Norma Legal Oficial del día 16 de Febrero del año 2013 (16/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de febrero de 2013

Educativo en la reunion MORDAZA mencionada, puesto que de conformidad con lo establecido en el numeral 3.1 del articulo 3 del Convenio de Colaboracion Interinstitucional entre el Ministerio de Educacion de Peru y la Universidad Federal de Integracion Latinoamericana, suscrito el 03 de diciembre de 2012, esta MORDAZA tiene el compromiso de hacer disponible a los alumnos seleccionados por el Ministerio de Educacion el acceso a sus carreras de grado a traves de un numero de vacantes definido en la planificacion anual de la Universidad y en coordinacion con el Ministerio; Que, el viaje del citado profesional, tambien le permitira supervisar y evaluar las condiciones sociales y academicas en las que se encuentran los estudiantes peruanos que fueron seleccionados en las convocatorias del 2010 y 2011; Que, el penultimo parrafo del numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, establece que el requerimiento de excepciones adicionales a las senaladas en los literales del citado articulo, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, debera canalizarse a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, en tal sentido y siendo de interes para la Institucion, resulta necesario autorizar el viaje del referido profesional, cuyos gastos de pasajes, Tarifa Unificada por Uso de Aeropuerto ­ TUUA y viaticos, seran asumidos con cargo al Pliego Presupuestal 010: Ministerio de Educacion ­ Unidad Ejecutora 117: Programa Nacional de Becas y Credito Educativo; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510, la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; y en su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar, por excepcion, el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina de Becas Pregrado del Programa Nacional de Becas y Credito Educativo, a la MORDAZA de Foz de Iguazu, Estado de MORDAZA, Republica Federativa del Brasil, del 19 al 21 de febrero del 2013, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema seran con cargo al Pliego Presupuestal 010: Ministerio de Educacion ­ Unidad Ejecutora 117, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aereos (incluye TUUA) : S/. 5 565,81 Viaticos (por 02 dias) : S/. 1 028,80

PRODUCE
Autorizan viaje a Espana de profesional de la Direccion General de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Directo, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA N° 002-2013-PRODUCE
MORDAZA, 15 de febrero de 2013 VISTOS: El Memorando N° 237-2013-PRODUCE/ DGCHD-Depchd de la Direccion General de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Directo, el Memorando N° 324-2013-PRODUCE/OGA de la Oficina General de Administracion, el Memorando N° 86 y N° 224-2013-PRODUCE/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 0122013-PRODUCE/OGAJ-cquispeg de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27619 en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo N° 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, mediante el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley N° 29951, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, se establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, precisandose sus excepciones. Asimismo, se establece que el requerimiento de autorizaciones de viajes al exterior por supuestos distintos a los senalados en el indicado numeral, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, debera canalizarse a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante resolucion suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 44 del Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, las concesiones, autorizaciones y permisos, son derechos especificos que el Ministerio de la Produccion otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras, previo cumplimiento de los requisitos y procedimientos establecidos; Que, la Direccion General de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Directo del Despacho Viceministerial de Pesqueria, es el organo de linea del Ministerio de la Produccion, con autoridad tecnica a nivel nacional, responsable de otorgar los derechos administrativos en materia pesquera y acuicola, vinculados al consumo humano directo, ejecutando para tal efecto, inspecciones tecnicas de operatividad de embarcaciones pesqueras y de establecimientos industriales pesqueros; transbordos y depositos en tierra de productos hidrobiologicos y otros relacionados con el ambito de su competencia; Que, mediante el documento de Registro N° 000921412012-1 la empresa PELAGIC FISHING GROUP S.A.C., dentro del procedimiento de permiso de pesca y licencia de operacion de la embarcacion pesquera FRANZISKA de matricula CO-30388-PM, para la extraccion y congelado de los recursos jurel y caballa, destinado al consumo humano directo, solicita se efectue la inspeccion tecnica de verificacion de las caracteristicas, operatividad y planta de procesamiento a bordo de la referida embarcacion pesquera, en la MORDAZA de Las Palmas de Gran Canaria, Reino de Espana, acompanando para tal efecto, los requisitos establecidos en el literal c) del Servicio N° 8 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Ministerio de la Produccion, denominado Inspeccion Tecnica con viaje fuera del MORDAZA por transporte aereo; Que, de los antecedentes alcanzados, se advierte que la empresa PELAGIC FISHING GROUP S.A.C, ha cumplido con el pago del derecho de inspeccion correspondiente al Servicio N° 8 del MORDAZA MORDAZA mencionado, ante la Oficina de Tesoreria de la Oficina General de Administracion del Ministerio de la Produccion, asumiendo el costo del

Articulo 3.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado profesional debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por viaticos entregados. Articulo 4.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos de ninguna clase o denominacion. Articulo 5.- La presente Resolucion Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA O'BRIEN Ministra de Educacion

902068-5

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