Norma Legal Oficial del día 09 de Agosto del año 2013 (09/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano Viernes 9 de agosto de 2013

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el jornal basico de los trabajadores de Construccion Civil, a partir del 1 de junio de 2013; Que, resulta pertinente modificar los Factores de Reajuste que se deben aplicar a las Obras de Edificacion para las seis (06) areas geograficas correspondientes al mes de junio de 2013; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica. SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar los Factores de Reajuste que deben aplicarse a las Obras de Edificacion del Sector No Publico para las seis (6) areas geograficas, correspondientes al mes de junio de 2013, que se indica a continuacion:

CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 190-2013INEI, se aprobaron los Factores de Reajuste que deben aplicarse a las Obras de Edificacion, correspondientes a las seis (06) areas geograficas para las Obras del Sector Privado por variacion de precios de todos los elementos que intervienen en el costo de dichas obras, ejecutadas en el mes de junio ultimo; Que, en la Convencion Colectiva de Trabajo, se ha suscrito el Acta Final de Negociacion Colectiva en Construccion Civil 2013-2014, de fecha 11 MORDAZA de 2013, bajo el expediente Nº 029-2013-MTPE/2.14, registrada el 31 de MORDAZA 2013, por el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, y cuya publicacion ha sido dispuesta por Resolucion Ministerial Nº 132-2013-TR, en la cual, como resultado de la negociacion directa del pliego de reclamos, se acordo entre otros, otorgar incrementos diarios sobre

FACTORES DE REAJUSTE MODIFICADOS CORRESPONDIENTE AL PERIODO DEL 01 AL 30 DE JUNIO DE 2013 (*) OBRAS DE EDIFICACION AREAS GEOGRAFICAS No. Edificacion de 1 y 2 Pisos Edificacion de 1 y 2 Pisos Edificacion de 3 y 4 Pisos Edificacion de 3 y 4 Pisos (Terminada) M.O. 1 2 3 4 5 6 1,0146 1,0144 1,0135 1,0142 1,0152 1,0138 Resto Elem. 1,0045 1,0050 1,0045 1,0050 1,0060 1,0047 Total 1,0191 1,0194 1,0180 1,0192 1,0212 1,0185 (Casco Vestido) M.O. 1,0170 1,0166 1,0155 1,0161 1,0178 1,0157 Resto Elem. 1,0042 1,0043 1,0037 1,0033 1,0050 1,0037 Total 1,0212 1,0209 1,0192 1,0194 1,0228 1,0194 M.O. 1,0138 1,0137 1,0130 1,0136 1,0142 1,0131 (Terminada) Resto Elem. 1,0062 1,0064 1,0061 1,0061 1,0072 1,0060 Total 1,0200 1,0201 1,0191 1,0197 1,0214 1,0191 (Casco Vestido) M.O. 1,0185 1,0183 1,0173 1,0178 1,0193 1,0174 Resto Elem. 1,0050 1,0051 1,0048 1,0041 1,0060 1,0046 Total 1,0235 1,0234 1,0221 1,0219 1,0253 1,0220

(*) En base al Convenio Colectivo de fecha 11 de MORDAZA de 2013, Expediente Nº 029-2013-MTPE/2.14.

Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA DE LOS MORDAZA Jefe 972473-2

PODER JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Aprueban temas a tratar en el MORDAZA Pleno Jurisdiccional Supremo en materia laboral 2013
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 262-2013-P-PJ MORDAZA, 2 de agosto de 2013. VISTO: El oficio N° 182-2013-PPJL-CS-PJ, cursado por el senor Juez Supremo MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Coordinador del MORDAZA Pleno Jurisdiccional Supremo en materia laboral 2013, mediante el cual solicita aprobar el desarrollo de los temas consignados en el mismo. CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante Resolucion Administrativa N° 166-2013-P-PJ, del 13 de MORDAZA de 2013, se aprobo la realizacion del MORDAZA Pleno Jurisdiccional Supremo en materia laboral 2013, designandose como coordinador del mismo al senor MORDAZA Mena. Segundo: Que, habiendose reunido los senores Jueces Supremos integrantes de las MORDAZA de Derecho Constitucional y Social Permanente y Transitorias del

Supremo Tribunal, el 22 de MORDAZA del ano en curso, acordaron proponer los temas a tratar en el mencionado Pleno Jurisdiccional. Tercero: Que, resulta necesaria la aprobacion de los temas propuestos en el oficio del visto, para su difusion a la comunidad juridica, con el fin de recabar sus aportes y opiniones sobre las mismas. Por lo tanto, en uso de las facultades conferidas a esta Presidencia por el articulo 76° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Articulo Primero: Aprobar los temas a tratar en el MORDAZA Pleno Jurisdiccional Supremo en materia laboral 2013, los mismos que estan referidos a los siguientes puntos: 1) Tutela procesal de los trabajadores del sector publico: Agotamiento de la via administrativa. Organo administrativo competente para el agotamiento. Via procesal judicial pertinente. Organo jurisdiccional competente; 2) Desnaturalizacion de los contrato. Casos especiales: Contrato Administrativo de Servicios (CAS); 3) Tratamiento judicial del despido incausado y despido fraudulento: aspectos procesales y sustantivos; 4) Remuneracion computable para la compensacion por tiempo de servicios y pensiones: Regimenes especiales; 5) Competencia de los organos jurisdiccionales laborales con la Nueva Ley Procesal del Trabajo y de los Tribunales Unipersonales; 6) Plazos para interponer medios impugnatorios: Notificacion y rebeldia; 7) Pension minima regulada por la Ley N° 23908 y los incrementos establecidos en el sistema de seguridad social y 8) Caducidad de aportaciones de acuerdo con la Ley N° 8433.

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