Norma Legal Oficial del día 04 de Agosto del año 2013 (04/08/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 20

500630
POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE PUNO; en Sesion Extraordinaria, llevada a cabo en fecha 18 de diciembre del ano 2012; se aprueba la presente Ordenanza Regional, MORDAZA las observaciones del Ejecutivo del Gobierno Regional, es nuevamente debatida en sesion extraordinaria de fecha treinta de MORDAZA del Ano 2013, siendo aprobada por mayoria; Ordenanza que es nuevamente observada por el Ejecutivo del Gobierno Regional; subsanadas las observaciones es remitida nuevamente al Pleno del Consejo Regional y en Sesion Extraordinaria de fecha 18 de MORDAZA del 2013; se ratifica su aprobacion con la correspondiente subsanacion de observaciones; con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta Respectiva; CONSIDERANDO: Que, visto el Expediente Administrativo Nº 811-2012, Mocion de Orden, formulada por la Consejeria de MORDAZA, pretendiendo que a traves de una Ordenanza Regional, crear la Comision Regional Anticorrupcion del Gobierno Regional de Puno; dado que el problema de corrupcion es un fenomeno que afecta cada vez mas a la gestion publica, perjudicando su administracion, poniendo en duda la legitimidad de los poderes estatales; danando y atropellando derechos fundamentales de los mas pobres porque no permiten que las entidades estatales efectuen labores encomendadas en beneficio de ellos, entonces dada la importancia de la prevencion y supresion de la corrupcion, en todos los niveles del Estado Peruano es necesario afirmar y preservar valores eticos, para garantizar la institucionalidad democratica y el Estado de Derecho; Que, mediante CARTA Nº 200-2012-GR PUNO-CRP/ SCRP, se remite el presente Expediente Administrativo a la Comision Ordinaria de Fiscalizacion y Control Interno; quien solicito mediante OFICIO Nº 16-2012-GR-PUNOCR/COFCI, la emision de Opinion Legal, con Oficio Nº 152012-GR-PUNO-CR/COFCI, se solicita a la Defensoria del Pueblo la emision de Opinion Tecnica; Que, mediante INFORME LEGAL Nº 477-2012GR PUNO/ORAJ, suscrito por el Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica del Gobierno Regional, se establece la legalidad de la propuesta. Mediante OFICIO Nº 11352012-OD/PUNO-LASQ, el Jefe encargado de la Oficina Defensorial de MORDAZA, cumple con remitir la respectiva Opinion Institucional, favorable. Que, en fecha 14 de diciembre del 2012, la Comision Ordinaria de Fiscalizacion y Control Interno evacua su Dictamen Nº 014-2012-CRP/COFCI, siendo este aprobado en sesion extraordinaria del pleno del Consejo Regional de fecha 18 de diciembre del 2012, posterior a ello, el organo Ejecutivo del Gobierno Regional de MORDAZA en uso de sus atribuciones, conferidas por Ley, realiza observaciones para que la Ordenanza Regional aprobada se adecue a la Ley Nº 29976, Ley que crea la Comision de Alto Nivel Anticorrupcion. Siendo ratificada su aprobacion a razon de la emision de la ampliacion de DICTAMEN formulado por la Comision Ordinaria de Fiscalizacion y Control Interno determinando su adecuacion al MORDAZA legal nacional; Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa teniendo por mision organizar, y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para la contribucion al desarrollo integral y sostenible de la region, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa; Que, nuestra Constitucion Politica del Peru en su Articulo 39, establece: "Todos los funcionarios y trabajadores publicos estan al servicio de la Nacion. El Presidente de la Republica tiene la mas alta jerarquia en el servicio a la Nacion y, en ese orden, los representantes al Congreso, ministros de Estado, miembros del Tribunal Constitucional y del Consejo de la Magistratura, los magistrados supremos, el Fiscal de la Nacion y el Defensor del Pueblo, en igual categoria; y los representantes de organismos descentralizados y alcaldes, de acuerdo a ley";

El Peruano MORDAZA 4 de agosto de 2013

Que, mediante Ley Nº 29976; se crea la Comision de Alto Nivel Anticorrupcion; con el objeto de articular esfuerzos, coordinar acciones y proponer politicas de corto, mediano y largo plazo dirigidas a prevenir y combatir la corrupcion en el pais. Asi mismo conforme establece el Articulo 9º de la Ley Nº 29976; con respecto a las Comisiones regionales y locales; Numeral 9.1 Los gobiernos regionales y locales implementan Comisiones Regionales y Locales Anticorrupcion, cuya conformacion se da en el MORDAZA de la presente Ley, en lo que fuera aplicable. Numeral 9.2 La Comision de Alto Nivel Anticorrupcion realiza el seguimiento de la conformacion de las Comisiones Regionales y Locales Anticorrupcion, en coordinacion con la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales y la Asociacion de Municipalidades del Peru. Numeral 9.3 Las funciones de las Comisiones Regionales y Locales Anticorrupcion se definen en el MORDAZA de la presente Ley y en concordancia con lo establecido en la legislacion nacional; Que, conforme Ley Nº 27867, Articulo 46º, regula: "Las funciones especificas que ejercen los Gobiernos Regionales se desarrollan en base a las politicas regionales, las cuales se formulan en concordancia con las politicas nacionales sobre la materia"; Que, acorde a lo previsto por el Articulo 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, "Las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia..."; Estando en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Gobiernos Regionales- Ley Nº 27867 y sus modificatorias. El Pleno del Consejo Regional con el MORDAZA mayoritario de sus miembros integrantes; ORDENA: Articulo Primero.- CREACION Y FINALIDAD DE LA COMISION Crease la COMISION REGIONAL ANTICORRUPCION DE MORDAZA, cuyo objetivo principal es implementar acciones de prevencion y combate de la corrupcion, en el MORDAZA del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupcion. Articulo Segundo.- CONFORMACION 2.1 La Comision Regional Anticorrupcion MORDAZA, esta conformada por: a) Presidente del Gobierno Regional de Puno. b) Presidente de la Corte Superior de Justicia. c) Gobernador Regional. d) Procurador Publico anticorrupcion. e) Presidente de la junta de Fiscales Superiores. f) Secretario Tecnico de la Comision Regional Anticorrupcion de Puno. g) Y otros representantes que determine la Comision. 2.2. El Secretario Tecnico de la Comision Regional Anticorrupcion de MORDAZA participa con voz, pero sin voto. 2.3. El Jefe de la Oficina Regional de Control y el Jefe de la Oficina Defensorial, un representante de la Sociedad Civil, un representante del sector empresarial actuaran en calidad de instituciones observadoras, pudiendo sus titulares participar en las sesiones de la Comision con voz pero sin voto. Articulo Tercero.- FUNCIONES, la Comision Regional Anticorrupcion de MORDAZA, tiene las siguientes funciones: a) Elaborar el Plan Regional de Lucha Contra la Corrupcion. b) Realizar el seguimiento y la supervision de la implementacion y cumplimiento del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupcion. c) Informar semestralmente a la Comision de Alto Nivel Anticorrupcion, sobre los avances en la implementacion del plan regional de lucha contra la corrupcion. d) Proponer politicas a nivel regional de corto, mediano y largo plazo para la prevencion y lucha contra la corrupcion.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.