Norma Legal Oficial del día 26 de Enero del año 2013 (26/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES
MES ENERO FEBRERO MARZO MORDAZA MORDAZA JUNIO MORDAZA AGOSTO SETIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de enero de 2013

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Aprueban Ordenanza que otorga beneficios extraordinarios por pronto pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al Ejercicio 2013
ORDENANZA Nº 338-MDSMP San MORDAZA de Porres, 24 de enero del 2013 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES POR CUANTO: En Sesion Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 24.ENERO.2013, con el quorum reglamentario de los senores regidores, se trato sobre el proyecto de ordenanza que otorga beneficios tributarios; y CONSIDERANDO: Que, en Sesion Ordinaria de concejo de la fecha se trato sobre el proyecto de ordenanza que otorga Beneficios Extraordinarios por Pronto Pago, toda vez que constituye una forma de incentivar e impulsar el cumplimiento voluntario y oportuno de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes de nuestra jurisdiccion; contandose para tal efecto con los informes favorables de la Gerencia de Administracion Tributaria (Informe Nº 001-2013-GAT/MDSMP), Gerencia de Asesoria Juridica (Informe N° 016-2013-GAJ/MDSMP) y Gerencia Municipal (Proveido N° 0058-13-GM); De conformidad con los articulos 9, incisos 8) y 9), asi como 40 de la Ley N° 27972 - Organica de Municipalidades; articulos 36 y 41 del Codigo Tributario, asi como articulo 60 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF; con el MORDAZA Mayoritario de los senores regidores y con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta, el Concejo Municipal de San MORDAZA de Porres ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIOS EXTRAORDINARIOS POR PRONTO PAGO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo Primero.- AMBITO DE APLICACION La presente ordenanza es de aplicacion en la jurisdiccion distrital de San MORDAZA de Porres. Articulo Segundo.- FINALIDAD La presente Ordenanza tiene por finalidad otorgar un beneficio extraordinario que incentive el Pronto Pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al Ejercicio 2013. Articulo Tercero.- FECHAS DE VENCIMIENTO VENCIMIENTO DEL IMPUESTO PREDIAL El cronograma de pago del Impuesto Predial se sujetara a lo establecido en el articulo 15º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por el Decreto Supremo 156-2004-EF VENCIMIENTO DE ARBITRIOS MUNICIPALES A efectos del pago de las obligaciones tributarias de los Arbitrios Municipales del Ejercicio 2013, se debera tener en cuenta el siguiente cronograma:

FECHA DE VENCIMIENTO 28.FEBRERO.2013 28.FEBRERO.2013 31.MARZO.2013 30.ABRIL.2013 31.MAYO.2013 30.JUNIO.2013 31.JULIO.2013 31.AGOSTO.2013 30.SETIEMBRE.2013 31.OCTUBRE.2013 30.NOVIEMBRE.2013 31.DICIEMBRE.2013 CAPITULO II

Articulo Cuarto.- PLAZO: El plazo para acogerse a los beneficios que concede la presente Ordenanza vence el dia 28.FEBRERO.2013. Articulo Quinto.- BENEFICIO EXTRAORDINARIO: Los contribuyentes que se acojan a la presente Ordenanza podran obtener los siguientes beneficios: 1) Descuentos del 7% sobre el monto total anual a pagar por Arbitrios Municipales correspondientes al periodo 2013, siempre que se efectue el pago de la totalidad del Impuesto Predial y Arbitrios correspondiente al periodo 2013, hasta el ultimo dia habil del mes de Febrero del 2013 2) Descuentos del 4% sobre el monto total anual a pagar por Arbitrios Municipales correspondientes al periodo 2013, siempre que se efectue el pago de la totalidad de los Arbitrios correspondientes al periodo 2013, hasta el ultimo dia habil del mes de Febrero del 2013. Articulo Sexto.- MULTAS TRIBUTARIAS: Otorgar la condonacion del 100% del pago de las Multas Tributarias que se encuentren en la via ordinaria y que hayan sido generadas por la omision de la declaracion oportuna, impuestas por las Subgerencias de Registro Tributario y/o Fiscalizacion Tributaria, siempre y cuando el contribuyente cumpla con cancelar la totalidad del Impuesto Predial 2013. La condonacion de la Multa Tributaria no exime al obligado de cumplir con la obligacion formal pendiente. DISPOSICIONES FINALES Primera.- DEL CUMPLIMIENTO: ENCARGAR a la Gerencia de Administracion Tributaria, Gerencia de Administracion y Finanzas, asi como Subgerencia de Informatica y Desarrollo Tecnologico, el cumplimiento de la presente Ordenanza; y a la Subgerencia de Comunicaciones la difusion de sus alcances. Segunda.DE LA REGLAMENTACION Y PRORROGA: FACULTAR al senor MORDAZA para que, mediante decreto de alcaldia, dicte las disposiciones reglamentarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza, asi como la prorroga de su vigencia. Tercera.- VIGENCIA: La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. FREDDY S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 894289-1

Establecen disposiciones para la realizacion de Matrimonios Civiles Comunitarios en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-2013/MDSMP San MORDAZA de Porres, 3 de enero del 2013

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