Norma Legal Oficial del día 16 de Febrero del año 2013 (16/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de febrero de 2013

Votacion y sus accesitarios que desempenaran funciones en la consulta popular MORDAZA indicada; Que, de otro lado es pertinente senalar que a fin de lograr una mayor eficiencia en la consecucion de los objetivos institucionales, resulta necesario delegar en el Titular de la Gerencia de Organizacion Electoral y Coordinacion Regional de la ONPE, la facultad de desplazamiento de los Coordinadores de Local de Votacion de las ODPE, a efecto que puedan ser reasignados y/o reubicados, en circunscripciones administrativas distintas a las de su designacion, asegurando de esta manera el adecuado funcionamiento de las mismas; De conformidad con lo dispuesto en los literales c) y g) del articulo 5º y el articulo 13º de la Ley Nº 26487, Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, asi como el literal cc) del articulo 9° de su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado y modificado por Resoluciones Jefaturales Nos. 030 y 137-2010-J/ONPE, respectivamente; y, Con los visados de la Secretaria General y de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a partir de la fecha, en el cargo de Coordinadores de Local de Votacion de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, titulares y accesitarios, a los ciudadanos consignados en el anexo de la Resolucion Jefatural N° 027-2013-J/ONPE; quienes ejerceran funciones en el MORDAZA de la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales de Marzo 2013. Articulo Segundo.- Delegar en el Titular de la Gerencia de Organizacion Electoral y Coordinacion Regional la facultad de adoptar las acciones necesarias de desplazamiento del personal designado, a fin de asegurar el adecuado funcionamiento de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales. Articulo Tercero.- Poner en conocimiento del MORDAZA Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el contenido de la presente resolucion. Articulo Cuarto.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional, www.onpe.gob.pe, dentro de los tres (03) dias de su emision. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe

Que, el articulo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General, establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda contraida previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles o inmuebles, la entidad financiera debe enajenarlos en el plazo de un (1) ano, el mismo que podra ser prorrogado por la Superintendencia por una sola vez y por un MORDAZA de seis (6) meses; Que, el Reglamento para el Tratamiento de Bienes Adjudicados y Recuperados y sus Provisiones, aprobado mediante Resolucion SBS Nº 1535-2005 y sus modificatorias, en adelante, el Reglamento, dispone que las empresas que no hayan vendido o entregado en arrendamiento financiero los bienes en el plazo de un (1) ano, podran solicitar la prorroga prevista en el articulo 215º de la Ley General con una anticipacion de, por lo menos, quince (15) dias MORDAZA de su vencimiento, y senala que las solicitudes presentadas sin dicha anticipacion seran rechazadas; Que, se ha verificado que la CMAC Paita ha cumplido con presentar dentro del mencionado plazo, la informacion minima requerida para la aprobacion de la prorroga respecto de los nueve (09) bienes inmuebles materia de la solicitud, conforme lo senala el articulo 4º del Reglamento, y el procedimiento Nº 33 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia, aprobado mediante Resolucion SBS Nº 3082-2011; y, Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Microfinanciera "A" y por el Departamento Legal; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 215º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, el Reglamento para el Tratamiento de Bienes Adjudicados y Recuperados y sus Provisiones, y la Resolucion SBS Nº 6850-2012; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Paita la prorroga de seis (06) meses, contados a partir del vencimiento del plazo de un (01) ano de cada uno de los bienes adjudicados y recuperados que a continuacion se detallan, para proceder a su enajenacion conforme a ley: 1. Predio MORDAZA denominado "Los Dos Hnos. II" ubicado en el Sector MORDAZA Puesto, MORDAZA del Alto MORDAZA, distrito y provincia de Moyobamba, departamento de San Martin. 2. Predio MORDAZA denominado "Rio Negro" ubicado en el caserio La MORDAZA, distrito de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de San Martin. 3. Terreno rural denominado "Vista Alegre" ubicado en el Sector Alianza, Margen Izquierda Trocha Carrozable Alianza - MORDAZA Ugarte, distrito de Pongo del Caynarachi, provincia de Lamas, departamento de San Martin. 4. Terreno rural ubicado en MORDAZA Huancayo Mz. 03 Lote Nº 06, AA.HH. La Loma, Las MORDAZA, La Carretera III-IV Etapa, distrito de Yurimaguas, provincia de Alto Amazonas, departamento de Loreto. 5. Predio MORDAZA denominado "Pueblo Libre" ubicado en el Sector Fausa Lamista, siguiendo la carretera Fausa Lamista-Fausazapina, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de El MORDAZA, departamento de San Martin. 6. Predio MORDAZA denominado "Pedernal 2" ubicado en el caserio Costa Rica, distrito de Pajarillo, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de San Martin. 7. Predio MORDAZA denominado "Los Olivos" ubicado en el caserio Atalaya, Sector Chuacullo, carretera a Barranca - margen derecho, distrito de Alto Biavo, provincia de Bellavista, departamento de San Martin. 8. Predio MORDAZA denominado "Pongo" ubicado en el caserio Abancay, Sector Chuacullo, carretera que conduce a Barranca-margen derecho, distrito de Alto Biavo, provincia de Bellavista, departamento de San Martin. 9. Predio MORDAZA ubicado en Av. Marginal Mz. 65 Lote Nº 08, Sector El Porvenir, distrito y provincia de MORDAZA, departamento de San Martin. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas (e)

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SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Paita la prorroga de plazo para proceder a la enajenacion de diversos bienes adjudicados y recuperados
RESOLUCION SBS Nº 832-2013
MORDAZA, 31 de enero de 2013 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS (e) VISTA: La solicitud presentada por la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Paita (CMAC Paita), para que se le autorice la prorroga para la enajenacion de nueve (09) bienes inmuebles adjudicados y recuperados; y,

901759-1

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