Norma Legal Oficial del día 16 de Febrero del año 2013 (16/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de febrero de 2013

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28626, faculta a las Universidades Publicas y Privadas del MORDAZA, expedir duplicado de diplomas de MORDAZA Academicos y Titulos Profesionales, por motivo de perdida, deterioro y mutilacion; Que, en este sentido la Institucion regula el otorgamiento de duplicados de Diplomas de MORDAZA Academicos y Titulos Profesionales mediante Directiva, aprobada por Resolucion Nº CU-224-2006-UNSAAC de 09 de noviembre de 2006; Que, mediante el expediente del Visto, el administrado solicita la emision de duplicado de diploma que le confiere el Grado Academico de Bachiller en Ciencias Agrarias, por motivo de perdida, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su peticion los requisitos establecidos en el Art. 4º de la Directiva para el otorgamiento de Duplicado de Diplomas de MORDAZA y Titulos emitido por la UNSAAC, esto es: 1) Recibo de MORDAZA por Derechos de Duplicado de Diploma; 2) MORDAZA de denuncia policial; 3) MORDAZA expedida por el Registro Nacional de MORDAZA y Titulos de la Asamblea Nacional de Rectores; 4) MORDAZA Certificada por el Secretario General de la UNSAAC de la Resolucion del Consejo Universitario que confiere el Grado Academico de Bachiller en Ciencias Agrarias; 5) Publicacion en un diario de mayor circulacion de la MORDAZA, del aviso de la perdida del diploma; 6) Dos Fotografias tamano pasaporte; 7) Recibo de MORDAZA por Derechos de Rotulado de Diploma y; 8) Fotocopia autenticada de su Documento Nacional de Identidad; Que, conforme a dicha peticion, a traves del Informe Nº 017-2012-GT la responsable de Rotulado de Diplomas de MORDAZA y Titulos de la UNSAAC, informa que revisando la Base de Datos, se encuentra el administrado en el Libro de MORDAZA y Titulos Nº 10, folio Nº 66 y con Resolucion Nº R-2362-98, de fecha 14 de diciembre de 1998; Que, obra en el expediente la conformidad otorgada por la Comision de MORDAZA y Titulos del Consejo Universitario, de fecha 27 de noviembre de 2012; Que la Autoridad Universitaria ha tomado conocimiento del Expediente y ha dispuesto la emision de la Resolucion con cargo de dar cuenta al Consejo Universitario; Estando a lo solicitado, Ley 29812, Informe Nº 0172012-GT, Oficio Nº 699-2012-FAZ, Resolucion Nº 2362 y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitario, con cargo a dar cuenta al Consejo Universitario; RESUELVE: Primero.- DECLARAR PROCEDENTE la peticion presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA sobre otorgamiento de duplicado de Diploma que le confiere el Grado Academico de Bachiller en Ciencias Agrarias, en la Facultad de Agronomia y Zootecnia de la UNSAAC, en merito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Segundo.- AUTORIZAR a la Oficina de Secretaria General de la Institucion, proceda a la emision de DUPLICADO DE DIPLOMA, POR MOTIVO DE PERDIDA a favor de Don: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, confiriendole el Grado Academico de Bachiller en Ciencias Agrarias, de la Facultad de Agronomia y Zootecnia, en merito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Tercero.- DEJAR ESTABLECIDO que en el diploma a que se refiere el numeral MORDAZA de la presente resolucion, se debera consignar en el margen MORDAZA el sello de DUPLICADO. Cuarto.- DISPONER que la Oficina de Secretaria General a traves del Equipo de MORDAZA y Titulos, remita a la Asamblea Nacional de Rectores un ejemplar de la presente resolucion para su registro respectivo. Quinto.- DISPONER que el Area de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, proceda a la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano", bajo responsabilidad. La Oficina de Secretaria General y el Area de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, deberan adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA ZECENARRO MADUENO Rector

OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Designan Coordinadores de Local de Votacion de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, titulares y accesitarios, quienes ejerceran funciones en el MORDAZA de la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales de marzo de 2013
RESOLUCION JEFATURAL N° 037-2013-J/ONPE
MORDAZA, 14 de febrero de 2013 Vistos; el Oficio N° 618-2013-SG/JNE de la Secretaria General del MORDAZA Nacional de Elecciones; el Acta N° 006-2013-CPS JACLV ODPE ­ CPR MARZO 2013, de la Comision de Concurso Publico de Meritos para la Seleccion de Jefes, Administradores y Coordinadores de Local de Votacion de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales; asi como el Informe N° 040-2013OGAJ/ONPE de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion N° 1000-2012-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano el 01 de noviembre de 2012, se convoco a Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para el dia MORDAZA 17 de marzo de 2013; Que, por Resolucion N° 1068-2012-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano el 15 de noviembre de 2012, fueron incluidos los distritos de Pucusana y Ate, de la provincia y departamento de MORDAZA, en la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales MORDAZA citado; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 2º de la Ley Nº 26487, Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE, este organismo tiene como funcion esencial velar por la obtencion de la fiel y libre expresion de la voluntad popular manifestada a traves de los procesos electorales, de referendum y otros tipos de consulta popular a su cargo; Que, de conformidad con el articulo 37° de la Ley N° 26859, Ley Organica de Elecciones, la ONPE tiene a su cargo la organizacion y ejecucion de los procesos electorales y consultas populares; y ejerce sus atribuciones y funciones con sujecion a la Constitucion Politica del Peru y a su Ley Organica; Que, de otro lado, el articulo 24° de la Ley N° 26487, establece que para cada MORDAZA electoral se conformaran como organos temporales las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales - ODPE, de acuerdo a las circunscripciones electorales y MORDAZA de distrito electoral que regiran en el MORDAZA en curso; Que, mediante Resolucion Jefatural N° 027-2013-J/ ONPE, publicada en el diario oficial El Peruano el 07 de febrero de 2013, se dispuso la publicacion de la relacion de postulantes que aprobaron el MORDAZA de seleccion para cubrir las vacantes de titular y accesitario, para el cargo de Coordinadores de Local de Votacion de las ODPE, quienes ejerceran funciones en el MORDAZA de la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales de Marzo 2013, para la interposicion de las tachas respectivas, a que se refiere el articulo 49° de la Ley N° 26859; Que, mediante el Oficio de vistos, el MORDAZA Nacional de Elecciones indica que ante los Jurados Electorales Especiales no se ha interpuesto tacha alguna, contra el personal elegido como Coordinador de Local de Votacion de cada ODPE; Que, segun acuerdo de fecha 14 de febrero de 2013, formalizado mediante el acta de vistos, la Comision de Seleccion aprobo la relacion definitiva de las personas seleccionadas en el cargo de Coordinadores de Local de

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