Norma Legal Oficial del día 26 de Enero del año 2013 (26/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de enero de 2013

mas proximo se encuentra ubicado en la sede de la Provincia de Bagua, a una distancia de 7 kilometros, que significan 25 minutos de MORDAZA en vehiculo a un costo de S/. 10.00; con el consiguiente perjuicio economico y de tiempo, por cuya razon no tienen acceso a un oportuno servicio de administracion de justicia. Tercero. Que el Informe N° 304-2012-SEP-GPGG-PJ remitido por la Gerencia General de Poder Judicial, concluye que es factible la creacion del Juzgado de Paz en el Centro Poblado Peca MORDAZA, Distrito y Provincia de Bagua, Departamento y Distrito Judicial de Amazonas; consignandose su competencia territorial. Cuarto. Que por el numero de habitantes de las comunidades a los que beneficiaria el organo jurisdiccional, entre los que se presentan conflictos de naturaleza civil, penal, familiar; asi como asuntos notariales; y encontrandose dentro de los objetivos principales de las politicas implementadas por este Poder del Estado, precisamente la de eliminar las barreras que impiden el acceso al Poder Judicial a las poblaciones mas alejadas de los centros urbanos del MORDAZA, y en aras de brindar un servicio de justicia en forma rapida y eficaz, resulta procedente la peticion que se formula. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 1146-2012 de la sexagesima cuarta sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores San MORDAZA MORDAZA, Walde MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y Chaparro MORDAZA, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Peca MORDAZA, que tendra competencia ademas en los Sectores La Cooperativa, La Playa, Alenya Bajo, San MORDAZA y San Miguel; Distrito y Provincia de Bagua, Departamento y Distrito Judicial de Amazonas. Articulo Segundo.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Amazonas, Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Presidente 894283-1

Primero. Que la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial y sus Oficinas Desconcentradas se encargan de velar por los derechos de los usuarios del Poder Judicial, investigando y sancionando actos irregulares, a fin de garantizar a los justiciables un MORDAZA judicial transparente e imparcial. Segundo. Que conforme a los criterios previstos para la realizacion de las labores de control a nivel de los organos de linea desconcentrados, estos se encuentran integrados por Jueces Superiores, Jueces Especializados o Mixtos y/o Jueces de Paz Letrados, y el trabajo que desarrollan en materia de control disciplinario es en adicion a sus funciones jurisdiccionales. Tercero. Que de los MORDAZA estadisticos adjuntados al informe emitido por la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, se verifica la relacion de jueces que en adicion a sus funciones jurisdiccionales integran las Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura de cada uno de los Distritos Judiciales del pais. Alli se especifica la produccion que han tenido y la carga registrada durante el ano judicial 2011, comprobandose que cuentan con una considerable produccion de expedientes resueltos y una carga final de expedientes por resolver, que sumada a la cantidad de expedientes que cada juez asume en sus respectivos despachos judiciales, nos indica de la carga importante que diariamente deben afrontar, sin descuidar la cantidad y calidad de resoluciones jurisdiccionales y/o informes finales que en ejercicio de su funcion jurisdiccional y contralora, les corresponde emitir, respectivamente. Cuarto. Que lo senalado precedentemente, representa una labor encomiable por parte de los jueces que tal como se ha senalado, en adicion a sus funciones jurisdiccionales, realizan labor en las Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura, lo que amerita ser tomado en cuenta, no solo para efectos de produccion sino como un mecanismo que premie las buenas practicas judiciales e incentive el trabajo MORDAZA de los jueces por su buen rendimiento y desempeno laboral. Tanto mas si se considera que la delicada y esencial funcion contralora, significa aporte importante en el objetivo de lograr un mejor servicio de administracion de justicia, acorde con la politica asumida por este Organo de Gobierno. Por todo lo cual resulta viable la peticion formulada. Por estos fundamentos, en merito al Acuerdo N° 1147-2012 de la sexagesima cuarta sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores San MORDAZA MORDAZA, Walde MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y Chaparro MORDAZA, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, de conformidad con el informe del senor Walde Jauregui. Por unanimidad. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer que, a partir del 1 de enero de 2013, los informes finales que emiten los jueces substanciadores que integran las Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura en las Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA, como consecuencia de los procedimientos disciplinarios que se les asigna en adicion de sus funciones jurisdiccionales, se considere como produccion. Articulo Segundo.- Transcribir la presente Resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Presidente 894283-2

Disponen que los informes finales que emiten los jueces substanciadores que integran las Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura en las Cortes Superiores de Justicia, como consecuencia de procedimientos disciplinarios que se les asigna en adicion de sus funciones jurisdiccionales, se consideren como produccion
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 267-2012-CE-PJ MORDAZA, 26 de diciembre de 2012 VISTO: El Oficio N° 05-2012-JJ/PJ cursado por la Jueza Decana de la Provincia de Barranca, Corte Superior de Justicia de Huaura, por el cual remite propuesta para que los informes finales que se emiten en procedimientos disciplinarios, MORDAZA considerados como produccion.

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