Norma Legal Oficial del día 26 de Enero del año 2013 (26/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de enero de 2013

del ex-Autodromo "Henry Bradley", que corresponde a la antigua Lotizacion Semirustica "Campomar", inscrito en la Ficha Nº 89241 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA, continuada actualmente en la Partida Nº 49071779 del Registro de Predios de MORDAZA, ubicado a la altura del Km. 42 de la Autopista Panamericana Norte, en el Distrito de MORDAZA MORDAZA, Provincia y Departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, por mandato de rango constitucional, los gobiernos locales tienen competencia para planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, urbanismo y el acondicionamiento territorial, asi como para fomentar la competitividad, las inversiones y el financiamiento para la ejecucion de proyectos y obras de infraestructura local, desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de vivienda, saneamiento, medio ambiente, sustentabilidad de los recursos naturales, y para ejercer las demas atribuciones inherentes a su funcion, conforme a ley, segun lo establece el articulo 195º, incisos 6), 7), 8) y 10) de la Constitucion Politica del Peru. Que, en ese sentido, corresponde a las municipalidades distritales en el ambito de sus respectivas circunscripciones territoriales, conocer, tramitar y aprobar las solicitudes de habilitacion MORDAZA, de acuerdo a la competencia especifica conferida mediante el articulo 4º, inciso 9), de la Ley 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, modificado por el articulo 6º de la Ley Nº 29476, en concordancia con el articulo 79º, inciso 3), numeral 3.6.1, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, Decreto Supremo Nº 0242008-VIVIENDA, Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion, Decreto Supremo Nº 003-2010-VIVIENDA, modificatoria del Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion y demas normas conexas. Que, los asuntos que por mandato constitucional y legal son de competencia municipal, se ejercen dentro del MORDAZA de autonomia politica, economica y administrativa que les reconoce a los gobiernos locales el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado. Que, en el presente caso, el administrado ha presentado un proyecto de habilitacion MORDAZA disenado sobre el ambito inmobiliario que conformo el predio matriz de 200,000 m2 de la antigua Lotizacion Semirustica Campomar, inscrito en la Ficha Nº 89241 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA, con la finalidad de adecuarse al entorno y garantizar la continuidad de la trama MORDAZA, sujetandose a la nueva zonificacion de Uso Residencial de Densidad Media (RDM) aprobada por Ordenanza Nº 1524-MML del 28 de MORDAZA de 2011, asi como al Planeamiento Integral y de Vias, Aportes y Futuro Desarrollo MORDAZA, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 340-2012-MDSR del 2 de febrero de 2012, publicado el 10 de Marzo del 2012 en el Diario Oficial El Peruano. Que, atendiendo a ello, resulta de aplicacion lo establecido por el articulo 35º de las Normas que regulan los Procedimientos de Habilitaciones Urbanas para la Provincia de MORDAZA, aprobado por Decreto de Alcaldia Nº 079 del 30 de setiembre del 2005, conforme al cual: "En el caso de predios que tengan la calificacion de semirusticos, aun cuando se hayan dado cambios de zonificacion con posterioridad a tal calificacion, que a la fecha se encuentran circunscritos en zonas totalmente urbanizadas y que no hayan completado la ejecucion de las obras de caracter publico (como electrificacion, agua y desague, pistas y veredas); de oficio o a peticion de la parte interesada, debera regularizar la habilitacion MORDAZA convencional correspondiente, con la finalidad que se adecue a las caracteristicas y necesidades del entorno". Que, a tal efecto, el administrado ha acreditado su conformidad, como titular de todos los lotes de su propiedad integrantes de la antigua Lotizacion Semirustica Campomar, para que dichos lotes reviertan a la partida matriz, a fin de someterse a la recomposicion MORDAZA derivada del proyecto de habilitacion presentado, y asimismo se ha acreditado la conformidad del Club Las Palmeras, en su condicion de titular del Lote 22 de la Manzana D, de 2,520 m2, inscrito en la Ficha Nº 1602195 del Registro de Predios de MORDAZA, y de todas sus unidades inmobiliarias integrantes, para el desarrollo de dicho proyecto, garantizandose la no afectacion del area, ni de las medidas u otras caracteristicas de dicho predio.

Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 340-2012MDSR del 2 de febrero del 2012 se aprobo el Planeamiento Integral y de Vias, Aportes y Futuro Desarrollo MORDAZA respecto del inmueble matriz de 200,000.00 m2, correspondiente a la antigua Lotizacion Semirustica "Campomar", lo que afecto como carga a todos los lotes integrantes de dicha Lotizacion, sujetandose a la zonificacion de Uso Residencial de Densidad Media (RDM) y, por consiguiente, a la competencia constitucional y legal de este Municipio para declarar la recomposicion del area util y vias locales, al verificarse que no se afecta el derecho de terceros. Que, siendo ello asi, con la aprobacion del proyecto de habilitacion MORDAZA materia del presente procedimiento, queda automaticamente sin efecto la antigua Lotizacion Semirustica "Campomar", revirtiendo todos los lotes de dicha antigua Lotizacion al predio matriz, para someterse a la respectiva recomposicion MORDAZA, a excepcion del MORDAZA mencionado Lote 22 de la Manzana D, el mismo que mantiene su dimension y caracteristicas al no haber sido afectado por el diseno del proyecto presentado. Que, en Sesion N° 02 de fecha 13 de Diciembre del 2012, la Comision Tecnica Calificadora y Dictaminadora de Habilitaciones Urbanas emitio dictamen favorable con opinion CONFORME, respecto al expediente tecnico materia del presente procedimiento, suscribiendose el Acta respectiva. Que, con Informe Legal Nº 262-2012 GAJ/MDSR de fecha 21 de Noviembre de 2012, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica de esta Corporacion, se senala que el proyecto presentado cumple con los requisitos legales necesarios para la aprobacion de la Habilitacion MORDAZA para Uso Residencial de Densidad Media "RDM", por lo que resulta procedente emitir el acto resolutivo correspondiente. Que, el numeral 1.1) del Articulo IV de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que ´´Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitucion, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estan atribuidas y de acuerdo con los fines para los que le fueron conferidas´´ En uso de la delegacion de facultades otorgadas mediante Decreto de Alcaldia Nº 003-2009-MDSR, de fecha 14 de Setiembre del 2009, y de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0242008-VIVIENDA, Ordenanza Nº 1524-MML, Ordenanza Nº 341-MML, Ordenanza Nº 836-MML, Ley Nº 27444, del Procedimiento Administrativo General y el Reglamento Nacional de Edificaciones. SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el Proyecto de HABILITACION MORDAZA DENOMINADA "SANTA MORDAZA DEL NORTE" para Uso Residencial de Densidad Media (RDM), a desarrollarse en tres (3) etapas, respecto de la extension superficial de 200,000.00 m2., del predio matriz del ex Autodromo MORDAZA MORDAZA, que corresponde a la antigua Lotizacion Semirustica "Campomar", inscrito en la Ficha Nº 89241 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA, continuada actualmente en la Partida Nº 49071779 del Registro de Predios de MORDAZA, ubicado a la altura del Km. 42 de la Autopista Panamericana Norte, en el Distrito de MORDAZA MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, de conformidad con el Planeamiento Integral aprobado por Ordenanza Municipal Nº 340-2012-MDSR del 02 de Febrero del 2012, quedando, en consecuencia, sin efecto la referida Lotizacion Semirustica "Campomar", revirtiendo los lotes y vias locales a su partida matriz para el MORDAZA diseno y recomposicion MORDAZA, a excepcion del Lote 22 de la Manzana D de dicha Lotizacion, inscrito en la Ficha Nº 1602195 del Registro de Predios de MORDAZA, y de todas sus unidades inmobiliarias integrantes, los cuales no se afectan por el proyecto que es materia de la presente Resolucion, de conformidad con el Plano de Trazado y Lotizacion signado con el Nº L-01a_ y la Memoria Descriptiva que forman parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- AUTORIZAR a la empresa Promotora MORDAZA S.A.C. la ejecucion de obras y la celebracion de contratos de compra venta garantizada

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