Norma Legal Oficial del día 14 de Agosto del año 2013 (14/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano Miercoles 14 de agosto de 2013

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Negocios y Financiamiento del Seguro Integral de Salud, a partir del 15 de agosto de 2013. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GRILLO MORDAZA Jefe del Seguro Integral de Salud 974379-3

la Informacion y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el numeral 11.8 del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar, la Directiva Administrativa Nº 001-2013-SIS/GA-V.01 "Directiva Administrativa que regula el MORDAZA de Afiliacion de los Contribuyentes del MORDAZA Regimen Unico Simplificado ­ NRUS en el Regimen de Financiamiento Semicontributivo del Seguro Integral de Salud" y sus Anexos, los que forman parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Encargar a la Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web del Seguro Integral de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GRILLO MORDAZA Jefe del Seguro Integral de Salud 974379-2

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Otorgan plazo de excepcion de la obligacion de inscripcion en el Registro de Hidrocarburos como Medio de Transporte Fluvial de Combustibles Liquidos, a embarcaciones que desarrollan transporte fluvial de Combustibles Liquidos que se acogieron a lo dispuesto en las RR. Nºs. 1952012-OS/CD y 026-2013-OS/CD
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 168-2013-OS/CD MORDAZA, 13 de agosto de 2013 VISTO:

Aceptan renuncia y designan Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento del Seguro Integral de Salud
RESOLUCION JEFATURAL Nº 158-2013/SIS MORDAZA, 9 de agosto de 2013 Vista la renuncia presentada por el Licenciado en Administracion MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Gerente de Negocios y Financiamiento; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Jefatural Nº 0072013/SIS de fecha 10 de enero de 2013, se designo al Licenciado en Administracion MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Gerente de Negocios y Financiamiento del Seguro Integral de Salud; Que, conforme al documento de vistos, el Licenciado en Administracion MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha presentado renuncia al cargo de Gerente de Negocios y Financiamiento, por lo que resulta conveniente aceptar la misma y designar al profesional que ejercera las funciones de Gerente de Negocios y Financiamiento; Que, el articulo 3º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, establece que la designacion de funcionarios en cargo de confianza distintos a los comprendidos en el articulo 1º de la citada Ley se efectua mediante Resolucion del Titular de la Entidad; Con el visto MORDAZA de la Secretaria General, de la Oficina General de Administracion de Recursos y de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos y el numeral 11.9 del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el Licenciado en Administracion MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, a partir del 15 de agosto de 2013, dandole las MORDAZA por las funciones realizadas. Articulo 2º.- Designar al Economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Gerente de la Gerencia de

El Oficio Nº 01-2013-ALN-JD, registrado con Nº 2013000126321, presentado ante OSINERGMIN, el 26 de MORDAZA de 2013, por el Presidente de la Asociacion de Transportistas Fluvial Los Navegantes de Puerto MazukoPuerto Carlos; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2010-EM, el Ministerio de Energia y Minas transfirio a OSINERGMIN el Registro de Hidrocarburos, a fin que dicho Organismo sea el encargado de administrar y regular el citado Registro, asi como simplificar todos los procedimientos relacionados al mismo; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 5º del Reglamento para la Comercializacion de Combustibles Liquidos y Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 030-98EM, y los articulos 1º y 14º del Reglamento del Registro de Hidrocarburos, aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 191-2011-OS/CD y modificatorias, cualquier persona que realice Actividades de Comercializacion de Hidrocarburos debe contar con la debida autorizacion e inscripcion en el Registro de Hidrocarburos; Que, de acuerdo al Decreto Supremo Nº 063-2010EM, modificado por Decreto Supremo Nº 002-2011-EM, OSINERGMIN puede dictar medidas transitorias que exceptuen en parte el cumplimiento de algunos articulos de las normas de comercializacion de hidrocarburos y de los correspondientes reglamentos de seguridad, unicamente para efectuar o mantener inscripciones en el Registro de Hidrocarburos, en casos donde se prevea o constate una grave afectacion de la seguridad, del abastecimiento interno de Hidrocarburos de todo el MORDAZA, de un area en particular, la paralizacion de los servicios publicos o de la atencion de necesidades basicas; Que, a traves de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 195-2012-OS/CD , publicada en el diario oficial El

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