Norma Legal Oficial del día 26 de Enero del año 2013 (26/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de enero de 2013

EL MORDAZA DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE PORRES VISTO: El Informe Nº 003-2013-GPP/MDSMP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; y CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM que aprueba el Formato del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), publicado en el diario oficial "El Peruano" con fecha 24.SETIEMBRE.2009, establece en su articulo MORDAZA que, dentro de los treinta (30) dias habiles siguientes a la vigencia de la modificacion del valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), se debera efectuar la reconversion de los nuevos terminos porcentuales aplicables como resultado de la division del monto de cada derecho de tramitacion vigente en el MORDAZA, entre el MORDAZA valor de la UIT, cuyo monto para el Ano Fiscal 2013 ha sido fijado en Tres mil setecientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 3,700.00) mediante Decreto Supremo Nº 2642012-EF, publicado en el diario oficial "El Peruano" con fecha 20.DICIEMBRE.2012; Que, la modificacion del valor de la UIT no implica la modificacion automatica del monto de los derechos de tramitacion contenidos en el MORDAZA y la reconversion de los nuevos terminos porcentuales de los derechos administrativos contenidos en el MORDAZA se debe publicar dentro del plazo senalado en el Considerando precedente, en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas, asi como en el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres (www.mdsmp.gob.pe), a traves de los funcionarios responsables; Que, mediante Informe de Visto, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de la Entidad eleva la propuesta de Reconversion de los Nuevos Terminos Porcentuales de los Derechos Administrativos vigentes contenidos en el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, relacionado con la UIT establecida para el Ano Fiscal 2013; Que, con Informe N° 007-2013-GAJ/MDSMP, la Gerencia de Asesoria Juridica opina por la conformidad del documento de Reconversion de los Nuevos Terminos Porcentuales de los Derechos Administrativos vigentes contenidos en el MORDAZA de esta corporacion municipal; Con la visacion de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoria Juridica y Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; De conformidad con los articulos 20º, inciso 6); 39 y 42º de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades, asi como articulo 38°, numeral 38.5 de la Ley Nº 27444 ­ del Procedimiento Administrativo General; DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR la Reconversion de los Nuevos Terminos Porcentuales de los Derechos Administrativos vigentes contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, cuyo detalle en documento Anexo forma parte integrante del presente decreto. Articulo Segundo.- DEROGAR el Decreto de Alcaldia N° 002-2009/MDSMP (29.ENERO.2009). Articulo Tercero.- ENCARGAR el estricto cumplimiento del presente decreto a las areas administrativas de la Entidad que correspondan, asi como su publicacion a la Secretaria General. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. FREDDY S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 894285-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Aprueban proyecto de regularizacion de habilitacion MORDAZA ejecutada de lote unico de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION DE GERENCIA Nº 359-2012-GODU-GG/MDSA MORDAZA MORDAZA, 18 de Diciembre de 2012 VISTO: El expediente Nº 210 de fecha 09-01-2009, promovido por la Red Asistencial Almenara ESSALUD, y con el cual solicita la aprobacion de la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada de Lote Unico del terreno de 106,473.93 m2 calificado con Zonificacion Otros Usos (OU) y Hospital Especializado (H4), constituido por Parte del Fundo MORDAZA Denominado "Asesor", en colindancia con el Km. 3.5 Carretera Central, jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA, Provincia y Departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, el articulo 730 Numeral 1 Inc. 1.3 de la Ley Nº 27972 senala que una de las funciones especificas de las municipalidades es la organizacion de espacios fisicos y uso del suelo en materia de habilitaciones urbanas. Lo anterior se complementa con lo establecido en el articulo 790 numeral 3.6 Inc. 1 de la acotada Ley, que determina dentro de las funciones especificas y exclusivas de las municipalidades distritales, la de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de, entre otros aspectos sobre habilitaciones urbanas; Que, el articulo 40 de la Ley Nº 29090-Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones establece que corresponde a las municipalidades distritales, en el ambito de su jurisdiccion, la aprobacion de proyectos de habilitacion MORDAZA y edificacion, de conformidad con lo dispuesto en la Ley deNº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Asimismo, establece que corresponde a las municipalidades, conforme su jurisdiccion, competencias y atribuciones, el seguimiento supervision y fiscalizacion en la ejecucion de los proyectos contemplados en las diversas modalidades establecida en la presente Ley; Que, la Comision Tecnica Dictaminadora de Habilitaciones Urbanas mediante Acuerdo Nº 0052009-CTDHU/MDSA de fecha 30 de Octubre del 2009 emitio dictamen FAVORABLE hacia la solicitud de Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada, para Usos Especiales (OU) del terreno de 106,473.93 m2 constituido por Parte del Fundo MORDAZA denominado "Asesor" segun Nº Partida 07024662 y que colinda con el Km. 3.5 de la Carretera Central, jurisdiccion de este distrito, indicando observaciones que fueron subsanadas con la MORDAZA de Conformidad Tecnica para la Calidad de Desagues emitida por la empresa SEDAPAL mediante Carta Nº 1234-2010/EEC-AR de fecha 02 de Setiembre del 2010 y las posteriores Cartas Nº 530-2011/EOMR. AV del 24.Jun.2011, Carta Nº 824-2011/EOMR-AV de fecha 21.Sept.2011, que amplia a la Carta Nº 530-2011EOMR-AV de fecha 24.JUN.2011, indicando que se ha cumplido con la regularizacion de conexion irregular de alcantarillado existente en el predio mencionado; Que, con Carta DPHC.08.0768158, emitida por la empresa Luz del Sur S.A.A. de fecha 11 de Febrero del 2008 manifiesta que actualmente existen redes electricas en dicha MORDAZA, mediante los cuales se atienden los requerimientos de energia electrica segun evaluaciones tecnicas; Que, con Oficio Nº 3555-2009-DA/DREPH/INC, LA Direccion de Arqueologia del Instituto Nacional de Cultura remite al gerente de EsSalud el Certificado de Inexistencia de Restos Arqueologicos Nº 2009-663, en el cual concluye

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