Norma Legal Oficial del día 09 de Agosto del año 2013 (09/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano Viernes 9 de agosto de 2013

500913
SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 102-2013/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2013 Visto el Expediente Nº 090-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 24 522,40 m², ubicado en la MORDAZA denominada Cerro Tres MORDAZA, en el distrito de Torata, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de Moquegua; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de 24 522,40 m², ubicado en la MORDAZA denominada Cerro Tres MORDAZA, en el distrito de Torata, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de MORDAZA, que se encontraria sin inscripcion registral; Que, solicitada la consulta catastral pertinente, la MORDAZA Registral NºXIII ­ Sede Tacna, con Oficio Nº 0398-2013/ ZR.NºXIII-ORM-PUB de fecha 02 de MORDAZA de 2013 remitio el Certificado de Busqueda Catastral, en el que se concluye que sobre el area en consulta se encuentra sobre ambito que no se puede determinar los antecedentes registrales; Que, el tercer parrafo del articulo 16º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 097-2013-SUNARP-SN senala que no impide la Inmatriculacion, el Informe Tecnico que senale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 03 de MORDAZA de 2013, se verifico que el terreno es de naturaleza eriaza de forma irregular, topografia relativamente accidentada, la misma presenta suelos compuestos por depositos aluviales, conformado en su mayoria por gravas y MORDAZA con afloracion rocosa. Asimismo se observo despojos de material organico que MORDAZA parcialmente el terreno constituido por suelos arcillosos, compuesto por limonitas y areniscas, con una pendiente relativamente inclinada, encontrandose desocupada; Que, el Articulo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 24 522,40 m², de conformidad con el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Articulo 44º del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; y

ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de 3 448 697,32 m², ubicado al Nor Este del Centro Poblado La Tinguina, en el distrito de La Tinguina, provincia y departamento de Ica, que se encontraria sin inscripcion registral; Que, solicitada la consulta catastral pertinente, la MORDAZA Registral N°XI ­ Sede Ica, con Oficio N° 0030-2013/ Z.R.N°XI-AC de fecha 29 de enero de 2013 remitio el Informe Tecnico N° 0230-2013-Z.R.N°XI/OC-ICA de fecha 29 de enero de 2013, en el que se concluye que sobre el area en consulta no existe superposicion con predios inscritos; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 15 de marzo de 2013, se verifico que el terreno es de naturaleza eriaza, con suelo de textura arenosa, presenta una topografia variada, que va de zonas con desniveles moderados a accidentes marcados, asimismo se accede a traves de vias carrozables que provienen del centro poblado La Tinguina; Que, el Articulo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 3 448 697,32 m², de conformidad con el Articulo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/ SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Articulo 44° del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0108-2013/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 24 de junio de 2013; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 3 448 697,32 m², ubicado al Nor Este del Centro Poblado La Tinguina, en el distrito de La Tinguina, provincia y departamento de Ica; segun el Plano N°0042-2013/SBNDGPE y Memoria Descriptiva N° 0024-2013/SBN-DGPESDAPE que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2°.- La MORDAZA Registral N° XI ­ Sede Ica de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Ica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA CORAQUILLO Subdirector de Administracion del Patrimonio Estatal (e) 971684-2

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