciplinaria de multa del cinco por ciento de su haber mensual, en su actuacion como Secretario Judicial del Juzgado de San MORDAZA de Lloc; la misma que le fue notificada personalmente con fecha uno de junio de dos mil nueve, conforme se corrobora con la MORDAZA

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