Norma Legal Oficial del día 14 de Agosto del año 2013 (14/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Ejecutiva N° 047-2013-AG-AGRO RURAL-DE de fecha 26 de marzo de 2013, se designo al senor MORDAZA Quine Napuri, como Director de la Direccion de Servicios Rurales del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura; Que, por Resolucion Directoral Ejecutiva N° 0792013-AG-AGRO RURAL-DE de fecha 21 de MORDAZA de 2013, se dio por concluida la designacion mencionada en el considerando precedente y se designo al senor MORDAZA Quine Napuri, en el cargo de Director de la Direccion de Operaciones de AGRO RURAL; Que, con Resolucion Ministerial Nº 0263-2013-MINAGRI de fecha 23 de MORDAZA de 2013, se encargo, con eficacia anticipada al 19 de MORDAZA de 2013, el puesto de Director Ejecutivo del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, al senor MORDAZA MORDAZA Quine Napuri; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos, el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048 y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Precisar la parte considerativa de la Resolucion Ministerial N° 0263-2013-MINAGRI, en el extremo referido a que el senor MORDAZA MORDAZA Quine Napuri, se encuentra designado en el cargo de Director de la Direccion de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego, dejando subsistentes los demas extremos del citado dispositivo. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego

El Peruano Miercoles 14 de agosto de 2013

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regular el acceso a los recursos geneticos de los Paises Miembros y sus productos derivados; Que, el articulo 29° de la Ley N° 26839, Ley sobre la Conservacion y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biologica, dispone que mediante MORDAZA legal expresa, se establece el procedimiento de acceso a los recursos geneticos o sus productos derivados; Que, de conformidad con el literal a) del numeral 3.2 del articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, la citada entidad tiene como objetivo especifico asegurar el cumplimiento del mandato constitucional sobre la conservacion y el uso sostenible de los recursos naturales, la diversidad biologica y las areas naturales protegidas y el desarrollo sostenible de la Amazonia, para lo cual puede aprobar las disposiciones normativas de su competencia; Que, siendo el Ministerio del Ambiente el ente rector en materia de Recursos Geneticos, mediante Decreto Supremo N° 003-2009-MINAM, se elevo a rango de decreto supremo la Resolucion Ministerial N° 087-2008-MINAM, ratificandose la aprobacion del Reglamento de Acceso a Recursos Geneticos a que se refiere la citada Resolucion Ministerial; Que, para la efectiva implementacion del Reglamento de Acceso a Recursos Geneticos por parte de las autoridades competentes, asi como por los interesados en acceder a los recursos geneticos y sus productos derivados, se ha evaluado y analizado la necesidad de aprobar un MORDAZA reglamento, el cual previo a su formal aprobacion, debe ser sometido a consulta publica, con la finalidad de contar con las sugerencias y/o comentarios de los interesados, conforme lo establece el articulo 39° del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Informacion Publica Ambiental y Participacion y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM; por lo que, corresponde emitir la presente resolucion; Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estrategico de los Recursos Naturales, de la Secretaria General, de la Direccion General de Diversidad Biologica y de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente; y, del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Informacion Publica Ambiental y Participacion y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la publicacion, para fines de Consulta Publica, del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el MORDAZA Reglamento de Acceso a Recursos Geneticos, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Dicha publicacion se realizara en el MORDAZA Web institucional del Ministerio del Ambiente (http://www. minam.gob.pe/consultas­publicas), a fin de conocer las sugerencias y/o comentarios de los interesados, por un plazo de quince (15) dias habiles, contados a partir de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- Las sugerencias y/o comentarios sobre el proyecto normativo senalado en el articulo 1° de la presente resolucion, deberan ser remitidas, por escrito, al Ministerio del Ambiente, cuya Sede Central se encuentra ubicada en la Avenida MORDAZA MORDAZA Oeste N° 1440, distrito de San MORDAZA - departamento de MORDAZA, y/o a la direccion electronica rrgg@minam.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese.

AMBIENTE
Disponen la publicacion para fines de Consulta Publica de Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el MORDAZA Reglamento de Acceso a Recursos Geneticos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 233-2013-MINAM
MORDAZA, 12 de agosto de 2013 Visto, el Memorando N° 377-2013-DVMDERN/MINAM del Viceministerio de Desarrollo Estrategico de los Recursos Naturales; asi como el Informe N° 158-2013- MINAM-DGDB de la Direccion General de Diversidad Biologica, y demas antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Legislativa N° 26181, de fecha 30 de MORDAZA de 1993, se aprobo el Convenio sobre Diversidad Biologica, adoptado en Rio de Janeiro el 5 de junio de 1992 y suscrito el 12 de junio de 1992, el cual tiene como objetivos la conservacion de la diversidad biologica, la utilizacion sostenible de sus componentes y la participacion MORDAZA y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilizacion de los recursos geneticos, mediante, entre otras cosas, un acceso adecuado a esos recursos y una transferencia apropiada de las tecnologias pertinentes, teniendo en cuenta todos los derechos sobre esos recursos y a esas tecnologias, asi como mediante una financiacion apropiada; Que, la Comision del Acuerdo de Cartagena, el 2 de MORDAZA de 1996, adopto la Decision N° 391 de la Comunidad MORDAZA de Naciones, referida al Regimen Comun sobre Acceso a los Recursos Geneticos, que tiene como objeto

MORDAZA PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente

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Reconocen y felicitan a ganadores del "Premio Nacional de Ciudadania Ambiental 2013"
RESOLUCION MINISTERIAL N° 234-2013-MINAM
MORDAZA, 12 de agosto de 2013

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