Norma Legal Oficial del día 09 de Agosto del año 2013 (09/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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MORDAZA con las politicas y planes nacionales, regionales y provinciales, aplicando estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza. Asimismo senala que organiza, administra y ejecuta programas locales de asistencia, proteccion y apoyo a la poblacion en riesgo, ninos, adolescentes, mujeres y otros grupos de la poblacion en situacion de discriminacion y materia de defensa y promocion de derechos, propiciando espacios para su participacion en el nivel de las instancias municipales; Que, la Ley 27972, precisa en su articulo IV del Titulo Preliminar que los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; siendo que, dentro de sus competencias exclusivas del gobierno municipal debe planificar el desarrollo integral de su jurisdiccion y ejecutar los programas socioeconomicos correspondientes, en MORDAZA con el Plan Nacional de Desarrollo, acorde a lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades. Que, la Constitucion Politica del Peru en el articulo 2° inciso 2° senala que toda persona tiene derecho a la igualdad ante la ley, nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, religion, opinion, condicion economica o cualquier otra indole. Que, el acuerdo nacional senala en la Decima Primera Politica del Estado, la promocion de la igualdad de oportunidades sin discriminacion, asimismo senala en su inciso c) que el Estado fortalecera una institucion al mas alto nivel del Estado en su rol rector de politicas y programas para la promocion de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres; es decir, equidad de genero; y en su inciso e) senala que el Estado desarrollara sistemas que permitan proteger a ninas, ninos, adolescentes, adultos mayores, mujeres responsables de su hogar, personas desprovistas de sustento, personas con discapacidad y otras personas discriminadas y/o excluidas. Que, mediante Decreto Supremo N° 027-07-PCM se establecen las politicas nacionales en materia de igualdad de hombres y mujeres, entre las cuales se senala, el impulsar en la sociedad, en sus acciones y comunicaciones, la adopcion de valores y practicas, actitudes y comportamientos equitativos entre hombres y mujeres, para garantizar el derecho a la no discriminacion. En materia de defensa y promocion de derechos, las municipalidades distritales ejercen las siguientes funciones especificas: organizar, administrar y ejecutar los programas locales de asistencia, proteccion y apoyo a la poblacion en riesgo: las mujeres, y la erradicacion de la violencia familiar y sexual; Que, mediante la Ley de Igualdad de Oportunidades ­ Ley 28983, estable en su articulo 6° como lineamiento para los Gobiernos Locales, desarrollar politicas y programas para la prevencion, atencion y eliminacion de la violencia en todas sus formas y en todos sus espacios, en especial la ejercida contra las mujeres; Que, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, a traves del Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual, aprueba el Plan Nacional contra la Violencia hacia la Mujer mediante Decreto Supremo N° 003-2009MIMDES, determinando compromisos para el desarrollo de acciones de prevencion contra la violencia hacia la mujer por parte de los Gobiernos Locales. Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los articulos 9° inciso 8, 39° y 40° de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley 27972, con el MORDAZA favorable de trece miembros del concejo y con dispensa del tramite de comisiones y lectura y aprobacion de Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA PLAN DISTRITAL CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER 2013-2016 DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO Articulo Primero: APRUEBESE EL PLAN DISTRITAL CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER 2013-2016 DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO, elaborado de manera concertada entre la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, las instituciones publicas, organizaciones sociales y no gubernamentales, que como anexo, forma parte de la presente ordenanza y cuyo texto integro sera publicado

El Peruano Viernes 9 de agosto de 2013

en la pagina web www.munivmt.gob.pe de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo. Articulo Segundo: RECONOCER A LA INSTANCIA DISTRITAL DE CONCERTACION CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER VILLAMARIANA, cuya denominacion abreviada sera IDC-CVH Mujer Villamariana, como la instancia encargada de implementar, en forma concertada con la Gerencia de Desarrollo Social y Lucha contra la Pobreza, la politica publica local para enfrentar este problema, teniendo la responsabilidad de su ejecucion y seguimiento. Articulo Tercero: La IDC-CHV Mujer Villamariana es presidida por la Alcaldesa de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA del Triunfo; la Secretaria Tecnica estara a cargo de la Gerencia de Desarrollo Social y Lucha contra la Pobreza, y podra estar conformada por profesionales, tecnicos y especialistas en temas de violencia hacia la mujer de las siguientes instituciones: - Un representante del Ministerio Publico. - Un representante de la Defensoria del Pueblo. - Un representante por cada comisaria de las zonas del distrito. - Un representante del Ministerio de Educacion ­ UGEL 01. - Un representante del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. - Un representante del Ministerio de Salud. - Un representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. - Un representante por cada DEMUNA de las zonas del distrito. - Un representante del MINJUS. - Un representante de la Municipalidad Metropolitana de Lima. - Un representante de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Transito. - Un representante del Centro de Emergencia Mujer ­ CEM. - Un representante de la Federacion de Mujeres de VMT. - Organizaciones No Gubernamentales. Articulo Cuarto: ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Social y Lucha contra la Pobreza de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, en coordinacion con la IDC-CVH Mujer Villamariana, realizar una MORDAZA publica anual de logros y avances en la ejecucion del Plan Distrital contra la Violencia hacia la Mujer dentro del primer trimestre del ano siguiente. Articulo Quinto: ENCARGAR a la Sub Gerencia de Comunicacion e Imagen Institucional y a la Sub Gerencia de Tecnologia de Informacion y Procesos, la difusion de la presente Ordenanza, incluyendo su publicacion en el MORDAZA electronico de la entidad. Articulo Sexto: La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano" y en la pagina web de la entidad. POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 971997-1

Establecen disposiciones para la aplicacion del incentivo tributario denominado MORDAZA MORDAZA, a favor de contribuyentes de uso MORDAZA habitacion que participan en el programa de segregacion y recoleccion selectiva de residuos solidos domiciliarios
ORDENANZA N° 168/MVMT MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 19 de MORDAZA del 2013

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