Norma Legal Oficial del día 26 de Enero del año 2013 (26/01/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 16

486902
UNIDAD EJECUTORA

NORMAS LEGALES
001 : Instituto Nacional de Estadistica e Informatica

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de enero de 2013

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5002374 : SISFOH ­ Levantamiento de Informacion para la Elegibilidad de Beneficiarios de Programas Sociales 1 : Recursos Ordinarios 70 000 000,00 =========== 70 000 000,00 ===========

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

Decreto Supremo que establece el MORDAZA, la forma, plazos y condiciones de la transferencia de informacion por parte del Ministerio de la Produccion a la SUNAT a que se refiere la Primera Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1126
DECRETO SUPREMO Nº 015-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Congreso de la Republica, mediante Ley Nº 29915, delego en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar sobre las materias senaladas en el articulo 2° de dicha Ley, acerca del fortalecimiento y reforma institucional del sector interior y de defensa nacional, encontrandose dentro de las materias comprendidas en dicha delegacion, el reforzamiento de la estrategia de seguridad y defensa nacional en relacion al control y registro de los insumos quimicos y productos, asi como de maquinarias y equipos que directa o indirectamente sirvan para la elaboracion y trafico de drogas ilicitas; Que, conforme a las facultades referidas en el considerando precedente, el Poder Ejecutivo emitio el Decreto Legislativo Nº 1126, con el objeto de establecer las medidas para el registro, control y fiscalizacion de los Bienes Fiscalizados que, directa o indirectamente, puedan ser utilizados en la elaboracion de drogas ilicitas; Que, de acuerdo con la Primera Disposicion Complementaria Transitoria del referido Decreto Legislativo, modificada por la Undecima Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1127, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria ­ SUNAT asumira las funciones y facultades conferidas al Ministerio de la Produccion por la Ley Nº 28305, normas modificatorias y reglamentarias a los noventa (90) dias calendario contados a partir de la publicacion del Decreto Legislativo Nº 1126. Agrega que para tal efecto mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministerio de la Produccion y el Ministerio de Economia y Finanzas, a propuesta de la SUNAT, se establecera el MORDAZA, la forma, plazos y demas condiciones vinculadas a la transferencia de la informacion por parte del Ministerio de la Produccion; Que, la SUNAT ha propuesto el MORDAZA, la forma, plazos y demas condiciones vinculadas a la transferencia de informacion por parte del Ministerio de la Produccion; Que, en vista de ello, resulta necesario especificar el MORDAZA, la forma, plazos y demas condiciones vinculadas a la transferencia de informacion por parte del Ministerio de la Produccion, a que se refiere la Primera Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1126, modificada por la Undecima Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1127; De conformidad con el inciso 8) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru; el inciso 3) del articulo 11° de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y la Primera Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1126, modificada por la Undecima Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1127; DECRETA: Articulo 1°.- MORDAZA de informacion a transferir 1.1 El Ministerio de la Produccion, en adelante PRODUCE, debera transferir a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria, en adelante SUNAT, a traves de medios informaticos, la totalidad de la informacion existente en la base de datos del Registro Unico para el Control de los Insumos Quimicos y Productos Fiscalizados, el cual contiene toda la informacion de los usuarios, actividades y de los insumos quimicos y productos fiscalizados.

GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios TOTAL EGRESOS

Articulo 2º.- Procedimiento para la aprobacion institucional 2.1 Los titulares de los pliegos habilitador y habilitado en la presente transferencia de partidas, aprueban mediante resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1° de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo. MORDAZA de la resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23° del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto, o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto, o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3º.- Limitacion y lineamientos para el uso de los recursos 3.1 Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el articulo 1° del presente dispositivo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. 3.2 El empadronamiento complementario de hogares se sujetara a los lineamientos y criterios tecnicos aprobados por el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; priorizandose el barrido censal en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y Huancavelica, cuyos resultados deberan ser entregados por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEl en el mes de MORDAZA de 2013. Articulo 4º.- Refrendo El presente decreto supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por la Ministra de Desarrollo e Inclusion Social. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de enero del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura Encargado del Despacho del Ministerio de Economia y Finanzas MORDAZA TRIVELLI MORDAZA Ministra de Desarrollo e Inclusion Social 894394-4

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.