Norma Legal Oficial del día 26 de Enero del año 2013 (26/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de enero de 2013

Articulo Cuarto.- DISPONER las reservas de los aportes para Recreacion Publica, Renovacion MORDAZA, Parques Zonales, Ministerio de Educacion y Municipalidad Distrital, segun datos indicados en el Cuadro de Areas que se aprueba, para ser transferidos, en su oportunidad, a la entidad competente, de acuerdo a ley. Articulo Quinto.- DISPONER que Promotora MORDAZA S.A.C., al concluir las obras de cada una de las etapas del proyecto de habilitacion MORDAZA debera solicitar la recepcion de obras, de acuerdo a lo indicado en el numeral c) del articulo 13º de la Ley 29090. Articulo Sexto.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, cuyo costo estara a cargo del administrado, en un plazo de (30) dias calendario contados a partir de su notificacion. Articulo Setimo.- REMITASE, MORDAZA de la presente Resolucion a los interesados para las acciones de su competencia. Articulo Octavo.- REMITASE MORDAZA de la presente resolucion a Gerencia Municipal, Secretaria General, Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas, Gerencia de Administracion y Finanzas de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA para las acciones de su competencia, asi como a la MORDAZA Registral Nº IX-Sede MORDAZA para su respectiva inscripcion. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA P. MORDAZA MORDAZA Gerente de Desarrollo MORDAZA 893302-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Actualizan porcentajes correspondientes a los derechos del MORDAZA de la Municipalidad con relacion al MORDAZA valor de la UIT para el ano 2013
DECRETO DE ALCALDIA Nº 001 La Punta, 15 de enero de 2013. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA VISTO: El Informe Nº 004-2013-MDLP/OPP, y el Memorandum Nº 021-2013-MDLP/OPP, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que,conformeloestableceelArticulo194°delaConstitucion Politica modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion- Ley Nº 27680 y posteriormente modificado por la Ley Nº 28607, las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de Gobierno Local, que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. En concordancia con este se pronuncia el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Nº 27972, que agrega que dicha autonomia radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico, por lo que estan sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad a la Constitucion Politica del Peru, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico, asi como a las normas tecnicas referidas a los sistemas administrativos del Estado que, por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorios; Que, de acuerdo a los Articulos 36º y ss. de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Nº 27444, los procedimientos, requisitos y costos administrativos deben

ser compendiados y sistematizados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA, aprobados para cada entidad, el cual comprende, entre otros, los supuestos en que procede el pago de derechos de tramitacion, con indicacion de su monto y forma de pago. El monto de los derechos se expresara con relacion a la UIT. Una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Decreto de Alcaldia, publicandose dicha modificacion; Que, en este contexto, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la Municipalidad Distrital de la Punta, mediante la Ordenanza Municipal Nº 001-2008-MDLP/ALC, publicada el 29 de marzo de 2008, modificado con Decreto de Alcaldia Nº 005-2008-MDLP/ ALC, Decreto de Alcaldia Nº 002-2010-MDLP/ALC, Decreto de Alcaldia Nº 003-2011-MDLP/ALC, Decreto de Alcaldia Nº 004-2011-MDLP/ALC, Decreto de Alcaldia Nº 005-2011-MDLP/ALC y Decreto de Alcaldia Nº 01-2012MDLP/ALC, ratificado con Acuerdos de Concejo Nºs. 0063 y 244-2008 de la Municipalidad Provincial del Callao; Que, con fecha 20 de diciembre de 2012, se publico el Decreto Supremo Nº 264-2012-EF, en cuyo Articulo 1º se determina el valor de la Unidad lmpositiva Tributaria (UIT) como indice de referencia en normas tributarias en Tres Mil Setecientos y 00/100 Nuevos Soles (S/.3,700.00), durante el ano 2013; Que, de acuerdo al Articulo 4º del Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM, que aprobo el Formato del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) y que establece precisiones para su aplicacion, la modificacion del valor de la UIT no implica la modificacion automatica del monto de los derechos de tramitacion contenidos en el MORDAZA, por lo que dentro de los treinta (30) dias habiles siguientes a la vigencia de la modificacion de dicho valor, las entidades deberan efectuar la reconversion de los nuevos terminos porcentuales aplicables como resultado de la division del monto de cada derecho de tramitacion vigente, entre el MORDAZA valor de la UIT; Que, en ese sentido, dentro del MORDAZA legal descrito, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto presenta a traves de los documentos de vistos, el proyecto de MORDAZA que reajusta los porcentajes correspondientes a los derechos de pago de sus procedimientos administrativos a la nueva UIT 2013, a fin de conservar los montos historicos en el mencionado documento de gestion; Que, de acuerdo al numeral 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, es atribucion del MORDAZA dictar decretos y resoluciones de alcaldia, con sujecion a las leyes y ordenanzas; Estando a lo expuesto, de acuerdo con el Informe Nº 005 -2013-MDLP/OAJ, de la Oficina de Asesoria Juridica, con el visto de esta y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y de conformidad con las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero: ACTUALIZAR los porcentajes de la UIT correspondientes a los derechos del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de la Punta vigente, con relacion al MORDAZA valor de Tres Mil Setecientos y 00/100 Nuevos Soles (S/.3,700.00) de la UIT para el ano 2013, segun Anexo que forma parte integrante del presente Decreto. Articulo Segundo: ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a los organos involucrados a cargo de ejecutar los procedimientos en el TUPA. Articulo Tercero: ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General y Archivo, la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano y a la Unidad de Tecnologia de la Informacion, el mencionado dispositivo y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA, actualizado, en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas - PCSE (www.serviciosalciudadano.gob.pe), en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional (www.munilapunta.gob.pe) Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA VILLARAN MORDAZA 893351-1

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