Norma Legal Oficial del día 26 de Enero del año 2013 (26/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

486955

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 0022013-CEPAL-SR-MDSL de fecha 22ENE2013, a traves del cual la Comision de Economia, Presupuesto y Asuntos Legales, por Unanimidad, Dictaminan Aprobar el proyecto de "Ordenanza que Aprueba Incentivos por el Pronto Pago de Tributos contenidos en la cuponera de pagos de Tributos 2013"; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de Reforma Constitucional N° 28607, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno locales y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 74° de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado ­ TUO del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-99-EF, otorga a los gobiernos locales potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, asi como exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, mediante Ordenanza N°154 -MDSL ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 2425 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, publicados el 30DIC2012, se aprobo el Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio 2013; Que, la citada Ordenanza senala en su articulo 5° que la periodicidad de la tasa de arbitrios municipales es mensual y su recaudacion se realizara en forma trimestral hasta el ultimo dia habil de los meses de febrero, MORDAZA, agosto y noviembre; Que, siendo los arbitrios municipales de determinacion mensual, sin embargo es pertinente establecer las fechas para su cancelacion y en concordancia con la MORDAZA XII del TUO del Codigo Tributario, aprobado por D.S. 13599-EF, a merito de la cual se preve que "Para efecto de los plazos establecidos en las normas tributarias debera considerarse lo siguiente: (...) b) Los plazos expresados en dias se entenderan referidos a dias habiles", por lo que se hace necesario publicar el calendario de vencimientos; Que, es politica de esta gestion edilicia incentivar el cumplimiento oportuno del pago de los tributos de los contribuyentes de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, y una manera efectiva de hacerlo es a traves de descuentos por el pago anual o trimestral adelantado de los tributos contenidos en la cuponera de pagos; Que, asimismo se tiene a la vista el Informe Nº 0052013-GM-MDSL de la Gerencia Municipal, Informe Nº 023-2013-MDSL-GAL de la Gerencia de Asesoria Legal y el Informe Nº 001-2013-GR/MDSL de la Gerencia de Rentas; Estando a lo expuesto, con la opinion favorable de la Gerencia de Asesoria Legal; y de conformidad a lo establecido en el numeral 8 del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, el Concejo con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, aprobo por Unanimidad de sus miembros presentes, lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA INCENTIVOS POR EL PRONTO PAGO DE TRIBUTOS CONTENIDOS EN LA CUPONERA DE PAGOS DE TRIBUTOS 2013 Articulo Primero.- OBJETIVO Y FINALIDAD Aprobar las fechas de vencimiento para el pago de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2013 y establecer los incentivos tributarios para el pronto pago del Impuesto Predial y Arbitrios del ejercicio 2013 a cargo de la Municipalidad Distrital de San Luis;

Articulo Segundo.- REGIMEN DE INCENTIVOS En cuanto al Regimen de Incentivos; los contribuyentes podran optar por acogerse a los descuentos por pronto pago bajo las siguientes modalidades: a) 15% de descuento sobre la tasa de Arbitrios Municipales 2013, a condicion que se cancelen los cuatro (04) trimestres de Arbitrios Municipales y el Impuesto Predial anual, hasta el 28 de Febrero del 2013. b) 10% de descuento sobre la tasa de Arbitrios Municipales 2013, a condicion que se cancelen cuatro (04) trimestres de Arbitrios Municipales, hasta la fecha de vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial 2013. c) 5% de descuento sobre la tasa de Arbitrios Municipales 2013 a condicion que se cancelen (02) dos trimestres de Arbitrios Municipales, hasta la fecha de vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial 2013. Articulo Tercero.- PRECISIONES RESPECTO A LA SITUACION QUE GENERA EL BENEFICIO En todas las modalidades de descuento por pronto pago descritas en el Articulo 2º de la presente Ordenanza, el beneficio se aplica por anexo o predio cancelado. Articulo Cuarto.- DE LAS FECHAS DE VENCIMIENTO DE PAGO Fijese las fechas de vencimiento para la recaudacion de arbitrios del 2013, de acuerdo al siguiente cronograma: Enero, Febrero y Marzo, el 28-02-2013 MORDAZA, MORDAZA y Junio, el 31-05-2013 MORDAZA, Agosto y Septiembre, el 29-08-2013 Octubre, Noviembre y Diciembre, el 29-11-2013 Articulo Quinto.- PRECISIONES RESPECTO A LA SITUACION QUE GENERA EL INCENTIVO Los incentivos establecidos en la presente Ordenanza son aplicables solo al insoluto de Arbitrios Municipales, de acuerdo a la fecha de vencimiento respectivo. En todas las modalidades de descuento por pronto pago de Arbitrios Municipales, que se detallan en el articulo 2° el incentivo sera aplicado por anexo cancelado. En el caso de los pensionistas, podran acogerse al incentivo senalado en el articulo 2° literal a) previo pago de los derechos de emision correspondiente. Asimismo se establece como condicion que para acceder a los beneficios de descuento senalados en el articulo 2° de la presente Ordenanza, es necesario que los contribuyentes de la Municipalidad no registren deuda alguna respecto de anos anteriores. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar a la Gerencia de Rentas y a la Subgerencia de Informatica y Estadistica el cumplimiento de la presente Ordenanza, en lo que sea de su competencia. Segunda.- Encargar a la Secretaria General, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informatica y a la Subgerencia de Informatica y Estadistica la publicacion del integro de la presente ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano" y el MORDAZA institucional. Tercera.- Facultese al senor MORDAZA para que mediante Decreto pueda prorrogar las fechas de vencimiento establecidas en el articulo 4°, si la gestion operativa de los tributos indicados, asi lo amerite. Cuarta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 893514-1

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