Norma Legal Oficial del día 26 de Enero del año 2013 (26/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

486953

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Establecen disposiciones para la "Condonacion de Incremento de Arbitrios Municipales para el Ano 2013"
ORDENANZA N° 155-MDSL San MORDAZA, 23 de enero de 2013 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA VISTO: En la Sesion de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 003-2013-CEPAL-SR-MDSL de fecha 22ENE2013, presentado por la Comision de Economia, Presupuesto y Asuntos Legales - CEPAL. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con las atribuciones conferidas mediante el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de la reforma Constitucional, las Municipalidades goza de autonomia politica, economica y administrativa, en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 40º de la Ley 27972 - Ley Organica de Municipalidades en concordancia con el numeral 4 del articulo 200º de la Constitucion Politica del Estado, establece que las Ordenanzas Municipales son las normas de caracter General de Mayor Jerarquia en la estructura normativa Municipal, teniendo rango de Ley; Que, conforme a lo establecido en la MORDAZA III y IV del Titulo preliminar del Decreto Supremo 135-99-EFTexto Unico Ordenado del Codigo Tributario modificado por el Decreto Legislativo Nº 953, los Gobiernos Locales mediante Ordenanzas, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos; dentro de su jurisdiccion, con los limites que senala la Ley; Que, sin perjuicio de los parametros de caracter obligatorio establecidos en las sentencias del Tribunal Constitucional recaidas en los expedientes Nº 0412004-TC y Nº 053-2004-TC respecto a la determinacion y calculo de los arbitrios, la Municipalidad de San MORDAZA considera conveniente subvencionar parte de los costos de arbitrios de los predios destinados a MORDAZA habitacion; que reflejen un incremento sustancial en el presente ano, a efectos de que el impacto sea asumido progresivamente en cada ejercicio por los contribuyentes hasta alcanzar un nivel optimo que evite perjuicios economicos; Que, teniendo en consideracion que la aplicacion de la Ordenanza Municipal Nº 154-mdsl que prorroga la Ordenanza N°130-MDSL, ocasionara un incremento promedio de 11.54%, en los servicios Municipales a brindar en este Distrito, resulta conveniente que esta administracion establezca topes de aplicacion exclusiva a los inmuebles de uso MORDAZA ­ habitacion gravados con los Arbitrios Municipales a efectos que el impacto por este incremento sea asumido progresivamente en cada ejercicio por los contribuyentes hasta alcanzar un nivel optimo que les evite un perjuicio economico; Estando a lo expuesto, contando con el informe favorable de la Gerencia de Asesoria Legal, expresada mediante los Informes Nº 022 y 011-2013-GAL-MDSL del 18 y 07ENE2013 respectivamente y en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 9º asi como el articulo 40º de la Ley 27972, Ley Organica de Municipalidades, contando con el MORDAZA Unanime de los miembros presentes del Concejo Municipal, asi como con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, se expide la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE "CONDONACION DE INCREMENTO DE ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL ANO 2013" Articulo Primero.CONDONACION INCREMENTO DE ARBITRIOS MUNICIPALES AL

a) Establezcase por medio de la presente la condonacion del ochenta por ciento (80%) del incremento de la tasa por Arbitrios Municipales de limpieza publica, parques y jardines y serenazgo del ano 2013 aprobados mediante Ordenanza N° 154-MDSL, que prorroga la Ordenanza N° 130-MDSL con relacion a los Arbitrios cancelados para el ejercicio 2012, solo para aquellos predios destinados a MORDAZA ­ Habitacion. b) Establezcase por medio de la presente la condonacion del setenta por ciento (70%) del incremento de la tasa por Arbitrios Municipales de limpieza publica, parques y jardines y serenazgo del ano 2013 aprobados mediante Ordenanza N° 154-MDSL, que prorroga la Ordenanza N° 130-MDSL con relacion a los Arbitrios cancelados para el ejercicio 2012, solo para aquellos predios con uso distinto a MORDAZA ­ Habitacion Articulo Segundo.- PRECISIONES RESPECTO A LA CONDONACION. Precisar que para la condonacion mencionada en el articulo 1° de la presente MORDAZA, se tomara como referencia, unicamente los pagos realizados para el ejercicio 2012 bajo los alcances de la Ordenanza N° 130MDSL, para aquellos predios con uso MORDAZA habitacion. El mismo beneficio de condonacion sera de aplicacion, inclusive, para aquellas unidades inmobiliarias accesorias al predio principal (estacionamientos, cocheras, garajes, tendales, azoteas, aires y otros afines) y que se encuentren independizadas registralmente, siempre que no hayan sido arrendadas, dados en uso a terceros o MORDAZA empleadas para desarrollar actividades economicas de cualquier naturaleza. Articulo Tercero.- FIJACION DE MONTOS MINIMOS Como producto de la aplicacion de la condonacion mencionada, los Arbitrios Municipales del ejercicio 2012 no podran ser menores a S/. 20.00 (veinte y 00/100 nuevos soles) al ano por predio destinado a MORDAZA ­ habitacion, salvo en los casos que sin la aplicacion de la presente condonacion, la determinacion de los arbitrios del 2012 aprobado mediante Ordenanza N° 130-MDSL hubiese sido originalmente menor o igual a veinte nuevos soles. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- FACULTESE al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia pueda dictar las normas complementarias necesarias para la correcta aplicacion de la presente ordenanza, asi como para determinar y aprobar la prorroga de su vigencia. Segunda.- El subsidio generado por la aplicacion de los beneficios dispuestos a traves de la presente ordenanza, sera asumido integramente por la Municipalidad. Tercera.- ENCARGAR a la Secretaria General, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informatica y a la Subgerencia de Informatica y Estadistica la publicacion del integro de la presente ordenanza en el Diario Oficial el Peruano y el MORDAZA institucional. Cuarta.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas y la Subgerencia de Informatica y Estadistica el acondicionamiento del Sistema de Rentas para el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal. Quinta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 893512-1

Fijan monto de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion y distribucion del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio Fiscal 2013
ORDENANZA N° 156-MDSL San MORDAZA, 23 de enero de 2013

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