Norma Legal Oficial del día 14 de Agosto del año 2013 (14/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano Miercoles 14 de agosto de 2013

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la localidad de Cutervo - Chota - MORDAZA MORDAZA - Bambamarca - San MORDAZA, departamento de MORDAZA, conforme se verifica del Acta del referido Acto Publico; Que, el articulo 19° del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establece que la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion es concedida mediante Resolucion del Viceministro de Comunicaciones; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 232-2005MTC/03 se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de radiodifusion sonora en Onda Media (OM) para las diversas localidades del departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad de Cutervo ­ Chota ­ MORDAZA MORDAZA ­ Bambamarca ­ San Miguel; Que, segun Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, y sus modificatorias, mediante la cual se aprobo las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, las estaciones que operen con una potencia de transmision mayor que 1 Kw hasta 50 Kw, se clasifican como Estaciones Clase C; Que, mediante Informe Nº 1099-2013-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, considera que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha cumplido con las obligaciones previstas en el numeral 21 y demas disposiciones contenidas en las Bases del Concurso Publico Nº 01-2012-MTC/28, asi como con la MORDAZA de la documentacion tecnica y legal requerida, por lo que resulta procedente otorgar a la referida persona, la autorizacion y permiso solicitado, para la prestacion de radiodifusion sonora en Onda Media (OM) en la localidad de Cutervo - Chota - MORDAZA MORDAZA - Bambamarca - San MORDAZA, departamento de Cajamarca; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, las Bases del Concurso Publico N° 01-2012-MTC/28, el Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 232-2005-MTC/03, la Resolucion Ministerial Nº 358-2003MTC/03 que aprueba las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion y sus modificatorias; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora educativa en Onda Media (OM) en la localidad de Cutervo - Chota - MORDAZA MORDAZA - Bambamarca - San MORDAZA, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion: Condiciones Esenciales: Modalidad Frecuencia Finalidad Caracteristicas Tecnicas: Indicativo Emision Potencia Nominal del Transmisor Clasificacion de Estacion Ubicacion de la Estacion: Estudio : Jr. MORDAZA XXIII N° 287, distrito y provincia de Chota, departamento de Cajamarca. : OAM-2O : 10K0A3EGN : 5 Kw. : C : RADIODIFUSION SONORA EN OM : 1140 KHz. : EDUCATIVA

Articulo 6°.- Conforme a lo establecido en el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, la titular adoptara las medidas necesarias para garantizar que las radiaciones que emita la estacion de radiodifusion que se autoriza no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles en el acotado Decreto Supremo. Articulo 7°.- Seran derechos y obligaciones de la titular de la autorizacion otorgada, los consignados en los articulos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, asi como las senaladas en la presente Resolucion. Articulo 8º.- La autorizacion a que se contrae el articulo 1º de la presente Resolucion podra renovarse por igual periodo. La renovacion podra solicitarse hasta el dia del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el mencionado articulo 1º. Sin embargo, dicha solicitud tambien se entendera presentada si a la fecha del termino de la vigencia de la autorizacion la titular se encuentra operando y al dia en sus pagos o cuente con solicitud o con fraccionamiento vigente. La renovacion se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el articulo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 9º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual. En caso de incumplimiento, se procedera de acuerdo a lo establecido en el articulo 38º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 10º.- La titular de la autorizacion debera cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del articulo 38º del MORDAZA Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo Nº 051-2010-MTC. Articulo 11º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Articulo 12º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones

973849-1 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 369-2013-MTC/03
MORDAZA, 5 de agosto del 2013 VISTO, el Expediente Nº 2012-067664, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA sobre otorgamiento de autorizacion por Concurso Publico para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora educativa en Onda Media (OM), en la localidad de Cutervo - Chota - MORDAZA MORDAZA - Bambamarca - San MORDAZA, departamento de Cajamarca; CONSIDERANDO: Que, el articulo 16° de la Ley de Radio y Television, establece que las autorizaciones del servicio de radiodifusion se otorgan a solicitud de parte o por concurso publico. El concurso publico es obligatorio cuando la cantidad de frecuencias o MORDAZA disponibles en una banda es menor al numero de solicitudes presentadas; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 0609-2012MTC/28, se aprobaron las Bases del Concurso Publico Nº 01-2012-MTC/28, para el otorgamiento de autorizaciones para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora, en las modalidades comercial y educativa, en diversas localidades y bandas de frecuencias, entre las cuales se encuentra el Servicio de Radiodifusion Sonora en Onda Media (OM) en la localidad de Cutervo - Chota - MORDAZA MORDAZA - Bambamarca - San MORDAZA, departamento de Cajamarca; Que, con fecha 24 de agosto del 2012, se llevo a cabo el Acto Publico Unico: Recepcion y Apertura de Sobres Nºs. 3 y 4 y Otorgamiento de la Buena Pro del Concurso Publico Nº 01-2012-MTC/28, adjudicandose la buena pro al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para la autorizacion del servicio de radiodifusion sonora en Onda Media (OM), en

Coordenadas Geograficas : Longitud Oeste : 78º 38' 51.68'' Latitud Sur : 06º 33' 35.16'' Planta Transmisora : Area Rural de Canafisto Cuyumalca, distrito y provincia de Chota, departamento de Cajamarca.

Coordenadas Geograficas : Longitud Oeste : 78º 37' 00'' Latitud Sur : 06º 33' 51.89'' MORDAZA de Servicio : El area comprendida dentro del contorno de 62 dB V/m.

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