Norma Legal Oficial del día 26 de Enero del año 2013 (26/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

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local ubicado en Habilitacion Industrial T-3 Mz. B Lote 05 Carretera Panamericana Norte Km. 775, Distrito, Provincia y Departamento de MORDAZA, para cuyo efecto manifiesta disponer de personal tecnico calificado, infraestructura y equipamiento para realizar las inspecciones mencionadas; Que, mediante Oficio N° 8357-2012-MTC/15.03 de fecha 04 de diciembre de 2012, notificado el mismo dia, esta administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Empresa, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles; Que, mediante Expediente N° 2012-0022655 de fecha 06 de diciembre de 2012, La Empresa presento diversa documentacion con la finalidad de subsanar las observaciones senaladas en el oficio MORDAZA citado; Que, del analisis de los documentos presentados, se advierte que en ellos se ha dado cumplimiento a los requisitos documentales para solicitar autorizacion como Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular con una linea de inspeccion MORDAZA liviana y una linea de inspeccion MORDAZA pesada, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 37º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial en el Informe Nº 0452013-MTC/15.03.A.A., resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; en el cual se concluye que La Empresa, ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Articulo 37º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, por lo que resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; siendo de aplicacion, ademas, los principios de informalismo, de presuncion de veracidad y de privilegio de los controles posteriores contenidos en el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444; De conformidad con la Ley 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Decreto Supremo Nº 0582003-MTC y sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar por el plazo de cinco (05) anos a la empresa denominada CENTRO DE INSPECCIONES TECNICAS VEHICULARES DEL PERU S.A.C.- CIPE S.A.C. como Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular para operar con una linea de inspeccion MORDAZA liviana y una linea de inspeccion MORDAZA pesada, en el local ubicado en: Habilitacion Industrial T-3 Mz. B Lote 05 Carretera Panamericana Norte Km. 775, Distrito, Provincia y Departamento de Lambayeque. Articulo Segundo.- La Empresa autorizada debera obtener, dentro del plazo MORDAZA de ciento veinte (120) dias calendario a contarse a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral, la "Conformidad de Inicio de Operaciones" expedido por esta Direccion General, la misma que sera emitida luego de recepcionar los documentos: Certificado de Homologacion de Equipos, Certificado de Inspeccion Inicial y la MORDAZA de Calibracion de Equipos emitidos todos ellos por una Entidad Supervisora autorizada o alguna empresa inspectora legalmente establecida en el MORDAZA y cuya MORDAZA matriz este asociada a la Internacional Federation Of Inspection Agencies-IFIA. Articulo Tercero.- Es responsabilidad de La Empresa autorizada renovar oportunamente la Carta Fianza presentada a efectos de respaldar las obligaciones contenidas en el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares aprobada por D.S. Nº 025-2008-MTC durante la vigencia de la autorizacion, MORDAZA del vencimiento de los plazos senalados en el siguiente cuadro:
ACTO Primera renovacion de carta fianza MORDAZA renovacion de carta fianza Tercera renovacion de carta fianza Cuarta renovacion de carta fianza MORDAZA renovacion de carta fianza Fecha MORDAZA de MORDAZA 13 de agosto del 2013 13 de agosto del 2014 13 de agosto del 2015 13 de agosto del 2016 13 de agosto del 2017

En caso que la empresa autorizada no cumpla con presentar la renovacion de la Carta Fianza MORDAZA de su vencimiento, se procedera conforme a lo establecido en el literal c), Articulo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Cuarto.- La Empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil contratada, MORDAZA del vencimiento de los plazos que se senalan a continuacion:
ACTO Fecha MORDAZA de MORDAZA

Primera renovacion o contratacion de nueva poliza 01 de setiembre del 2013 MORDAZA renovacion o contratacion de nueva 01 de setiembre del 2014 poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza 01 de setiembre del 2015 Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza 01 de setiembre del 2016 MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza 01 de setiembre del 2017

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el literal c), Articulo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Quinto.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la empresa denominada CENTRO DE INSPECCIONES TECNICAS VEHICULARES DEL PERU S.A.C.- CIPE S.A.C., a traves de su Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular, se apliquen las sanciones administrativas establecidas en la Tabla de Infracciones y Sanciones correspondiente. Articulo Sexto.- Remitir a la Superintendencia Nacional de Transportes de Personas, Carga y Mercancias - SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia Articulo Septimo.- El CENTRO DE INSPECCIONES TECNICAS VEHICULARES DEL PERU S.A.C.- CIPE S.A.C., debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre ­ DGTT del Ministerio de Transportes y Comunicaciones los siguientes documentos: Documentos Relacion del equipamiento requerido por el Articulo 34° del presente Reglamento acompanada con los documentos que sustenten la propiedad y/o condiciones de arrendatario financiero sobre los mismos. Planos de ubicacion, distribucion y Memoria Descriptiva del local del Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular ­ CITV con su respectiva memoria descriptiva. Licencia de Funcionamiento y Certificado de compatibilidad de uso emitido por la municipalidad correspondiente Fecha MORDAZA de MORDAZA Noventa (90) calendarios otorgamiento autorizacion dias de la

Treinta (30) dias calendarios de otorgada la autorizacion. Noventa (90) dias calendarios de otorgada la autorizacion

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la documentacion senalada se procedera de acuerdo a la normatividad vigente. Articulo Octavo.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion, siendo de cargo de la empresa denominada CENTRO DE INSPECCIONES TECNICAS VEHICULARES DEL PERU S.A.C.- CIPE S.A.C., los gastos que origine su publicacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 892024-1

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