Norma Legal Oficial del día 16 de Enero del año 2013 (16/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 16 de enero de 2013

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA DEL MORDAZA DE VALORES
Disponen inscripcion de acciones representativas del capital social de Financiera ProEmpresa S.A. en el Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION DE INTENDENCIA GENERAL SMV Nº 005-2013-SMV/11.1
MORDAZA, 10 de enero de 2013 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISION DE CONDUCTAS El expediente N° 2012037968, asi como el Informe Interno N° 027-2013-SMV/11.1, del 09 de enero de 2013, de la Intendencia General de Supervision de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervision de Conductas de Mercado; CONSIDERANDO: Que, el 22 de octubre de 2012, Financiera ProEmpresa S.A., solicito a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. la inscripcion de sus acciones comunes con derecho a MORDAZA y de sus acciones de los fundadores con derecho a MORDAZA, MORDAZA representativas de su capital social en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA y, por ende, su inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores; Que, en cumplimiento de lo establecido por la Primera Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en el Registro Publico del MORDAZA de Valores y en la MORDAZA de Bolsa, aprobado por Resolucion SMV Nº 031-2012-SMV/01 y sus normas modificatorias, mediante Carta Nº GL-T-1181/2012 del 07 de noviembre de 2012, la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. remitio a la Superintendencia del MORDAZA de Valores el expediente correspondiente asi como las conclusiones de la evaluacion realizada al mismo, para los fines correspondientes; Que, teniendo en consideracion lo expuesto en el considerando precedente, sera de aplicacion lo dispuesto en la Primera Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en el Registro Publico del MORDAZA de Valores y en la MORDAZA de Bolsa, que establece que las solicitudes de inscripcion y exclusion de un valor nacional o extranjero que se encuentren en tramite ante la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. a la entrada en vigencia del referido Reglamento, se evaluaran conforme a las normas contenidas en el mismo; Que, el 19 de noviembre de 2012, la Superintendencia del MORDAZA de Valores, mediante Oficio Nº 4758-2012-SMV/11.1, notifico a Financiera ProEmpresa S.A. observaciones encontradas durante la evaluacion del expediente administrativo al que se contrae la presente Resolucion; Que, el 18 de diciembre de 2012, Financiera ProEmpresa S.A. cumplio con subsanar las observaciones a las que se refiere el considerando precedente; Que, de la revision efectuada a la documentacion presentada por Financiera ProEmpresa S.A. se concluye que esta cumple con lo dispuesto en el articulo 8º del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en el Registro Publico del MORDAZA de Valores y en la MORDAZA de Bolsa; Que, el articulo 2°, numeral 2), de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de la Superintendencia del MORDAZA de Valores aprobadas por Resolucion N° 073-2004-EF-94.10 establecen que las resoluciones administrativas referidas a la inscripcion de valores mobiliarios que pueden ser objeto de oferta publica primaria y secundaria, en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe); y, Estando a lo dispuesto por los articulos 17º y siguientes de la Ley del MORDAZA de Valores, el articulo

8º y la Primera Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en el Registro Publico del MORDAZA de Valores y en la MORDAZA de Bolsa; asi como el numeral 6 del articulo 46º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia del MORDAZA de Valores aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF, que faculta a la Intendencia General de Supervision de Conductas a disponer la inscripcion de valores mobiliarios en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la inscripcion de las acciones comunes con derecho a MORDAZA y de las acciones de los fundadores con derecho a MORDAZA, MORDAZA representativas del capital social de Financiera ProEmpresa S.A. en el Registro Publico del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores. Articulo 2º.- Disponer la inscripcion de los valores senalados en el articulo anterior en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Articulo 3º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe). Articulo 4º.- Transcribir la presente resolucion a Financiera ProEmpresa S.A., en su calidad de Emisor; a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. y a CAVALI S.A. ICLV. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA Intendente General Intendencia General de Supervision de Conductas

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SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Designan Auxiliar Coactivo Intendencia Regional MORDAZA
Intendencia Regional MORDAZA RESOLUCION DE INTENDENCIA Nº 123-024-0002011/SUNAT Iquitos, 8 de enero del 2013. CONSIDERANDO: Que, es necesario designar a nuevos Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional MORDAZA para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el Articulo 114º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-99-EF y modificatoria, establece los requisitos que deben reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaracion Jurada manifestando reunir los requisitos MORDAZA indicados; Que, la Decimo Cuarta Disposicion Final del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del Articulo 7° de la Ley N° 26979 no es de aplicacion a los organos de la Administracion Tributaria cuyo personal ingrese mediante Concurso Publico; Que, a traves del Articulo 4° de la Resolucion de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT se faculta, entre otros, a los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempenaran como Auxiliares Coactivos dentro del ambito de competencia de cada intendencia; Que, de acuerdo con los Articulos 50º y 52º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM del 28 de octubre de 2002, el Intendente Regional es el funcionario de mas alto nivel de una Intendencia Regional y el responsable de la misma y las Oficinas Zonales son organos directamente dependientes de aquellas; En aplicacion de los Articulos 50° y 52° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por

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